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Condenan a Álvaro Uribe en dos de los tres delitos por manipulación de testigos


Mientras a las afueras de Paloquemao había un grupo de personas a favor del expresidente Álvaro Uribe con banderas de Colombia y rezando el rosario, al otro lado se estaban los contradictores del exmandatario con afiches señalándolo de "culpable". Paralelamente, la jueza 44 de conocimiento, Sandra Heredia, leía por horas todo lo que tuvo en consideración para determinar que el expresidente, en primera instancia, es culpable de dos de los tres delitos por los los que fue acusado.
La jueza se tomó su tiempo para dar a conocer los detalles de cada una de las pruebas, y a medida que fue explicando sus consideraciones, se fue intuyendo cuál sería la decisión frente a los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal. Sin embargo, sobre el tercer delito referente a soborno simple, dijo que la hipótesis más fuerte fue el de la defensa.
La juez se extiende en argumentos que solo benefician al ente acusador.
Una de los primeros puntos fue aceptar como pruebas las interceptaciones telefónicas que se hicieron en 2018 y que la defensa de Uribe solicitó no considerar. La petición se había realizado porque en ese entonces se había ordenado interceptar al excongresista Nilton Córdoba, pero el número teléfono que terminó siendo objeto de seguimientos fue del expresidente. Para la jueza, ese fue un error “involuntario”, pero no fue una “falta dolosa”.
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“Resulta relevante que se activaron los protocolos y se gestionó la cancelación”, dijo señalando que se cesaron las interceptaciones cuando se notó el error, por lo que los funcionarios judiciales actuaron de buena fe.
Además, desestimó que se violara la confidencialidad en la relación cliente – defensor, porque para el momento en que se hicieron las interceptaciones, el abogado Diego Cadena no era todavía el defensor en el caso del expresidente, en parte, porque aún no se había iniciado el proceso oficialmente.
Culpable de soborno en actuación penal
La juez calificó como “emboscada” la acción de varios emisarios que intentaron cambiar el testimonio de Juan Guillermo Monsalve y que resulta “disparatado” pensar que haya sido iniciativa de cada individuo sin el conocimiento del exmandatario. Para la juez, el expresidente sí sabía de las gestiones para que Monsalve cambiar la versión a su favor.
“Es posible concluir que Álvaro Uribe Vélez incurrió en soborno procesal a Juan Guillermo Monsalve para que cambiara su testimonio”, dijo.
Uno de los aspectos que la llevaron a concluirlo fueron las grabaciones del reloj espía que usó Juan Guillermo Monsalve en 2018 y en las que quedaron consignadas los ofrecimientos judiciales que le hizo el abogado Diego Cadena a cambio de cambiar su versión en favor del expresidente Álvaro Uribe. La defensa del expresidente había pedido no tenerla en cuenta.
#Judicial | Minuto60 está a las afueras de Paloquemao, esperando por el sentido del fallo en el caso del expresidente Álvaro Uribe Vélez. Informa @KatherineVegaG pic.twitter.com/XRhEFgNLcr
Culpable de fraude procesal
Sobre este delito, que que se refiere a tratar de engañar a la justicia, la jueza hizo referencia al caso del Tuso Sierra. El paramilitar había enviado unas cartas a la Corte Suprema de Justicia acusando al senador Iván Cepeda de haberle ofrecido dádivas a cambio de dar testimonio en contra del expresidente, sin embargo, se retractó y dijo que sí habló con el senador pero que nunca le ofreció nada a cambio.
Para la jueza Heredia, que el expresidente insistiera en que se tuviera en cuenta estas cartas que eran falsas en el proceso penal, configuró el delito de fraude procesal.
Colprensa
Inocente de soborno a exfiscal
Sobre el tercer delito, la juez afirmó que la hipótesis más fuerte fue la de la defensa. En este delito se relacionaba a la exfiscal Hilda Niño -quien fue condenada en 2020-, y quien habría señalado que podía declarar en favor del hermano del expresidente Santiago Uribe en el proceso de los 12 apóstoles a cambio de un traslado a otra prisión.
La exfiscal habló con el abogado Diego Cadena, pero dijo la jueza que, no hay pruebas suficientes para decir que se le prometió hablar con el expresidente Uribe con la intención de que le ayudara a conseguir un cupo carcelario, y tampoco para determinar que el traslado realizado en 2018 fue en razón a la gestión del abogado.
Colprensa
"Sabía lo ilícito de su actuar"
La jueza terminó de leer el fallo señalando que el expresidente sabía perfectamente que sus actuaciones no estaban enmarcadas en la ley, haciendo referencia a los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal. Igualmente, reprochó que sus acciones fueran encaminadas en contra de la Corte Suprema de Justicia.
"Sabía lo ilícito de su actuar, no obstante en su condición máxima (…) ha mandado un mensaje a la sociedad muy negativo para las futuras generaciones", dijo.
#Atención | Condenado como determinador el expresidente Álvaro Uribe por fraude procesal y soborno en actuación penal. En los próximos días se conocerá la sentencia a imponer. La juez Sandra Heredia también le impuso detención domiciliaria. pic.twitter.com/DD8VW0msg4
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