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Antes de entregar el poder, Petro firmó la Ley 2618 que da almuerzo gratis o bono a universitarios

La norma quedó firmada el 31 de julio y le deja un plazo de un año al Ministerio de Educación y a las universidades públicas para ponerla a andar.

Petro firmó la Ley 2618 antes de entregar el poder a Abelardo De La Espriella. - Crédito: Foto: Colprensa.
Dido Polo Monterrosa
Dido Polo MonterrosaPeriodista
07 AGO 2026 - 18:17Actualizado: 07 AGO 2026 - 18:19

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El presidente saliente, Gustavo Petro, firmó la Ley 2618 del 31 de julio de 2026, la norma que crea el Programa de Alimentación Universitaria (PAU) para las universidades públicas del país. La firma quedó registrada seis días antes de que entregara el cargo a Abelardo De La Espriella, quien se posesiona este 7 de agosto.

La ley dice que rige "en todo el territorio nacional" e "incluye a todas las Universidades Públicas del país". El beneficio es para estudiantes de pregrado y prioriza a quienes están "en condición de vulnerabilidad económica y social".

La comida se entrega de dos maneras. Donde haya cocina y comedor, va un plato servido. Donde no exista esa infraestructura, la universidad puede dar "subsidio económico o incentivo en especie mensual, para contribuir en la adquisición de alimentos de los beneficiarios".

El texto le pone el rótulo de obligatorio a los lineamientos que salgan del ministerio de Educación para operar el PAU: serán "de obligatorio cumplimiento para las universidades públicas, los actores y los operadores del programa", con la salvedad de que se respete la autonomía universitaria.

¿Qué dice la Ley 2618 sobre el Programa de Alimentación Universitaria?

El artículo 1 de la ley establece que su objetivo es garantizar el acceso a una alimentación adecuada y nutritiva para los estudiantes de pregrado de las universidades públicas del país. Además, señala que esta medida busca mejorar la permanencia de los estudiantes en la educación superior, fortalecer su rendimiento académico, promover hábitos de alimentación saludable y ampliar la cobertura de los programas de alimentación que ya funcionan en estas instituciones.

El ministerio de Educación queda encargado de definir los criterios para escoger entre plato servido y bono en cada universidad, además de los requerimientos nutricionales y de infraestructura. La misma cartera debe expedir los estándares mínimos del servicio, que incluyen "la elaboración de menús balanceados" y la compra de alimentos con estándares de calidad e inocuidad.

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El PAU entregará plato servido en los campus que ya tengan comedor en funcionamiento. Foto: Canva.

En la modalidad de bono, el texto ordena que las universidades promuevan convenios "con mercados campesinos o cooperativas para que dichos bonos sean redimibles de origen local". En la de plato servido, las instituciones deben procurar comprarle a pequeños productores agropecuarios y pesqueros de la zona, incluidos pescadores artesanales.

La ley también obliga a las universidades públicas a dictar formación en educación nutricional y en "seguridad, soberanía y autonomía alimentaria" para los beneficiarios y para el resto de la comunidad universitaria. Las que tengan programas de nutrición y dietética pueden articular el PAU con las prácticas académicas de sus estudiantes.

¿Quiénes pueden acceder al Programa de Alimentación Universitaria?

Pueden acceder los estudiantes matriculados en programas de pregrado de universidades públicas que sean focalizados por su institución, según los cupos que le asignen a cada una.

Para repartir esos cupos, las universidades deben focalizar a estudiantes "en estado de gestación o lactancia, con discapacidad, en situación de vulnerabilidad económica y social, víctimas del conflicto armado, pertenecientes a grupos étnicos, de zonas rurales, dispersas e insulares", y a los de estratos 1, 2 y 3.

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Gustavo Petro firmó la Ley 2618 el 31 de julio de 2026, seis días antes de dejar el cargo. Foto: Colprensa.

Cada universidad define sus propios criterios de selección, pero la ley le fija que el estudiante debe ser de pregrado regular o de admisión especial, estar activo y matriculado "académica y financieramente", y no estar ya vinculado a otro programa de alimentación institucional que cubra lo mismo.

La ley lo otorga "hasta por un máximo de diez (10) semestres académicos". Las universidades pueden extender ese plazo de forma excepcional en carreras más largas, para estudiantes con discapacidad, en gestación o lactancia, y en casos de fuerza mayor o de situaciones socioeconómicas verificadas por la institución.

Según las proyecciones de la Universidad Nacional de Colombia (Unal), el programa requiere una inversión cercana a los 800.000 millones de pesos anuales, y los recursos para arrancar deben incorporarse al Presupuesto General de la Nación de 2027. El Ministerio de Hacienda le dio el aval fiscal al proyecto sobre la hora, antes del último debate.

¿Cuántos universitarios reciben hoy apoyo alimentario en Colombia?

De los cerca de 690.000 estudiantes matriculados en las 34 universidades públicas del país, alrededor de 138.000 reciben hoy algún tipo de apoyo alimentario, según cifras de la Unal. Es decir, dos de cada 10.

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El PAU costaría cerca de 800.000 millones de pesos al año, según proyecciones de la Unal. Foto: Universidad Nacional.

En la Unal, el PAU llegaría inicialmente a 12.420 estudiantes, el 22,74 % de los 54.596 matriculados en sus nueve sedes.

El articulado se trabajó desde la Unal Sede Palmira junto con equipos de la Universidad del Valle. En esa sede, el 75 % de los estudiantes viene de otros municipios y el 95 % pertenece a los estratos 1, 2 y 3.

"Aunque parezca increíble, este almuerzo, a veces, es el único alimento del día para muchos jóvenes universitarios", afirmó el vicerrector de la Unal Sede Palmira, Mario García Dávila, a la Agencia de Noticias de esa universidad. La sede destinó en el último año más de 1.300 millones de pesos de recursos de matrícula nacional para su servicio de alimentación, más de 500 millones anuales que llegan por un acuerdo con la Alcaldía de Palmira que la exime del impuesto predial.

¿Quiénes quedaron por fuera de la Ley 2618?

La ley excluye de forma expresa a un grupo. No pueden ser beneficiarios del PAU "los estudiantes inscritos en programas de pregrado cuya modalidad sea 100% virtual".

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Los estudiantes de programas 100% virtuales quedaron por fuera del PAU de la Ley 2618. Foto: Colprensa.

Tampoco cobija a los estudiantes de las instituciones universitarias, tecnológicas y técnicas profesionales públicas, que no son universidades. El ámbito de aplicación del artículo 2 se limita a las universidades públicas.

Los estudiantes de instituciones de educación superior privadas quedan por fuera del programa, sin importar su nivel socioeconómico.

El proyecto fue aprobado en cuarto y último debate el 17 de junio de 2026, con autoría del representante a la Cámara Julián David López Tenorio y ponencia de la senadora Ana María Castañeda.

"La matrícula no resuelve el hambre. Con hambre no hay permanencia y con hambre hay deserción", dijo Castañeda durante la defensa de la iniciativa.

¿Quién vigila la ejecución del PAU¡

El ministerio de Educación debe montar un sistema público permanente de monitoreo y evaluación del programa. Las universidades tienen que mandarle un informe trimestral de gestión y uno anual de resultados, desagregados por sede, facultad y condición socioeconómica.

Esos informes deben incluir el número de beneficiarios por modalidad, las raciones entregadas, el valor nutricional promedio, el monto ejecutado, el porcentaje de compras locales, las quejas recibidas y las encuestas de satisfacción. Se publican en los portales de transparencia de cada universidad dentro de los 15 días hábiles siguientes.

Cada universidad debe conformar un Comité de Veeduría Estudiantil del PAU, con representantes elegidos democráticamente, que puede revisar los informes y pedir información adicional a las directivas. La ley también ordena que el sistema de información nacional procure la trazabilidad con el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (Secop II) y publique los datos en formatos abiertos y descargables.

Si una universidad incumple los reportes sin justificación, el Ministerio puede requerirla y reportar el caso a la Contraloría General de la República y a la Procuraduría General de la Nación. Las instituciones con resultados deficientes tienen 90 días calendario para presentar un plan de mejoramiento.

¿Cuándo empieza a funcionar el PAU?

La Ley 2618 rige desde su promulgación, pero la entrega de comida no arranca de inmediato. El artículo 12 le da al Gobierno, al ministerio de Educacióny a las universidades públicas un plazo de un (1) año contado desde la promulgación para implementar el programa.

Ese plazo vence el 31 de julio de 2027 y la reglamentación queda en manos del Gobierno de Abelardo De La Espriella, que se posesiona este 7 de agosto de 2026.

El ministerio de Educación debe presentar ante las comisiones sextas constitucionales permanentes del Congreso un informe bienal con los hallazgos del programa. La ley contempla además una evaluación anual de proceso y una evaluación de impacto cada cuatro años.

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