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¿Qué pasa si no presenta la declaración de renta? Estas son las sanciones de la DIAN

La ley le permite a la Dian cobrar hasta el 20 % de los ingresos o las consignaciones bancarias de quien incumple, con un piso mínimo fijado en UVT.

No declarar renta puede costarle el 20% de sus ingresos. - Crédito: Foto: DIAN.
Dido Polo Monterrosa
Dido Polo MonterrosaPeriodista
30 JUL 2026 - 13:58Actualizado: 30 JUL 2026 - 13:58

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Miles de contribuyentes que no presenten su declaración de renta dentro del plazo fijado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) se exponen a una sanción que puede llegar hasta el 20 % de sus ingresos brutos o de sus consignaciones bancarias, de acuerdo con el artículo 643 del Estatuto Tributario.

El calendario de vencimientos para las personas naturales irá del 12 de agosto al 26 de octubre de 2026. La DIAN estima que cerca de siete millones de colombianos deberán presentar este trámite, correspondiente al año gravable 2025.

Estar obligado a declarar no significa, automáticamente, que haya que pagar impuesto. El valor a cargo depende de la situación tributaria de cada persona y de las retenciones que le hayan practicado durante el año. Lo que sí puede generar consecuencias es no presentar la declaración cuando existe la obligación de hacerlo, ya que la DIAN aplica un régimen de sanciones que aumenta según el tiempo de incumplimiento.

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Fachada de la sede de la DIAN en Bogotá. Foto: Contraloría General de la República.

¿Qué pasa si presenta la declaración de renta después del plazo?

Si una persona presenta la declaración después de vencido el plazo, pero lo hace por iniciativa propia, antes de que la DIAN le envíe un requerimiento formal, deberá pagar la sanción por extemporaneidad prevista en el artículo 641 del Estatuto Tributario. Esta equivale al 5 % del impuesto a cargo por cada mes o fracción de mes de retraso, sin que el total supere el 100 % del impuesto.

Por ejemplo, si un contribuyente debía pagar 2.000.000 de pesos y presenta la declaración tres meses después del vencimiento, la sanción será de 300.000 pesos. El cálculo es sencillo: el 5 % de los 2.000.000 de pesos por cada uno de los tres meses de retraso.

Cuando la declaración no arroja impuesto a cargo, la sanción se calcula de otra manera. En ese caso equivale al 0,5 % de los ingresos brutos obtenidos durante el año gravable por cada mes o fracción de mes de retraso. Si la persona tampoco tuvo ingresos, la base pasa a ser el 1 % de su patrimonio líquido del año anterior.

En todos los casos aplica un valor mínimo. La sanción nunca puede ser inferior a 10 UVT. La UVT, o Unidad de Valor Tributario, es el valor que fija cada año el Gobierno para calcular impuestos, sanciones y otras obligaciones tributarias. En 2026 equivale a 52.374 pesos, por lo que la multa mínima por presentar la declaración fuera de plazo es de 523.740 pesos, incluso si el cálculo de los porcentajes arroja una cifra inferior.

¿Cuánto cobra la DIAN a quien no declara renta?

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No declarar lo expone a una de las sanciones más severas del Estatuto Tributario. Foto: Canva.

El escenario cambia por completo cuando la persona nunca presenta la declaración y es la DIAN la que debe calcular el impuesto. En ese caso ya no aplica la sanción por extemporaneidad, sino la sanción por no declarar, prevista en el artículo 643 del Estatuto Tributario, que es considerablemente más alta.

La norma establece que la sanción equivale al 20 % del valor de las consignaciones bancarias o de los ingresos brutos del período no declarado, según lo que determine la DIAN, o al 20 % de los ingresos brutos que figuren en la última declaración de renta presentada por el contribuyente. La DIAN aplicará el valor que resulte más alto.

Por esa razón, esta es una de las sanciones más severas del Estatuto Tributario. No se calcula sobre el impuesto que la persona debía pagar, sino sobre sus ingresos o sobre los movimientos registrados en sus cuentas bancarias. En la práctica, esto significa que un contribuyente con ingresos altos, pero con un impuesto a cargo bajo, puede terminar pagando una sanción mucho mayor que el impuesto que habría debido cancelar.

El mismo artículo señala que, si la DIAN solo cuenta con uno de esos dos datos (las consignaciones bancarias o los ingresos brutos), podrá calcular la sanción directamente sobre esa información, sin necesidad de determinar la otra.

¿Qué hace la DIAN antes de imponer la sanción por no declarar?

La DIAN no aplica la sanción por no declarar apenas vence el plazo para presentar la declaración de renta. Antes debe enviar un emplazamiento para declarar, que es una comunicación en la que le informa al contribuyente que está incumpliendo su obligación y le da una última oportunidad para presentar la declaración.

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La DIAN le informa al contribuyente que está incumpliendo su obligación. Foto: Canva.

Si la persona atiende ese emplazamiento y presenta la declaración antes de que la DIAN le imponga la sanción por no declarar, ya no se le aplica la multa prevista en el artículo 643 del Estatuto Tributario, que es la más alta. En su lugar, deberá pagar la sanción del artículo 642, que también castiga el retraso, pero resulta menos severa.

En ese caso, la sanción corresponde al 10 % del impuesto a cargo por cada mes o fracción de mes de retraso, con un límite del 200 % del impuesto. Si la declaración no arroja impuesto a cargo, la multa se calcula sobre el 1 % de los ingresos brutos o hasta el 2 % del patrimonio líquido, según corresponda.

Si el contribuyente tampoco responde al emplazamiento, la DIAN ya puede imponer la sanción por no declarar, prevista en el artículo 643 del Estatuto Tributario. Además, está facultada para calcular el impuesto por su cuenta mediante una liquidación de aforo, es decir, una declaración elaborada por la propia autoridad tributaria con la información que tenga disponible. A partir de ese momento también pueden generarse intereses de mora, procesos de cobro e incluso embargos de cuentas bancarias.

¿Se puede reducir la sanción por no declarar?

Sí. La ley permite reducir esa sanción si el contribuyente reacciona antes de que el proceso termine.

Si, después de que la DIAN impone la sanción por no declarar, la persona presenta la declaración dentro del plazo que tiene para impugnar esa decisión, la multa puede reducirse al 10 % de su valor inicial, siempre que ese monto no sea inferior a la sanción que habría correspondido pagar conforme al artículo 642 del Estatuto Tributario.

Si deja pasar ese plazo y la sanción queda en firme, ya no podrá acceder a esa reducción.

¿Cuánto cobra la DIAN de intereses si no se paga a tiempo?

Además de las sanciones, quien no pague el impuesto dentro del plazo deberá asumir intereses de mora. Estos se calculan por cada día de retraso y se liquidan con base en la tasa de usura para créditos de consumo certificada por la Superintendencia Financiera, menos dos puntos porcentuales.

Para julio de 2026, esa tasa corresponde al 26,79 % efectivo anual. A diferencia de las sanciones, los intereses siguen aumentando mientras la deuda continúe sin pagarse.

¿Quiénes están obligados a declarar renta en 2026?

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Calendario oficial de vencimientos de la declaración de renta 2026. Foto: DIAN.

No todas las personas deben presentar declaración de renta. Para el año gravable 2025, están obligados quienes hayan superado al menos uno de los siguientes topes:

  • Tener un patrimonio bruto superior a 4.500 UVT, es decir, más de 224.095.500 pesos, al 31 de diciembre de 2025.

  • Haber obtenido ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT, equivalentes a aproximadamente 69.719.000 pesos.

  • Haber realizado consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por ese mismo monto.

  • Haber efectuado compras o consumos, incluidos pagos con tarjeta de crédito, superiores a 69.719.000 pesos durante 2025.

  • Haber sido responsable del impuesto sobre las ventas (IVA) al cierre de 2025.

Superar cualquiera de estos topes significa que existe la obligación de presentar la declaración de renta. Sin embargo, declarar no implica necesariamente pagar impuesto. El valor a pagar depende de la situación tributaria de cada contribuyente, las deducciones que pueda aplicar y las retenciones que ya le hayan practicado durante el año.

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