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Exclusiva | La investigación contra Elsa Noguera que pasó a la Corte Suprema

Minuto60 obtuvo los detalles del caso que se remonta a una actuación de Elsa Noguera cuando era alcaldesa de Barranquilla.

Elsa Noguera asumió como ministra de Transporte el 7 de agosto. - Crédito: Foto: Colprensa.
Andrea Maestre
Andrea MaestrePeriodista
23 SEP 2026 - 14:54Actualizado: 23 SEP 2026 - 15:15

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Fiscales delegados ante la Corte Suprema de Justicia serán los encargados de investigar a la actual ministra de Transporte, Elsa Noguera, por un caso que se remonta a una actuación de la alta funcionaria cuando se desempeñaba como alcaldesa de Barranquilla.

Los hechos tienen que ver con el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) de la capital del Atlántico en 2014, que fue adoptado por decreto de la entonces mandataria y cuya aprobación generó una controversia entre la Alcaldía y el Concejo Distrital.

Después de 12 años de lo sucedido, una nueva actuación judicial vuelve a poner el expediente en el centro de la discusión.

Aunque la Fiscalía General de la Nación había presentado una solicitud de preclusión para cerrar la investigación, posteriormente desistió de esa petición. El Juzgado 12 Penal del Circuito de Barranquilla aceptó el desistimiento y ordenó devolver el expediente a la Fiscalía para lo de su competencia.

La situación adquirió un nuevo componente procesal después de que Noguera fuera nombrada ministra de Transporte el 7 de agosto de 2026, condición que implica un fuero constitucional y que llevó el caso al ámbito de los fiscales delegados ante la Corte Suprema de Justicia.

¿De qué se trata la investigación contra Elsa Noguera?

El expediente tiene como origen una denuncia penal presentada el 24 de julio de 2017 contra Elsa Noguera y Alejandro Char, ambos en calidad de exalcaldes de Barranquilla.

El caso está relacionado con el Decreto Distrital 0212 de 2014, mediante el cual la entonces alcaldesa Elsa Noguera adoptó el POT de Barranquilla por decreto.

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La discusión sobre el POT de la época estuvo relacionada con el trámite que adelantó el Concejo Distrital y con la posterior decisión de la Alcaldía de adoptar el documento mediante decreto.

De acuerdo con los antecedentes incorporados al expediente, la discusión se produjo porque, pese a que el Concejo Distrital había adelantado la aprobación del documento, la entonces alcaldesa sostuvo que el trámite se había realizado de manera extemporánea. Por esa razón, el mismo día de la sesión, decidió adoptar el POT mediante el Decreto 0212 de 2014, sin acoger las modificaciones introducidas por la corporación.

¿Qué desencadenó la discusión entre la Alcaldía y el Concejo Distrital?

El Decreto 031 del 9 de enero de 2014, expedido cuando Noguera era alcaldesa, convocó al Concejo Distrital a sesiones extraordinarias hasta el 28 de febrero de ese año para continuar el trámite relacionado con el POT.

El documento resulta relevante dentro de la discusión porque la propia Administración Distrital había fijado el 28 de febrero como último día del periodo extraordinario para continuar con el trámite del Plan de Ordenamiento Territorial.

En ese orden, el 24 de febrero de 2014 se realizó el primer debate. En esa sesión participó la Administración Distrital a través del entonces secretario de Planeación, Miguel Vergara Cabello, y se discutieron modificaciones relacionadas, entre otros aspectos, con la edificabilidad y el aumento de altura.

Una de las proposiciones fue denominada “Edificabilidad – aumento de altura” y había sido presentada por la Administración. Esta fue aprobada en Comisión Primera con cinco votos positivos y una abstención.

Posteriormente, el Concejo dejó constancia de que el segundo debate debía realizarse el 28 de febrero, precisamente el último día de las sesiones extraordinarias convocadas mediante el Decreto 031.

En esa misma fecha se produjo una de las diferencias que posteriormente fueron incorporadas a los cuestionamientos sobre el trámite del POT.

Según las actas y documentos que hacen parte del expediente, la corporación aprobó una vigencia de tres períodos constitucionales, con 16 votos a favor y uno en contra.

Sin embargo, posteriormente el Decreto 0212 de 2014, mediante el cual la entonces alcaldesa adoptó el POT, estableció una vigencia de 20 años.

La diferencia entre lo discutido y aprobado en el Concejo y el contenido del decreto constituye uno de los elementos que aparecen señalados en la denuncia penal y en los documentos aportados al expediente.

Cuestionamientos sobre el POT aprobado por Elsa Noguera

Uno de los puntos que la denuncia penal presentada contra Elsa Noguera considera relevante es que el Decreto 0212 de 2014 fijó en 20 años la vigencia del POT, pese a que el marco jurídico citado dentro del expediente establece un término de 12 años.

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Según la denuncia interpuesta ante la Fiscalía, el artículo 6, numeral 9, de la Ley 1551 de 2012 establece que los Planes de Ordenamiento Territorial deben ser presentados para revisión ante los concejos municipales o distritales cada 12 años.

En el expediente también se menciona el Concepto 2162 de 2013 de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado. A partir de esa base jurídica, de acuerdo con lo señalado en los documentos de la denuncia, los 12 años corresponden a tres períodos constitucionales de las administraciones municipales y distritales.

No obstante, la diferencia entre ambos documentos no significa por sí misma que exista una declaración judicial que haya establecido la ilegalidad del Decreto 0212 de 2014.

De hecho, los documentos revisados muestran que tanto la discusión sobre la vigencia del POT como las actuaciones judiciales posteriores han tenido diferentes escenarios y competencias.

¿Qué ha pasado con la denuncia contra Noguera?

La investigación pasó por varios despachos de la Fiscalía entre 2017 y 2018 y posteriormente llegó a la Fiscalía 43 Anticorrupción, con sede en Bogotá.

El expediente tuvo además diferentes cambios de competencia relacionados con los cargos públicos ocupados posteriormente por Noguera.

El 27 de octubre de 2019, Elsa Noguera fue elegida gobernadora del Atlántico y se posesionó el 1 de enero de 2020. En enero de ese año, debido al fuero constitucional que adquirió por su condición de gobernadora, el expediente pasó a la Fiscalía 10 Delegada ante la Corte Suprema de Justicia.

Posteriormente, cuando dejó la Gobernación del Atlántico, la competencia regresó a una Fiscalía seccional. Una respuesta de la Fiscalía 8 Seccional, Dirección Especializada contra la Corrupción, fechada el 28 de noviembre de 2025, señaló precisamente ese cambio de competencia tras la pérdida del fuero.

El expediente, por tanto, ya había tenido un antecedente de paso por una Fiscalía Delegada ante la Corte Suprema antes de que Noguera asumiera como ministra.

En paralelo, hubo actuaciones dentro de la jurisdicción administrativa relacionadas con el POT. Aunque en 2018 se produjo una primera decisión sobre el caso, el Tribunal Administrativo del Atlántico ordenó devolver el expediente para que se profiriera una sentencia complementaria, al considerar que la decisión inicial no había abordado integralmente los argumentos planteados.

El documento señala que el Tribunal ordenó específicamente aplicar el artículo 6, numeral 9, de la Ley 1551 de 2012.

Sin embargo, es importante precisar el alcance de esa actuación: el Tribunal Administrativo del Atlántico no declaró ilegal el Decreto 0212 de 2014. De igual manera, la decisión de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial mencionada dentro de los documentos tampoco resolvió de fondo la legalidad del decreto ni determinó si la vigencia de 20 años del POT se ajustaba o no al marco jurídico.

La actuación disciplinaria estaba relacionada con cuestionamientos sobre la duración del trámite judicial y no constituía una decisión de fondo sobre la legalidad del POT.

¿Por qué el caso quedó en manos de la Corte Suprema de Justicia?

El 1 de julio de 2026, el Juzgado 12 Penal del Circuito de Barranquilla citó a una audiencia de preclusión dentro del proceso por el presunto delito de prevaricato por acción.

La audiencia fue programada para el 6 de julio. En esa diligencia la Fiscalía inició la sustentación oral de la solicitud de preclusión presentada para cerrar la investigación.

Sin embargo, la diligencia fue suspendida después de que se verificara el traslado de los elementos materiales probatorios y demás soportes a los sujetos procesales y al despacho judicial. La continuación quedó programada para el 10 de septiembre de 2026.

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Oficio de audiencia de preclusión en la que cerrarían el caso contra Noguera. Foto: Suministrada.

Sin embargo, en esa última fecha ocurrió el cambio sustancial en el proceso.

La Fiscalía no continuó con la sustentación de la preclusión que había iniciado en julio, sino que presentó el desistimiento de esa solicitud.

El Juzgado 12 Penal del Circuito de Barranquilla aceptó el desistimiento presentado por la Fiscalía General de la Nación en favor de Elsa Noguera y ordenó la devolución inmediata del expediente y sus anexos al Centro de Servicios Judiciales, para la actualización del sistema y la posterior remisión de la carpeta a la Fiscalía de origen para lo de su competencia.

Por su parte, el 7 de agosto de 2026, mediante el Decreto 1136, Elsa Noguera fue nombrada ministra de Transporte y tomó posesión ese mismo día. Con su llegada al Gobierno nacional adquirió nuevamente un fuero constitucional.

Ese nuevo elemento modificó otra vez la competencia relacionada con la investigación. De acuerdo con los documentos del expediente, el caso quedó en el ámbito de los fiscales delegados ante la Corte Suprema de Justicia.

En ese sentido, la cronología del proceso incluye:

1. La investigación penal nació en 2017 a partir de una denuncia relacionada con la expedición del POT de Barranquilla de 2014.

2. Entre 2017 y 2018, el expediente pasó por diferentes despachos de la Fiscalía hasta llegar a la Fiscalía 43 Anticorrupción en Bogotá.

3. En enero de 2020, después de que Noguera asumiera como gobernadora del Atlántico, el expediente pasó a la Fiscalía 10 Delegada ante la Corte Suprema por el fuero que adquirió.

4. Tras su salida de la Gobernación, el caso regresó a una Fiscalía seccional.

5. En julio de 2026, la Fiscalía presentó una solicitud de preclusión de la investigación.

6. La sustentación de esa petición comenzó ante el Juzgado 12 Penal del Circuito de Barranquilla el 6 de julio, pero la diligencia fue suspendida.

7. El 7 de agosto, Noguera fue nombrada ministra de Transporte y adquirió un nuevo fuero constitucional.

8. Antes de que se resolviera la solicitud de preclusión, la Fiscalía desistió de esa petición.

9. El 10 de septiembre, el juez aceptó el desistimiento y ordenó devolver el expediente a la Fiscalía para lo de su competencia.

10. La nueva condición de Noguera como ministra llevó a que la investigación quedara nuevamente en el ámbito de los fiscales delegados ante la Corte Suprema de Justicia.

Una investigación que vuelve al punto de partida

El expediente que comenzó con una denuncia presentada en 2017 vuelve a tener movimiento después de varios años y de haber pasado por distintas dependencias de la Fiscalía debido, entre otras circunstancias, a los cambios de fuero de Elsa Noguera.

En el centro del caso permanece el POT adoptado en 2014 y, particularmente, la diferencia entre el trámite adelantado por el Concejo Distrital y el contenido finalmente incorporado al Decreto 0212 de ese año.

Por ahora, el expediente fue devuelto a la Fiscalía General de la Nación y la condición de Noguera como ministra introduce nuevamente el elemento del fuero constitucional.

La discusión que comenzó alrededor del trámite de un POT hace más de una década vuelve así a un escenario de competencia de los fiscales delegados ante la Corte Suprema, mientras permanecen sobre la mesa los documentos que dieron origen a la denuncia y las actuaciones que han marcado el recorrido del expediente desde 2017.

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