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Declaración de renta: Dian amplió plazo para 300.000 contribuyentes en zona de emergencia

Conozca cómo aplicar al beneficio y cuáles son las nuevas fechas para presentar su declaración ante la Dian.

Plazo especial de la Dian para contribuyentes afectados por el terremoto en Colombia. - Crédito: Foto: Pixabay.
Sara Casallas
Sara CasallasPeriodista
21 AGO 2026 - 20:08Actualizado: 21 AGO 2026 - 20:09

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Once días después de la emergencia que dejó a más de 180.000 familias damnificadas por el terremoto de magnitud 7.4 en Colombia, y, en el marco del calendario para personas naturales del periodo correspondiente al año gravable de 2025, que, arrancó el pasado 12 de agosto y culmina el 26 de octubre de 2026, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) anunció un beneficio para los contribuyentes afectados por la tragedia.

De acuerdo con el anuncio más de 300 mil contribuyentes en zona de emergencia tendrán un plazo adicional para presentar su declaración de renta como personas naturales, con nuevos vencimientos tanto para presentar como para pagar sus obligaciones tributarias.

Así lo dispuso el Decreto 1226 del 18 de agosto de 2026, anunciado en el marco de las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional para atender la emergencia ocasionada por el terremoto del pasado 10 de agosto.

¿Quiénes podrán acceder al beneficio de ampliación de vencimientos de la Dian?

La entidad compartió los lineamientos que se aplicarán para acceder a este beneficio, así como el proceso que deben realizar los interesados en acceder al mismo. La ampliación de los vencimientos aplica únicamente a personas naturales y sucesiones ilíquidas con NIT terminados entre 01 y 26 y domicilio fiscal en municipios de Risaralda, Valle del Cauca, Chocó, Quindío, Caldas y Cauca.

Es decir, los contribuyentes que tenían registrado su domicilio fiscal en municipios que pertenezcan a la Dirección Seccional de Impuestos Cali y a las direcciones seccionales de Impuestos y Aduanas de Quibdó, Palmira, Tuluá, Buenaventura, Pereira, Armenia, Manizales y Popayán, podrán presentarse como beneficiarios del decreto firmado.

Según la actualización del calendario tributario bajo este plazo especial, los contribuyentes que cumplan con las condiciones presentadas por el Gobierno Nacional, podrán presentar y pagar su declaración entre el 27 de octubre y el 13 de noviembre, de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT.

Asimismo, el beneficio cobija a las personas naturales que deban inscribirse por primera vez en el Registro Único Tributario (RUT) y tengan domicilio fiscal en dichos municipios.

Los contribuyentes que no cumplan estas condiciones deberán presentar y pagar su declaración en las fechas originalmente previstas en el calendario tributario vigente.

“Las seccionales afectadas por el terremoto agrupan a cerca del 14% del total de los declarantes del país y estimamos que el número de contribuyentes que tendrá aplazamiento de vencimientos en esas ciudades alcanza las 308 mil personas. Esperamos recaudar entre octubre y noviembre alrededor de $213 mil millones correspondientes a obligaciones cuyo pago fue reprogramado, permitiendo que los ciudadanos de las zonas impactadas concentren sus esfuerzos en atender las consecuencias derivadas de esta situación", señaló Andrés Felipe Velásquez Reyes, director general de la DIAN.

Para verificar si son beneficiarios de la medida, los contribuyentes pueden consultar la casilla 12 del Registro Único Tributario (RUT), donde se identifica la dirección seccional a la que pertenece su domicilio fiscal. De igual forma, las casillas 39, 40 y 41 contienen la información correspondiente al departamento, municipio y dirección principal registrados ante la DIAN y corroborar la información.

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