Inicio / Judicial

Ordenan reintegrar a subdirectora de una cárcel que fue retirada por denunciar corrupción

En 2020 la subdirectora de la cárcel de Guaduas denunció un escándalo de corrupción y eso le costó el cargo, pero el tiempo le dio la razón.

Tribunal de Cundinamarca le dio la razón a funcionaria del Inpec que denunció corrupción. - Crédito: Colprensa.
Iván Mauricio Beltrán Acuña
Iván Mauricio Beltrán Acuña Periodista
06 OCT 2026 - 22:29Actualizado: 06 OCT 2026 - 22:52

Compartirwhatsappfacebookxlinkedin
whatsappÚnete a nuestro canal

El 2 de octubre de 2020 María Luisa Hernández Lozano, fue declarada insubsistente por parte del director general del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) mediante la Resolución Número 004494 y tuvo que abandonar el cargo de subdirectora del Establecimiento Penitenciario La Esperanza del Municipio de Guaduas, departamento de Cundinamarca.

La funcionaria había ingresado al Inpec, bajo el cargo de subdirectora del establecimiento carcelario, en 2013. Luego, el 31 de marzo de 2017 fue citada a declaración jurada por parte de la Fiscalía Tercera de la Unidad de Eje Temático de Corrupción de la administración de justicia.

“Declaración que era clasificada, sin imaginar que existía una red que vinculaba al director Mayor Fabián Ríos Cortés y al Juez 02 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Guaduas en irregularidades relacionadas con la concesión de beneficios y libertades adelantadas ante el área jurídica del establecimiento penitenciario, en cuya virtud fue capturado el primero de los citados el día 30 de junio de 2017, quedando como directora encargada la señora Hernández Lozano por el término de 20 días”, señala el fallo en relación a los hechos.

Posteriormente, fue directora encargada del Establecimiento La Esperanza de Guaduas, desde el 25 de junio de 2018 hasta el 14 de abril de 2020; y al mismo tiempo, se desempeñó como subdirectora del mismo establecimiento. Con la llegada en propiedad como director, el señor coronel Elmer Fernández Velasco, “mostró desagrado e incomodidad con la señora María Luisa Hernández Lozano, quien a pesar de ello se puso a sus órdenes para el correspondiente empalme y entrega del establecimiento”, toda vez que se encontraba encargada de la dirección.

“El coronel Fernández no le permitía hacer parte de los cuerpos colegiados ni ejercer sus funciones a cabalidad, pues contrario a esto, a través de órdenes verbales y escritas le imponía labores que no eran de su competencia. Por hechos de maltrato verbal ocurridos el 14 de mayo de 2020 presentó queja en contra del señor coronel Fernández, ante la Procuraduría General de la Nación y la Consejería Presidencial para la Equidad y la Mujer”, advierte el fallo.

¿Víctima de acoso laboral?

La entonces subdirectora interpuso una denuncia por calumnia en contra del mismo coronel, “por manifestaciones que aquel habría realizado sobre ella”, sin embargo, esto empeoró la situación e inició un presunto acoso laboral “generando para la aquí demandante una crisis nerviosa y estrés producido por el maltrato verbal y sicológico del que habría sido víctima, por lo cual acudió a distintas clínicas en donde recibió incapacidades y remisiones a sicología”.

El 9 de julio de 2020 la consejera Presidencial Para La Equidad y La Mujer ordenó remitir a la Oficina de Control Interno Disciplinario del INPEC la queja por los hechos ocurridos el 14 de mayo de 2020. Así mismo, la Procuraduría General Regional Tolima remitió por competencia el asunto al Comité de Convivencia Laboral del INPEC Regional Central, para que se investiguen los hechos ocurridos, “sin que ninguna de estas dos dependencias cumpliera el trámite ordenado, pues hasta la fecha no se han pronunciado al respecto”.

El INPEC, según el expediente, no verificó los hechos y el acoso laboral denunciado, y mediante Resolución No. 004494 del 2 de octubre de 2020, la declaró insubsistente del cargo de subdirector del Establecimiento Penitenciario La Esperanza del Municipio de Guaduas.

“Al recibir tal noticia, debió ser trasladada de urgencia al Hospital San Rafael del Espinal (Tolima), en donde le generaron incapacidad por tres días, por trastorno mixto de ansiedad y depresión, y al acudir nuevamente por urgencias, se le otorgó otra incapacidad que iría hasta el 13 de octubre de 2020”, indica el fallo.

Finalmente, el 9 de noviembre de 2020, se notificó vía correo electrónico a la demandante sobre la apertura de indagación preliminar disciplinaria por presunto incumplimiento de funciones propias del cargo, “haciendo más evidente la persecución laboral de que fue objeto y que desencadenó su despido”.

¿Cuál fue la decisión del Tribunal?

E Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirmó la nulidad de la resolución mediante la cual se declaró insubsistente a María Luisa Hernández Lozano, subdirectora del Establecimiento Penitenciario La Esperanza de Guaduas. Además, ordenó su reintegro al cargo o a otro de igual o superior categoría, al concluir que su salida tuvo un ánimo de retaliación.

El Tribunal también recordó que los cargos de libre nombramiento y remoción se pueden terminar sin motivación alguna, pero que dicha facultad no puede ser arbitraria. En el presente caso, las evidencias demostraron que existió una desviación de poder donde se pretendía sacar del camino a quien había denunciado

TEMAS RELACIONADOS
Cárcel|Corrupción|Tribunal de Bogotá|Inpec
Ver otros temas
Cargando...

Copyright © – Minuto60 – 2026

metricool pixel