Impuestos a generadoras de energía: Corte Constitucional tumba decreto del Gobierno
El decreto reglamentario fue expedido por el Ministerio de Minas y buscaba “garantizar la continuidad del servicio de energía pública domiciliaria".

La Corte Constitucional dejó sin efecto el decreto que creó el gobierno del presidente Gustavo Petro denominado “aporte solidario de energía”, una medida expedida durante la emergencia económica declarada en diciembre pasado, que a su vez ya había sido suspendida previamente por el alto tribunal.
La disposición, emitida por el Ministerio de Minas y Energía, pretendía asegurar la continuidad del servicio público de energía, especialmente en regiones con mayores dificultades como la Caribe, mediante la imposición de una contribución a los operadores del sector.
Desde la cartera se argumentó que la medida respondía a una “perturbación grave e inminente del sistema eléctrico”, causada por la acumulación de problemas financieros, operativos y estructurales que han afectado la liquidez de varios agentes del mercado.
Los recursos recaudados estaban destinados al Fondo Empresarial de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y tenían el objetivo de respaldar a las empresas intervenidas para evitar las interrupciones en la prestación del servicio, teniendo en cuenta los problemas que venían teniendo varias empresas de las regiones afectadas.
Sin embargo, la Sala Plena concluyó que este decreto dependía del decreto base (el 1390 de 2025), que lo declaró inexequible en una decisión anterior, por lo que debía correr la misma suerte.
En consecuencia, la contribución deja de existir y deberá ser devuelta. Es decir, los dineros recaudados por este concepto tendrán que ser reintegrados o compensados a quienes los pagaron. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales será la encargada de adelantar este proceso, con un plazo máximo de seis meses.
La votación fue de 8-0. El magistrado Héctor Alfonso Carvajal Londoño aclaró su voto, mientras que el magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar no participó en la decisión, por tener impedimento fundado.
¿En qué consistía el decreto?
El 21 de enero de 2026 fue publicado el segundo decreto reglamentario por la emergencia económica declarada por el Gobierno Nacional, el encargado de expedirlo fue el Ministerio de Minas con la idea de "garantizar la continuidad del servicio de energía pública domiciliaria", sobre todo en regiones críticas como el Caribe.
La cartera justificó el documento como “una perturbación grave e inminente del sistema eléctrico, derivada de la acumulación de factores financieros, operativos y estructurales”.
El decreto contempla el ‘aporte solidario’ que debían pagar, de manera transitoria, algunas empresas del sector, recursos que irán al Fondo Empresarial de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios para respaldar a las empresas intervenidas y evitar interrupciones del servicio.
