Reforma laboral: la Corte Constitucional avaló artículo que permite descontar más pena por trabajo
La Corte Constitucional dio luz verde al artículo de la reforma laboral que permite salir más rápido de prisión a cambio de trabajo durante condena.

Antes de entrar en vigencia la Ley 2466 de 2025 relacionada con la Reforma Laboral, en el sistema penitenciario existía la norma que por cada dos días de trabajo o estudio se descontaba un día de la condena. Así las cosas, una persona privada de la libertad lograba descontar parte de su sentencia gracias a estas actividades resocializadoras.
Sin embargo, todo cambio a partir de la promulgación de la Reforma Laboral porque ahora por cada tres días de trabajo se descuentan dos días de la pena impuesta, lo que permite que la población interna en los centros penitenciarios, y que haga parte de un programa laboral, pueda salir más rápido de prisión.
Actualmente algunas personas privadas de la libertad ya están solicitando ante los juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad que se les haga una revisión de sus casos y se calcule nuevamente el tiempo que por ley se les debe descontar por cuestiones trabajo durante el cumplimiento de la sentencia penal.
Algunos casos de relevancia nacional
Minuto60 conoció tres casos donde los internos están solicitando libertad por pena cumplida con base en el artículo 19 de la Ley 2466 de 2025 que permite descontar dos días de la pena por cada tres días de trabajo.
Se trata del exdirector del DAS, Miguel Alfedo Maza Márquez, quien fue condenado por el magnicidio del dirigente liberal Luis Carlos Galán; el exalcalde de Cúcuta, Ramiro Suárez Corzo, quien fue condenado por el crimen del excontralor Alfredo Enrique Flórez; y David Murcia Guzmán, quien fue condenado por captación masiva y habitual de dinero en el caso de la pirámide DMG.
Este y muchos casos más ya son objeto de revisión de los jueces de la República, quienes se deben pronunciar y muy seguramente conceder la libertad de los condenados que por cuestiones de trabajo se les permite redimir parte de su sentencia. No obstante, se busca establecer si el tiempo de estudio en detención cuenta como tiempo de trabajo.
El artículo de la norma que fue demandado
El artículo 19 de la Ley 2466 de 2025 fue demandado de manera parcial por un ciudadano, quien consideró que "dicha disposición desconoce el principio de unidad de materia previsto en los artículos 158 y 169 de la Carta Política, por cuanto que esta regula un beneficio de redención de la pena que resulta extraño al ámbito del derecho al trabajo. Más bien -en su concepto- la disposición es propia del derecho penal y penitenciario, dado que incide directamente en el cumplimiento de la condena".
Es decir, para el demandante, el trabajo que realice un condenado dentro de un centro penitenciario puede ser objeto de un descuento en su sentencia, pero en el ámbito netamente judicial y no utilizar la Reforma Laboral o sus normas para tal fin.
#Judicial | La Corte Constitucional declaró exequible el artículo 19 de la reforma laboral, mediante el cual se permite descontar dos días de condena por cada tres días de trabajo.
— Minuto60 (@minuto60com) February 23, 2026
El alto tribunal consideró que "la redención de la pena por trabajo penitenciario guarda una… pic.twitter.com/NXCsCjCVF7
En tal sentido la Corte Constitucional se concentró en la jurisprudencia sobre el principio de unidad de materia y presentó unas consideraciones generales sobre el concepto de trabajo penitenciario.
La Sala destacó que, "el trabajo es una categoría preponderante y amplia del ordenamiento constitucional colombiano, en la que también se inscriben las actividades que desarrollan las personas privadas de la libertad, aunque con las particularidades y restricciones que supone la reclusión. Para estas personas, el trabajo es un mecanismo de redención y una oportunidad de resocialización que traza un puente hacia la libertad".
Frente al caso concreto, la Sala concluyó que, "aunque la disposición acusada fue incorporada en un estado avanzado del trámite legislativo, esta evidencia una conexidad razonable con el núcleo temático de la Ley 2466 de 2025. Y, por tanto, es exequible respecto del cargo propuesto", dicho de otro modo, el trabajar permitirá que una persona privada de la libertad descuente su tiempo de condena.
