Inicio / Judicial

Cuatro cuerpos sin identificar de la Operación Azarías: esto exige la ley con los muertos en combate

Medicina Legal recibió 24 cuerpos el 1 de septiembre e identificó 20, mientras el Protocolo II y la Ley 1408 fijan qué debe pasar con los cuatro.

Cuatro cuerpos sin identificar de la Operación Azarías en Miraflores, Guaviare. - Crédito: Fotomontaje Minuto60.
Dido Polo Monterrosa
Dido Polo MonterrosaPeriodista
07 SEP 2026 - 12:09Actualizado: 07 SEP 2026 - 12:35

Compartirwhatsappfacebookxlinkedin
whatsappÚnete a nuestro canal

Cuatro de los 24 cuerpos que dejó la Operación Azarías en el Guaviare siguen sin identificar. El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses los recibió el 1 de septiembre de 2026 y tres días después informó que solo había logrado ponerle nombre a 20. Entre los identificados hay ocho mujeres, 12 hombres y dos menores de edad.

Ponerle nombre a cada cuerpo tiene consecuencias jurídicas. El derecho colombiano y las reglas de la guerra le imponen al Estado deberes concretos frente a cualquier persona que muere en una operación militar, sin importar de qué lado estaba cuando murió.

¿Qué dice el Protocolo II sobre el trato a los muertos en combate?

El artículo 8 del Protocolo II adicional a los Convenios de Ginebra obliga a las partes de un conflicto armado interno a "buscar a los muertos, impedir que sean despojados y dar destino decoroso a sus restos". Colombia lo aprobó en 1994. Esa incorporación se hizo con la Ley 171 de ese año, y la Corte Constitucional revisó el tratado en la Sentencia C-225 de 1995, lo declaró ajustado a la Constitución y lo metió al bloque de constitucionalidad, que es el grupo de normas que tienen el mismo rango de la Carta Política.

El Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) recogió esas obligaciones en su estudio sobre derecho internacional humanitario consuetudinario, que son las reglas de guerra que obligan aunque un país no las haya firmado en un papel. La norma 113 exige tomar todas las medidas posibles para evitar que los muertos sean despojados y prohíbe mutilar los cadáveres. La 115 pide inhumarlos de manera respetuosa y mantener sus tumbas. La 116 ordena registrar toda la información disponible antes de darles destino final, justamente para que después se pueda saber quién era cada quien.

El Código Penal colombiano, que es la Ley 599 de 2000, convirtió parte de eso en delito. El artículo 151 castiga el despojo en el campo de batalla, es decir, quitarle sus efectos a un cadáver o a una persona protegida durante el conflicto armado, con prisión de 48 a 180 meses, entre cuatro y 15 años. El artículo 204 sanciona el irrespeto a cadáveres y cobija a quien sustraiga un cuerpo o sus restos o ejecute sobre ellos un acto de irrespeto.

¿Qué pasa con un cuerpo que no se logra identificar?

Antes de enterrar un cuerpo que no ha sido identificado, las autoridades deben tomarle una muestra biológica para intentar establecer su identidad. Así lo establece el artículo 11 de la Ley 1408 de 2010, que creó medidas para buscar y rendir homenaje a las víctimas de desaparición forzada.

La norma también establece que la información sobre el cuerpo debe quedar registrada en el Registro Nacional de Desaparecidos, la base de datos que permite cruzar la información de los cuerpos sin identificar con los datos de las personas que están siendo buscadas.

Además, la ley prohíbe que estos cuerpos sean enviados a fosas comunes. Los restos deben ser enterrados de manera individual y el cementerio debe dejar registrada su ubicación. Los administradores también deben garantizar que las tumbas estén marcadas y que la información se conserve. Cada vez que reciban un cuerpo sin identificar, deben informar a la Fiscalía General de la Nación o a Medicina Legal. El Decreto 303 de 2015 estableció las reglas para aplicar este procedimiento.

En el caso de Azarías, Medicina Legal explicó que todavía trabaja en cuatro de los cuerpos. Según el comunicado del 4 de septiembre, estos restos “continúan en proceso de abordaje forense debido al estado en el que fueron recibidos”.

¿Qué dijo la defensora del Pueblo sobre los cuerpos de la Operación Azarías?

imagen dada

Iris Marín Ortiz, defensora del Pueblo, en su pronunciamiento sobre la Operación Azarías. Foto: Colprensa.

La defensora del Pueblo, Iris Marín Ortiz, sostuvo que "los muertos deben ser respetados y tratados dignamente" y pidió que los cadáveres no se usen como parte de la presentación pública de un resultado militar. Lo dijo el domingo. El pronunciamiento salió por las cuentas oficiales de la Defensoría del Pueblo, después de que circularan las imágenes del presidente, Abelardo De La Espriella, caminando entre los cuerpos en tulas blancas.

Sobre esas imágenes, Marín afirmó que "no deberíamos normalizar que los cuerpos de las personas muertas hagan parte de la escenografía en una declaración pública, ni que la muerte se convierta en una forma de exhibir autoridad". En el mismo texto aclaró que no estaba cuestionando las operaciones de la fuerza pública. "El Estado está en el deber de proteger a la población y de enfrentar, dentro de la Constitución y el Derecho Internacional Humanitario, a los grupos armados responsables de graves violaciones a los derechos humanos", escribió.

"El Estado y el gobierno no pueden dejarse llevar por una competencia para demostrar quién puede ser más cruel", agregó. Marín mencionó un portal llamado 'Las bajas del tigre', del que dijo que no se ha confirmado que sea oficial y en el que se contabilizan muertos y otros resultados operacionales desde la posesión del jefe de Estado. Recordó que la política que medía resultados en bajas derivó en los llamados 'falsos positivos', el crimen de sistema que hoy juzga la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), y precisó que no está diciendo que los hechos de Azarías respondan a esa lógica.

¿Qué respondió el Gobierno?

El ministro del Interior, Rodrigo Lara, rechazó el planteamiento de la defensora y defendió la actuación de la fuerza pública.

"Lamentamos, sin embargo, lo que consideramos una triste equivocación: equiparar al Estado con las bandas narcoterroristas, como si compitiera en crueldad. Esa equivalencia no corresponde. El Estado cumple un deber constitucional de combatir a los criminales que ejercen el terror contra nuestros compatriotas en amplias zonas del país", escribió Lara en X.

En el mismo mensaje, Lara llamó a la Defensoría del Pueblo "una aliada institucional que respetamos y valoramos" y pidió su acompañamiento frente a quienes, según él, "matan con drones, reclutan niños y ejercen terror y barbarie contra la población". Sobre la política del gobierno anterior dijo que "Colombia está poniendo fin al cinismo de la 'Paz Total'".

La operación se ejecutó en la vereda Lagos del Dorado, zona rural de Miraflores, contra la estructura Carolina Ramírez, señalada por las autoridades de operar bajo el mando de Néstor Gregorio Vera, alias 'Iván Mordisco'. Fue el 31 de agosto. Dos días antes del comunicado forense, el 3 de septiembre, el Juzgado 34 de Familia de Bogotá le ordenó al Gobierno abstenerse provisionalmente de bombardear objetivos donde exista información verificable sobre la presencia de menores reclutados, y el Juzgado Tercero Penal del Circuito de San José del Guaviare adoptó una medida en el mismo sentido para ese departamento.

TEMAS RELACIONADOS
Abelardo De La Espriella|Guaviare|Ley
Ver otros temas
Cargando...

Copyright © – Minuto60 – 2026

metricool pixel