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Libertades en un 2x3 con la reforma laboral

Algunas personas privadas de la libertad encontraron la fórmula para salir más rápido de prisión, gracias a la reforma laboral, ¿de qué se trata?

Libertades en un 2x3 con la reforma laboral
Redimir condena con la fórmula de dos días de pena por tres de trabajo. - Crédito: Colprensa.

De acuerdo con el sistema penitenciario de Colombia, una persona condenada, en última instancia, empieza a descontar su pena desde el momento que queda privada de la libertad; sin embargo, existen mecanismos legales con los que se les permite descontar más rápido dicha pena.

Una de las normas permite que al trabajar o estudiar, estando privado de la libertad, al condenado se le descuente parte de la sentencia; es decir, por cada dos días de trabajo tenía derecho a descontar un día de su pena.

Esta redención se venía aplicando hasta el presente año, porque el pasado 24 de junio entró en vigencia la Ley 2466 de 2025, conocida como la reforma laboral donde se modificó uno de sus articulados.

Dicha modificación permite que ahora una persona privada de la libertad, por estudio o trabajo, dependiendo de la interpretación del Juez de Ejecución de Penas, descuente dos días de la pena por cada tres días de trabajo.

Artículo 19. Experiencia laboral de personas privadas de la libertad. Las actividades productivas y ocupacionales desarrolladas por la población privada de la libertad serán reconocidas como experiencia laboral previa certificación de las entidades correspondientes con la finalidad de posibilitar su ingreso al mercado laboral, mitigar la discriminación laboral y disminuir la probabilidad de reincidencia. Se concederá la redención de pena por trabajo a las personas privadas de la libertad y se les abonará dos días de reclusión por tres días de trabajo

Minuto60 conoció que algunas de las personas condenadas, a través de sus abogados, están solicitando la libertad amparados en la Ley 2466 de 2025. Dicho de otro modo, están solicitando, bajo el principio de favorabilidad, que sea redosificado el descuento por trabajo o estudio.

El abogado Francisco Bernate, presidente del Colegio de Abogados, le dijo a Minuto60 que efectivamente en la reciente aprobada reforma laboral se modifica la forma en que los internos en las cárceles de Colombia descuentan por trabajo.

Esto es a partir de esta normativa los descuentos van a ser de dos días por cada tres días de trabajo. Desde el momento en que se expidió esta ley son varias las interpretaciones que han dado cortes y tribunales de Colombia”, señaló el jurista.

Añadió que en tal sentido este beneficio aplica para toda persona que en Colombia esté cumpliendo una codena, con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley, lo que significa que todos los jueces de ejecución de penas deben entrar a redosificar las sanciones.

“Eventualmente otorgar libertades anticipadas por cuenta de este sistema de beneficios. Aplica para todos los ciudadanos que estén cumpliendo penas en Colombia con independencia del delito cometido”, señaló Bernate.

Puntualizó que algunos tribunales del país ya han establecido que esta prerrogativa no solo se aplica para quienes realizan trabajo estando privados de la libertad, sino que se amplía a quienes realicen estudio.

¿Quiénes están pidiendo libertad?

Mimuto60 conoció el caso de algunas personas privadas de la libertad que están solicitando no solo que sea redosificada su sentencia por trabajo, sino que se les conceda la libertad porque aparentemente ya se estaría cumpliendo la norma de libertad condicional por cumplir las tres quintas partes de la condena.

imagen dada

Los condenados David Murcia Guzmán y Ramiro Suárez Corzo están solicitando redosificación de la pena, amparados en la favorabilidad de la Ley 2466 de 2025. Podrían quedar en libertad. Colprensa.

El exalcalde de Cúcuta, Ramiro Suárez Corzo, quien está pagando una condena de 27 años de prisión por el crimen del exfuncionario Alfredo Enrique Flórez, está pendiente de una decisión del Juzgado de ejecución de penas de Bogotá, a quien le solicitó a través de su defensa que le sea concedida la libertad por tiempo cumplido y amparado en la reforma laboral.

El creador de la pirámide David Murcia Guzmán, quien fue condenado a 30 años de prisión por captación masiva y habitual de dinero, entre otros delitos, también solicitó la redosificación de la pena y la solicitud de libertad, esta última acompañada de un habeas corpus.

El juzgado de ejecución de penas aceptó la petición y ordenó “aplicar el principio de favorabilida en lo que respecta al artículo 19 de la Ley 2466 de 2025, frente a las redenciones de pena por trabajo ya reconocidas al condenado David Eduardo Helmut Murcia Guzmán”.

Añade que en consecuencia se hace merecedor a una redención adicional de tres meses y cuatro días, pero le niega la libertad por pena cumplida; no obstante, su defensa ha insistido que Murcia Guzmán ya pagó la pena en una cárcel de los Estados Unidos por los mismos hechos y que en tal sentido se debe aplicar el principio nom bis in idem, una persona no puede ser juzgada dos veces por el mismo hecho.

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