La Corte Constitucional protegió el mural 'Las cuchas tienen razón': esto ordenó
La Sala Tercera de Revisión amparó el mural y le ordenó al concejal Andrés Rodríguez Puerta pedir disculpas públicas.

La Corte Constitucional protegió el mural 'Las cuchas tienen razón' y le ordenó al concejal de Medellín Andrés Felipe Rodríguez Puerta pedir disculpas públicas por haberlo tapado con pintura negra.
La decisión quedó consignada en la Sentencia T-202 de 2026, de la Sala Tercera de Revisión, con ponencia del magistrado Héctor Alfonso Carvajal Londoño, ternado por el presidente, Gustavo Petro. La Sala resolvió dos acciones de tutela acumuladas, una contra la Alcaldía de Manizales y otra contra el concejal Rodríguez Puerta.

Réplicas del mural 'Las cuchas tienen razón' en otras ciudades. Foto: Colprensa.
¿De dónde salió el mural "Las cuchas tienen razón"?
El origen está en La Escombrera, en la Comuna 13 de Medellín, señalada durante años como un presunto sitio de inhumaciones clandestinas del conflicto armado.
El 18 de diciembre de 2024, la Unidad de Búsqueda de Personas Dadas por Desaparecidas (UBPD) confirmó el hallazgo de estructuras óseas humanas y prendas de vestir en ese lugar, la primera recuperación de cuerpos allí.

Labores de búsqueda en La Escombrera, Comuna 13 de Medellín. Foto: Colprensa.
Como respuesta simbólica a ese hallazgo, colectivos sociales, estudiantes y mujeres buscadoras pintaron el 12 de enero de 2025 un mural en Medellín con la frase 'Las cuchas tienen razón'.
Al día siguiente, la administración municipal de Medellín, entonces encabezada por Federico Gutiérrez, cubrió la obra con pintura gris, por considerar que transmitía "una imagen de caos, suciedad y desorden", según quedó consignado en la sentencia.
La consigna se replicó en Bogotá, Cali, Soacha, Manizales, Bucaramanga y Neiva, mediante nuevos murales con el mismo mensaje.
¿Qué pasó con el mural en Manizales?
El 19 de enero de 2025, colectivos sociales pintaron un mural con la frase 'Las cuchas tienen razón' y el retrato de dos madres buscadoras de La Dorada y Villamaría, en el sector del Parque del Agua en Manizales.
La jornada tuvo permiso de la Secretaría del Interior de la Alcaldía de Manizales y contó con acompañamiento de la Policía, la Defensoría del Pueblo Regional Caldas y la Personería Municipal.
El 1 de febrero de 2025, el concejal de Medellín Andrés Felipe Rodríguez Puerta viajó a Manizales y cubrió más del 50% del mural con pintura negra.

El concejal Andrés Felipe Rodríguez Puerta cubrió el mural de negro. Foto: Redes sociales de Andrés Rodríguez.
Después publicó la acción en su cuenta de X. "Desde Manizales, dándole orden a los muros de la ciudad", escribió, junto con otro mensaje: "Esto es pa' que se animen a pintar, todos, esto no es de miedo".
Los colectivos Pinta Resiste y Fuego Popular convocaron una jornada de restauración el 9 de febrero de 2025, con más de 300 personas, mesas de víctimas, medios de comunicación, el Ministerio Público y la Secretaría del Interior de Manizales.
El 5 de febrero de 2025, los accionantes le pidieron a Rodríguez Puerta retractarse a través del Concejo de Medellín. El 25 de febrero, él se negó, argumentando que quienes no eran víctimas directas de la Comuna 13 no tenían derecho a opinar ni a realizar murales como ese.
¿Quién demandó y por qué?
La primera tutela la interpuso el ciudadano César Augusto García Valencia contra la Alcaldía de Manizales, el 7 de febrero de 2025. Pidió protección a sus derechos a la salud mental, la paz y la convivencia ciudadana.
García Valencia argumentó que frases como 'Las cuchas tienen razón' incitan al odio, la desinformación, la agresión verbal y la polarización.
La segunda tutela la presentaron Leo Ricardo Sierra, secretario general del Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado (Movice), capítulo Eje Cafetero; Henry Ocampo Galvis, presidente de la Corporación Reiniciar, capítulo Caldas; y Leonardo Zuluaga Rubio, del Grupo Nuevas Generaciones por la Paz (Nugepaz).

Sala Tercera de Revisión de la Corte Constitucional. Foto: Colprensa.
Los tres actuaron contra Rodríguez Puerta y pidieron amparo a los derechos a la libertad de expresión, la libertad de expresión artística, la verdad extrajudicial y la memoria histórica.
En su respuesta dentro del proceso, Rodríguez Puerta sostuvo que actuó "a título personal como ciudadano y activista", no como concejal, y que su intervención fue "un ejercicio de activismo social y político orientado a la verdad histórica". Negó que fuera un acto vandálico.
También afirmó que la frase se relaciona con hechos ocurridos en Medellín en 2002 y no con Manizales, y que por eso su actuación estaba amparada por el libre desarrollo de la personalidad y la protesta pacífica.
Ambas tutelas fueron declaradas improcedentes en primera y segunda instancia por jueces de Manizales, antes de llegar a revisión de la Corte Constitucional.
¿Qué decidió la Corte sobre cada caso?
Frente a la tutela de García Valencia, la Corte negó el amparo. Concluyó que la Alcaldía de Manizales no vulneró sus derechos al permitir el mural, porque se trata de "un discurso político y de interés público vinculado a la memoria histórica del conflicto armado", según quedó escrito en la sentencia.
La Sala explicó que el malestar individual que la obra le genere a una persona no tiene el peso suficiente para desplazar el derecho de la sociedad a confrontar su propia historia.
Frente a la tutela contra Rodríguez Puerta, la Corte sí concedió el amparo. La Sala concluyó que el concejal "vulneró los derechos fundamentales de los accionantes a la libertad de expresión, a la libertad de creación artística, a la verdad extrajudicial y a la memoria histórica al cubrir con pintura negra el mural".
Un punto central del fallo fue el estatus de Rodríguez Puerta como servidor público. La Corte rechazó su argumento de haber actuado como simple ciudadano. "La calidad de autoridad no depende del horario laboral ni del escenario físico en el que se produzca la conducta, sino de la vigencia de la investidura que le fue conferida por la ciudadanía", señaló la Sala.
La Corte también cuestionó que Rodríguez Puerta hubiera vinculado el mural a intereses políticos o partidistas sin sustento. Consideró que esas afirmaciones "distorsionan el debate público" y contribuyen a deslegitimar una expresión de memoria histórica.
¿Qué le ordenó la Corte al concejal y a las autoridades?
La Sala le ordenó a Rodríguez Puerta publicar, en un plazo de 48 horas desde la notificación, una disculpa pública en su perfil de X y en las demás redes que utilice.
La disculpa debe reconocer expresamente tres cosas: la naturaleza legítima del mural como ejercicio de libertad de expresión, su origen como acto de memoria de las víctimas del conflicto armado, y el carácter inexacto de sus afirmaciones sobre una supuesta instrumentalización política del mural.
Ahí les cuento que el magistrado de @petrogustavo revisó la tutela que ganamos en primera y segunda instancia, y anuló ambas decisiones donde nos daban la razón y consideró que los murales de "Las Cuchas tienen razón" son intocables porque representan la memoria histórica de las… pic.twitter.com/hDDOAL4LS5
— Andrés Gury Rodríguez (@AndresGuryRod) July 17, 2026
Ese mensaje deberá permanecer fijado en la parte superior de sus perfiles por al menos 30 días, y accesible durante al menos un año.
La Corte también le ordenó abstenerse de convocar, promover o realizar acciones para borrar, cubrir o sabotear expresiones artísticas de memoria relacionadas con víctimas del conflicto armado y madres buscadoras.
A la Alcaldía de Manizales y a la Policía Metropolitana les ordenó diseñar, en un plazo de 15 días, un protocolo de reacción inmediata para prevenir intervenciones, sabotajes o borrados del mural, vigente durante seis meses.
A la Defensoría del Pueblo Regional Caldas y a la Personería Municipal de Manizales les ordenó crear e implementar, en seis meses, campañas pedagógicas territoriales sobre la importancia de preservar expresiones artísticas relacionadas con la memoria histórica y la labor de las madres buscadoras.
