Corte Suprema niega la libertad del coronel retirado Mauricio Santoyo tras su salida de la JEP
El exoficial pedía salir de prisión alegando un vencimiento de términos y un limbo jurídico tras su reciente expulsión de la Jurisdicción de Paz.

La libertad de Mauricio Santoyo fue negada este martes por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia. El tribunal rechazó un recurso de habeas corpus, un mecanismo urgente diseñado para liberar a personas detenidas de forma ilegal. La corporación determinó que el coronel retirado está preso por una orden legítima y debe esperar a que los jueces del caso resuelvan su situación.
"Cualquier solicitud de libertad debe ser formulada, en principio, ante el mismo funcionario que para el efecto ha designado el legislador, esto es, el juez natural", explicó el magistrado Gerson Chaverra Castro. El exoficial tiene una medida de aseguramiento vigente desde el 26 de abril de 2019. Esa orden de detención preventiva la emitió la Fiscalía 56 Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos.
Santoyo Velasco enfrenta dos procesos penales diferentes en la justicia ordinaria. El primer expediente investiga los delitos de concierto para delinquir y desaparición forzada. El segundo caso lo maneja la Fiscalía 11 Delegada ante la Corte Suprema por los delitos de enriquecimiento ilícito de servidor público y lavado de activos.

Coronel Mauricio Alfonso Santoyo suma 7 años privado de la libertad. Foto: Colprensa.
¿Por qué lo expulsaron de la justicia transicional?
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), el tribunal que investiga los crímenes del conflicto armado, lo retiró por un incumplimiento grave e injustificado del régimen de condicionalidad. El exmilitar había ingresado a este sistema buscando beneficios judiciales a cambio de aportar verdad plena. La decisión de sacarlo definitivamente quedó en firme el 16 de febrero de este año.
#Atención | La JEP declara que el general (r) Mauricio Alfonso Santoyo Velasco incumplió de manera grave e injustificada el régimen de condicionalidad al no aportar verdad plena. Como consecuencia, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas determinó su expulsión de la JEP y… pic.twitter.com/4UFPwnixOP
— Jurisdicción Especial para la Paz (@JEP_Colombia) February 16, 2026
Tras confirmar su expulsión, la JEP ordenó la "reversión y remisión inmediata a la justicia ordinaria" de los dos expedientes penales. La defensa del exoficial argumentó que este traslado creó un limbo jurídico que afectaba sus derechos fundamentales. La Corte Suprema revisó las fechas del proceso y desmintió que exista ese vacío legal.
La Sala de Casación Penal comprobó que la petición para salir de prisión aún no ha sido resuelta por la autoridad competente. El abogado del militar retirado radicó una solicitud de libertad el 5 de mayo del año en curso ante la JEP. Siete días después, esa entidad envió los documentos a los fiscales ordinarios por falta de competencia.
¿Qué pasó con la solicitud para salir de la cárcel?
Frente a ese traslado de los expedientes, el fallo señala que "ello no habilita acudir de forma directa a esta acción excepcional" del habeas corpus. El accionante reclamó porque han pasado casi tres meses sin recibir respuesta de la Fiscalía 56 Especializada. La Fiscalía 11 contestó en su momento que no podía decidir porque ellos no impusieron esa medida de aseguramiento.
El oficial en retiro aseguró en su impugnación que ha observado una conducta ejemplar en su sitio de reclusión. Afirmó tener toda la disposición de comparecer ante las autoridades judiciales cuando lo requieran. Según su escrito, ya desaparecieron los motivos legales que obligaron a encerrarlo hace siete años.
La corporación judicial aclaró que la demora de un fiscal no se soluciona liberando al detenido automáticamente. "Los eventuales inconvenientes sobre una posible mora en la resolución de postulaciones no configuran, en principio, prolongación ilegal de la privación de la libertad", precisó la sentencia. Para reclamar por esa lentitud, el procesado debe presentar una acción de tutela, que es el mecanismo diseñado para proteger el derecho al debido proceso.
Las reglas del juez constitucional

La Corte Suprema desestimó que Santoyo se encuentre en un vacío legal entre jurisdicciones. Foto: Colprensa.
El documento advierte que la Corte tiene vetado emitir cualquier tipo de pronunciamiento sobre la libertad mientras el trámite normal siga su curso. Tomar una decisión en este momento significaría invadir las funciones del juez que conoce el expediente original. El habeas corpus solo funciona de manera subsidiaria cuando ya se agotaron los recursos ordinarios.
La providencia insiste en que no se puede usar esta herramienta de urgencia para "sustituir los procedimientos judiciales comunes dentro de los cuales deben formularse las peticiones". Tampoco sirve para reemplazar las apelaciones normales de un juicio. El militar retirado tiene que esperar obligatoriamente a que los fiscales ordinarios den su veredicto.
Durante su paso por el tribunal de paz, el accionante buscó la libertad condicionada y anticipada que otorga la Ley 1820 de 2016. Esa es la norma que regula las amnistías y los beneficios penales del acuerdo con la extinta guerrilla de las FARC. Todas sus peticiones recibieron una respuesta negativa de los magistrados.
La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP asumió el conocimiento del caso por desaparición forzada el 28 de febrero de 2020. Posteriormente, el 17 de septiembre de 2021, aceptó el sometimiento por el proceso de lavado de activos. En esa fecha determinaron que la restricción de su libertad dependía de ambos casos.
El 14 de mayo de 2024, los magistrados transicionales mantuvieron la medida cautelar contra el exmilitar. Condicionaron cualquier beneficio futuro a la entrega real de verdad plena sobre sus actos delictivos. El defensor acusó a esa jurisdicción de usar la detención preventiva para forzar una aceptación de responsabilidad judicial.
