Un entrenador de atletismo abusó de siete niñas de su club en Bucaramanga: lo condenaron a 30 años
Las víctimas tenían entre 15 y 17 años y hacían parte del club que él dirigía. El juez también lo inhabilitó por dos décadas para funciones públicas.

Un juez de conocimiento condenó a 30 años de prisión a Giovanny Vega Blanco, entrenador de atletismo en Bucaramanga que agredió sexualmente a siete menores de edad. La Fiscalía General de la Nación informó la decisión este lunes y precisó que los hechos ocurrieron en la capital de Santander entre 2014 y 2022.
"Ante las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación, un juez de conocimiento condenó a 30 años de prisión a Giovanny Vega Blanco, entrenador de atletismo que agredió sexualmente a siete menores de edad en hechos ocurridos en Bucaramanga (Santander) entre 2014 y 2022", dice el comunicado de la entidad.
Vega Blanco fue declarado responsable de acceso carnal violento y acto sexual violento, las dos conductas agravadas.
¿Quiénes eran las deportistas víctimas del entrenador de atletismo en Bucaramanga?

Siete deportistas de 15 a 17 años del club dirigido por Vega Blanco fueron las víctimas. Foto: Colprensa.
Las siete víctimas tenían entre 15 y 17 años y pertenecían al club deportivo que dirigía el hoy condenado, según estableció la Fiscalía.
"Fueron sometidas a múltiples vejámenes de carácter sexual mientras se encontraban en proceso de formación deportiva bajo su dirección, con la expectativa de alcanzar reconocimiento a nivel nacional e internacional", señala el comunicado.
La mayoría de las deportistas se encontraba en condición de vulnerabilidad, de acuerdo con la investigación. "Las menores de edad, quienes en su mayoría se encontraban en condición de vulnerabilidad, también fueron víctimas de abuso psicológico y verbal", indicó la entidad.
"Según la investigación, este hombre las sometía a expresiones humillantes y descalificantes que les generaron graves afectaciones psicológicas", agregó la Fiscalía sobre esas agresiones.
¿Qué dijo la Fiscalía sobre las intimidaciones a las menores de edad?
"La violencia física, psicológica, económica y sexual ejercida por Giovanni Vega Blanco, dada la notoria asimetría y el ejercicio de poder ejecutado dentro de los entornos escolar, deportivo y el domicilio en los que estaba inmersa generó un ambiente de coacción, determinante, incluso al punto de ponerla en condiciones de inferioridad que le impidieron dar su libre consentimiento", afirmó una fiscal del caso.
"Esto por cuanto él era el cuidador de la menor y aprovechó su estatus frente a la misma para abusarla física, psicológica y sexualmente", continuó la funcionaria.
La fiscal describió qué pasaba cuando la víctima no accedía a las pretensiones sexuales del entrenador. "Como quiera que la intimidaba exigiéndole esfuerzos excesivos en los entrenamientos, al no acceder a sus pretensiones la sobrecargaba en los entrenos", sostuvo.
"Asimismo la amenazaba diciéndole que ella no tenía familia ni nada, que estaba sola, sometiéndola con intimidaciones físicas por ser tan agresivo en el escenario deportivo y académico", añadió.
La Fiscalía estableció que Vega Blanco se valió de su condición de formador y cuidador de las víctimas, así como de su trayectoria deportiva, para intimidarlas y evitar que denunciaran los hechos.
¿Por qué delitos fue condenado Giovanny Vega Blanco y qué penas fija el Código Penal?
El acceso carnal violento está tipificado en el artículo 205 del Código Penal colombiano, modificado por la Ley 1236 de 2008. La norma castiga con "prisión de doce (12) a veinte (20) años" a quien "realice acceso carnal con otra persona mediante violencia".
El acto sexual violento aparece en el artículo 206 del mismo código. Ese delito cobija a quien "realice en otra persona acto sexual diverso al acceso carnal mediante violencia", y contempla penas de ocho a dieciséis años de prisión.
Las dos conductas por las que fue hallado responsable Vega Blanco quedaron agravadas. El artículo 211 fija que las penas de esos delitos "se aumentarán de una tercera parte a la mitad" cuando se cumple alguna de las causales que allí se enumeran. El numeral 2 se refiere a los casos en los que "el responsable tuviere cualquier carácter, posición o cargo que le dé particular autoridad sobre la víctima o la impulse a depositar en él su confianza". El comunicado de la Fiscalía no detalla cuáles causales acogió el juez.
El juez también lo inhabilitó "para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 20 años", según el comunicado.
"Esta decisión es de primera instancia y contra ella proceden los recursos de ley", precisó la entidad.
