¿Le llegó un correo de Rappi del Juzgado 41 Civil de Bogotá? No está demandado y esto significa
Una demanda colectiva acusa a la plataforma de usar datos de clientes sin permiso; el juez ordenó avisar a 2,5 millones de personas.

Rappi envió este viernes a sus usuarios un correo titulado 'Notificación Juzgado 41 Civil del Circuito de Bogotá' para cumplir una orden de ese despacho, que la obligó a avisarles de una demanda colectiva en contra de la empresa por el presunto mal manejo de sus datos personales.
Quien recibió el mensaje no está demandado ni tiene que pagar nada. La empresa explicó que el envío es un cumplimiento legal y que no afecta a los usuarios. La orden cubre a cerca de 2,5 millones de personas inscritas en el listado de posibles afectados.
La demanda la presentó en 2020 el abogado Camilo Araque Blanco, a nombre suyo y de los demás integrantes del grupo, con el abogado Juan David Mesa Ramírez como apoderado. El juzgado la admitió el 27 de abril de 2023.

Juzgado 41 Civil de Bogotá ordenó a Rappi avisar a 2,5 millones de usuarios de una demanda. Foto: Colprensa.
¿De qué acusan a Rappi en la demanda?
Los demandantes sostienen que Rappi no trató los datos de los usuarios de su app y su página web como lo exige la Ley 1581 de 2012, de protección de datos personales, y que con eso violó el Estatuto del Consumidor. Según la demanda, la empresa envió publicidad a los celulares de sus clientes sin autorización expresa y les negó el derecho a pedir que borraran su información.
El grupo lo forman los consumidores que se registraron en Rappi desde antes del 25 de abril de 2019. Ese día, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) le dio órdenes a la empresa para ajustar la forma en que recogía datos personales.
La SIC ya había multado a Rappi por usar datos de clientes con fines comerciales sin su permiso. En 2019 la sanción fue de casi $ 300 millones y en 2021, de $ 500 millones, en los dos casos por quejas de ciudadanos que pidieron dejar de recibir publicidad.
Los demandantes piden que el juez declare a Rappi responsable del manejo de esa información y la condene a pagar perjuicios materiales e inmateriales, como la afectación a la intimidad y al buen nombre. También solicitan disculpas públicas y compromisos para que la conducta no se repita. Son peticiones de la demanda; ningún juez ordenó esos pagos.
¿Por qué el correo llegó hasta ahora?

Rappi recibió multas de la SIC por usar datos de clientes con fines comerciales. Foto: Colprensa.
En el auto que admitió la demanda, el juzgado ordenó a Rappi enviar a cada persona del listado de posibles víctimas la información sobre el proceso. La empresa pidió cambiar esa orden porque mandar archivos a millones de usuarios le imponía, según dijo, "una carga desproporcionada" por los costos. Propuso hacer el anuncio en medios masivos y advirtió que los correos podían terminar en la carpeta de spam.
El juzgado le negó la solicitud en un auto del 7 de abril de 2026. Respondió que Rappi, como empresa tecnológica, es la que tiene la facilidad de comunicarse con sus usuarios, y le dio 30 días para cumplir.
No es el primer aviso del proceso. En febrero de 2024, usuarios de la plataforma recibieron un correo desde la cuenta rappi@hello.rappi.com.co sobre la misma acción de grupo y muchos lo tomaron por una estafa. Rappi mandó entonces un segundo mensaje: "Esta acción de grupo no te afecta en absoluto".
¿Qué puede hacer si le llegó el correo?
La acción de grupo, regulada por la Ley 472 de 1998, sirve para que al menos 20 personas afectadas por una misma causa reclamen una indemnización. Quien la presenta representa a los demás, así que los usuarios no tienen que contratar abogado ni firmar poder para quedar cubiertos por el resultado.
Estas son las opciones que da la ley a los miembros del grupo:
Unirse al proceso: antes de que el juez abra la etapa de pruebas, con un escrito que diga el nombre, el daño sufrido, su origen y la decisión de acogerse al fallo.
Salirse del grupo: dentro de los cinco días siguientes al vencimiento del plazo que tuvo Rappi para responder la demanda. Quien se sale puede demandar por su cuenta.
No hacer nada: la sentencia o un eventual acuerdo de conciliación lo cobija igual.
Reclamar después del fallo: si hay condena, dentro de los 20 días siguientes a la publicación de un extracto de la sentencia en un diario de circulación nacional.
Los escritos se radican ante el Juzgado 41 Civil del Circuito de Bogotá, que funciona en la carrera 10 n.º 14-33, piso 4, y recibe documentos en el correo ccto41bt@cendoj.ramajudicial.gov.co.

