¿Blessd podría ir a la cárcel si es hallado culpable de secuestro extorsivo? Esto dice la ley
Un proceso judicial que se remonta a 2022 puso a Blessd y a su mánager en el centro de la atención pública.

La noticia de la imputación que la Fiscalía prepara contra Blessd por un presunto secuestro extorsivo agravado deja inquietudes sobre las severas penas que contempla la legislación colombiana para uno de los delitos más graves incluidos en el Código Penal.
El artista antioqueño fue citado a una audiencia de imputación junto con otras personas vinculadas a su entorno profesional, dentro de una investigación que se remonta a hechos denunciados en 2022. Aunque el proceso apenas entra en una nueva etapa y todavía no existe una decisión judicial sobre su responsabilidad, muchos se preguntan cuál sería el castigo en caso de que eventualmente fuera declarado culpable.
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En Colombia, el secuestro extorsivo es uno de los delitos que contempla algunas de las penas más altas del sistema penal. La norma establece condenas que pueden superar las tres décadas de prisión dependiendo de las circunstancias que sean acreditadas durante el proceso.
¿Blessd podría ir a la cárcel?
El Código Penal colombiano señala que quien sea condenado por secuestro extorsivo puede enfrentar penas que van desde 320 hasta 504 meses de prisión, es decir, entre aproximadamente 26 y 42 años de cárcel, además de multas económicas que pueden alcanzar miles de salarios mínimos.
La situación podría ser aún más compleja si durante el proceso se acreditan circunstancias agravantes y la legislación contempla aumentos de la pena cuando existen factores específicos relacionados con la víctima, la duración de la privación de la libertad o las condiciones en las que ocurrieron los hechos investigados. En esos escenarios la sanción puede alcanzar hasta 600 meses de prisión, equivalentes a 50 años.
Por ahora, ninguna de esas hipótesis ha sido establecida por un juez. La Fiscalía únicamente ha anunciado la imputación por los hechos denunciados y será el desarrollo del proceso el que determine si existen pruebas suficientes para una eventual acusación formal y posteriormente para una condena.
Minuto60 consultó a Fabio Humar, abogado penalista, sobre el panorama al que se enfrenta el artistia. Humar señaló que "la Fiscalía ha citado a imputación y medida de aseguramiento al cantante de música urbana. La imputación es el acto mediante el cual se vincula a un ciudadano a un proceso penal y así comienza el proceso en sí".
"La medida de aseguramiento puede ser intramural, es decir, estar privado de la libertad o alguna medida menos gravosa como no salir de la ciudad, no salir del país o no salir de su domicilio, pero la tendrá que solicitar la Fiscalía y la impone un juez de control de garantías", agregó.
El proceso apenas comienza
Uno de los aspectos que más confusión genera en este tipo de casos es la diferencia entre una imputación y una condena. La audiencia anunciada por la Fiscalía no significa que Blessd haya sido declarado responsable del delito.
La imputación es una actuación procesal mediante la cual el ente acusador comunica oficialmente los hechos por los que adelanta una investigación y los delitos que considera podrían haberse cometido. A partir de allí comienza una etapa en la que la defensa puede controvertir pruebas, presentar argumentos y ejercer plenamente sus derechos procesales.

Según la información conocida hasta ahora, el caso está relacionado con la denuncia presentada por Andrés Felipe Sánchez, quien aseguró haber sido retenido contra su voluntad durante un encuentro ocurrido en Medellín en junio de 2022. Los investigadores consideran que esos hechos podrían encajar dentro del delito de secuestro extorsivo agravado, motivo por el cual avanzaron hacia la audiencia de imputación.
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