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La JEP avanza con una medida que cambia el futuro jurídico de cientos de comparecientes

La decisión hace parte de una ruta de la JEP que busca cerrar situaciones jurídicas y responder a las víctimas del conflicto.

La JEP se reunió para anunciar esta medida que beneficia a los comparecientes - Crédito: Foto: X de la JEP
Diego ChaparroPeriodista
10 SEP 2026 - 17:47Actualizado: 10 SEP 2026 - 17:47

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La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) concedió 1.030 renuncias a la persecución penal a comparecientes que, de acuerdo con la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, cumplieron con los compromisos adquiridos ante la justicia transicional y las víctimas del conflicto armado.

La cifra hace parte de los resultados de la Ruta No Sancionatoria, mecanismo mediante el cual la JEP busca resolver de manera definitiva la situación jurídica de personas que participaron en hechos relacionados con el conflicto, pero que no fueron catalogadas como máximos responsables de los crímenes más graves y representativos.

Del total de decisiones, 979 corresponden a integrantes de la Fuerza Pública, equivalentes al 95 % de los beneficiarios. También fueron cobijados 46 comparecientes de las extintas Farc-EP, dos agentes del Estado que no pertenecían a la Fuerza Pública, dos civiles colaboradores de las extintas Farc-EP y un tercero civil.

Las decisiones se relacionan con 377 hechos que dejaron 643 víctimas directas en Antioquia, Boyacá, Casanare, Caquetá, Cesar, Córdoba, Cundinamarca, Huila, Meta, Norte de Santander y Santander.

La JEP explicó que la medida no fue concedida de manera automática. Para acceder a ella, los comparecientes tuvieron que realizar aportes a la verdad que permitieran reconstruir lo sucedido, reconocer responsabilidad cuando correspondía, ofrecer garantías de no repetición y realizar contribuciones a la reparación, principalmente mediante acciones de carácter simbólico.

De acuerdo con la Jurisdicción, durante este proceso participaron más de 950 víctimas acreditadas, quienes pudieron intervenir en audiencias y actos públicos en los que los comparecientes realizaron manifestaciones de reconocimiento, perdón y responsabilidad.

El presidente de la JEP, magistrado Alejandro Ramelli Arteaga, destacó que uno de los principales resultados de esta ruta para las víctimas ha sido el acceso a información sobre hechos que, en muchos casos, fueron ejecutados directamente por quienes comparecieron ante la Sala.

Para las víctimas, este proceso ha significado acceder a verdades más detalladas sobre los hechos que las afectaron, pues quienes comparecen ante esta instancia, en muchos de los casos, fueron los ejecutores directos de los crímenes.

Alejandro Ramelli

El magistrado agregó que esta vía permite que los familiares de las víctimas puedan encontrar respuestas sobre cómo, cuándo y dónde ocurrieron los hechos.

La JEP ya había explicado que la Ruta No Sancionatoria está dirigida a quienes no tuvieron un papel determinante o de liderazgo en el diseño o ejecución de los patrones criminales investigados. El objetivo es resolver su situación jurídica sin imponer una sanción, pero manteniendo las obligaciones de verdad, reparación y no repetición.

¿Qué implica la renuncia a la persecución penal concedida por la JEP a los comparecientes?

Entre mayo de 2024 y agosto de 2026, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas expidió 43 resoluciones con vocación de sentencia. Se trata de decisiones que hacen tránsito a cosa juzgada y, por lo tanto, tienen carácter definitivo.

La renuncia a la persecución penal tiene efectos jurídicos concretos. De acuerdo con la JEP, implica la eliminación de antecedentes penales y la extinción de sanciones disciplinarias, administrativas o fiscales relacionadas con los hechos objeto de la decisión.

La medida también permite que los comparecientes puedan reconstruir sus proyectos personales, familiares y laborales, al contar con nuevas posibilidades de empleo, educación y estabilidad. La JEP sostiene que este componente busca evitar que las personas que culminan su proceso transicional queden expuestas nuevamente a situaciones de vulnerabilidad o a redes de criminalidad.

Sin embargo, la terminación de la persecución penal no significa que desaparezcan todas las obligaciones frente a la JEP y las víctimas. Quienes reciben este beneficio deben continuar cumpliendo el régimen de condicionalidad y atender los llamados de la Jurisdicción cuando sean requeridos.

También deben solicitar autorización para salir del país. La propia JEP ha señalado que el acceso al beneficio definitivo no supone el abandono de los compromisos adquiridos durante el proceso transicional.

Uno de los resultados más significativos de esta ruta se relaciona con la búsqueda de personas desaparecidas. En algunos casos, los aportes realizados por los comparecientes permitieron avanzar en la entrega digna de cuerpos de víctimas a sus familias. Hasta ahora, la Sala de Definición ha entregado 17 cuerpos en Antioquia, Atlántico, Boyacá, Caquetá, Casanare, Cundinamarca, Meta, Santander y Bogotá.

Para la JEP, estos resultados muestran que la Ruta No Sancionatoria no se limita a cerrar expedientes judiciales, sino que busca generar resultados concretos para las víctimas y sus familias.

El vicepresidente de la JEP, magistrado José Miller Hormiga, destacó precisamente este aspecto y señaló que las víctimas reciben, en primer lugar, verdad y, posteriormente, el resarcimiento del buen nombre de sus familiares, muchos de los cuales fueron estigmatizados durante el conflicto.

“Lo primero que reciben las víctimas es la verdad; lo segundo que han recibido es el resarcimiento del buen nombre de sus familiares”, sostuvo Hormiga.

La JEP todavía tiene por delante un proceso mucho más amplio. La Sala de Definición trabaja en la situación jurídica de más de 9.000 comparecientes que no son considerados máximos responsables, una cifra que incluye personas de diferentes actores del conflicto y que se encuentran distribuidas prácticamente por todo el país.

La Jurisdicción ha señalado que actualmente trabaja en nuevas decisiones relacionadas con hechos ocurridos en regiones como el Eje Cafetero, la Costa Caribe, Cauca, Chocó, Guaviare, Nariño, Valle del Cauca y Vichada, entre otros territorios.

La Ruta No Sancionatoria, por tanto, constituye uno de los mecanismos mediante los cuales la JEP busca avanzar en el cierre jurídico de miles de casos, mientras mantiene como eje la participación de las víctimas y la obligación de los comparecientes de contribuir al esclarecimiento de lo ocurrido.

La magistrada Sandra Castro defendió el alcance de este proceso y sostuvo que reconocer los resultados de la justicia transicional implica que Colombia pueda revisar su pasado para reflexionar sobre el presente y evitar que hechos similares vuelvan a ocurrir.

La magistrada también resaltó que la justicia restaurativa exige un ejercicio de reflexión no solamente para los comparecientes, sino también para las víctimas, el Estado y la sociedad, al permitir dimensionar el impacto que tuvo el conflicto armado sobre las familias y comunidades.

Con las 1.030 renuncias a la persecución penal, la JEP avanza así en la definición de la situación jurídica de quienes no fueron considerados máximos responsables, pero cuya participación en los hechos y sus aportes a la verdad fueron evaluados dentro de un proceso que, según la Jurisdicción, busca combinar seguridad jurídica, verdad, reparación y garantías de no repetición.

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