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¿Qué pasará con el modelo de pasaportes en Colombia? Gobierno Nacional debe definir

Un tribunal dejó en firme la suspensión de convenios. Señaló que las autoridades deben tomar las medidas para garantizar la expedición.

Los convenios del nuevo modelo de pasaportes siguen suspendidos. - Crédito: Colprensa.
Katherine Vega
Katherine VegaPeriodista
17 SEP 2026 - 19:39Actualizado: 17 SEP 2026 - 19:39

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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó las solicitudes de aclaración presentadas por la Casa da Moneda de Portugal, la Cancillería, la Imprenta Nacional y el coadyuvante Alonso Morales Salinas, por lo que mantendrá la suspensión provisional de los convenios relacionados con el nuevo modelo de expedición de pasaportes en Colombia.

¿Qué aclaración se había pedido sobre el modelo de expedición de pasaportes?

La Casa da Moneda de Portugal había pedido precisar si la suspensión también cobijaba el convenio suscrito directamente con esa entidad para la cooperación y puesta en marcha del proyecto de producción y personalización de pasaportes, así como si las actividades que ya hubiera ejecutado debían continuar siendo reconocidas y pagadas.

Por su parte, la Cancillería solicitó que se autorizara expresamente el uso de las libretas de pasaporte que permanecen en inventario y que únicamente requieren ser personalizadas.

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Pasaportes en Colombia: el Gobierno Nacional debe garantizar su expedición. Colprensa.

La Imprenta Nacional también pidió precisar si podía continuar con la personalización, suministro y distribución de las libretas disponibles.

El Tribunal consideró que esas solicitudes no buscaban aclarar “aspectos confusos” de la decisión, sino obtener instrucciones concretas sobre la manera en que las entidades debían ejecutar sus competencias administrativas, contractuales y operativas frente a la medida cautelar.

Según el despacho, definir esas alternativas corresponde a las autoridades responsables del servicio, quienes deberían estar preparadas ante eventuales contingencias, y no al juez.

“No le compete al juez popular sustituir a la Administración en la dirección, planeación o ejecución de las medidas de contingencia que resulten procedentes, ni determinar de manera previa cuáles mecanismos contractuales, presupuestales o logísticos deben implementarse para cumplir la orden impartida, pues ello implicaría trasladar al órgano judicial competencias que corresponden exclusivamente a las entidades encargadas de la prestación del servicio”, señaló la providencia.

¿Qué deben hacer las autoridades competentes sobre la expedición de pasaportes?

Según el Tribunal es deber de cada autoridad establecer dentro de sus competencias jurídicas y operativas las decisiones necesarias para garantizar la continuidad del servicio público.

El coadyuvante Alonso Morales Salinas, a su vez, pidió explicaciones adicionales sobre los riesgos para los derechos colectivos que llevaron al Tribunal a suspender los convenios y sobre la valoración de las pruebas presentadas durante el proceso.

El despacho respondió que esos aspectos ya habían sido analizados en la providencia del 2 de septiembre y que la solicitud de aclaración no puede utilizarse para abordar de nuevo el debate jurídico y probatorio.

*Información de Colprensa.

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