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El as bajo la manga que usaría el Gobierno para ‘boicotear’ Junta del Banco de La República

Un decreto pondría en jaque la próxima reunión de la Junta Directiva del Banco de La República que está proyectada para el 30 de abril de 2026.

El as bajo la manga que usaría el Gobierno para ‘boicotear’ Junta del Banco de La República
Junta Directiva de Banco de La República - Crédito: Banco de La República
Andrés Martín PiñerosPeriodista
01 ABR 2026 - 13:36Actualizado: 01 ABR 2026 - 19:23

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La relación entre el Gobierno y la Junta Directiva del Banco de la República atraviesa uno de sus momentos más tensos en los últimos años y las diferencias sobre el rumbo de la política monetaria, especialmente en torno a las tasas de interés, han escalado a un punto en el que ya no solo se trata de discusiones técnicas, sino de un pulso institucional con implicaciones económicas y políticas.

El detonante más reciente ocurrió el pasado 31 de marzo, cuando el ministro de Hacienda se levantó de la sesión de la Junta Directiva en medio de desacuerdos con otros miembros. La decisión impidió continuar normalmente con la reunión y dejó en evidencia la profundidad de las diferencias internas sobre cómo manejar la economía en el contexto actual.

Este episodio, que aunque parece un simple acto de rebeldía, no fue menor, pues refleja un choque de visiones: por un lado, el Gobierno insiste en acelerar la reducción de tasas de interés para estimular el crecimiento económico; por otro, varios codirectores del Banco de la República defienden una postura más prudente, enfocada en controlar la inflación y preservar la estabilidad macroeconómica.

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En medio de este escenario, Minuto60 conoció, desde fuentes del Ministerio de Hacienda, que el Gobierno estaría evaluando una jugada jurídica que podría cambiar por completo el equilibrio dentro de la Junta Directiva.

¿Qué pasaría en la próxima reunión de la Junta Directiva?

Según la información obtenida por este medio, el Ejecutivo analiza la posibilidad de aplicar el artículo 35 del Decreto 2520 de 1993, que regula los estatutos del Banco de la República. Esta norma establece las condiciones de quórum para que la Junta pueda sesionar, deliberar y tomar decisiones.

imagen dada

Decreto 2520 de 1993

El punto clave es que la Junta requiere la presencia de al menos cinco miembros, pero con una condición obligatoria: uno de ellos debe ser el ministro de Hacienda, quien además la preside. Sin su asistencia, la sesión no puede realizarse de manera válida.

Esto significa que la ausencia del ministro no solo tiene un impacto político, sino también jurídico. En la práctica, podría impedir que la Junta Directiva funcione y tome una decisión tan relevante como definir la tasa de interés para Colombia.

Fuentes cercanas al proceso aseguran que dentro del Gobierno se estudia la posibilidad de utilizar este mecanismo como una herramienta de presión, repitiendo escenarios como el del 31 de marzo, donde la salida del ministro dejó sin quórum la sesión.

¿Qué dice la norma sobre el funcionamiento del Banco de la República?

El Decreto 2520 de 1993 es claro en cuanto al funcionamiento de la Junta Directiva del Banco de la República. No solo define el número mínimo de asistentes, sino que también establece que las decisiones requieren al menos cuatro votos favorables dentro de una sesión válidamente constituida. Esto refuerza la importancia del ministro de Hacienda, no solo como miembro, sino como figura indispensable para que el órgano pueda operar.

A su vez, el artículo 372 de la Constitución Política señala que el ministro preside la Junta, en un diseño que busca garantizar la coordinación entre la política económica del Gobierno y la autonomía del banco central.

El posible uso de esta figura abre un debate de fondo sobre la autonomía del Banco de la República; autonomía que ha cuestionado seriamente el actual Gobierno. Aunque el diseño institucional permite la participación del Gobierno, también establece que los miembros de la Junta deben actuar en función del interés general de la Nación.

Expertos advierten que bloquear el funcionamiento de la Junta podría generar incertidumbre en los mercados y afectar la confianza en la estabilidad económica del país, especialmente en un momento donde las decisiones sobre tasas de interés son determinantes.

Jorge Iván González, dijo en Minuto60 que "es válido debatir si se sube o no la tasa de interés, pero ese debate debe darse dentro de la Junta. El presidente ha nombrado a varios miembros. Si la mayoría decide subir la tasa, el ministro debe acatar".

No veo razón para levantarse. Eso sienta un precedente institucional complicado: Hay que debatir y respetar las decisiones.

Jorge Iván González, exdirector del DNP

A la vez, Christian Quiñonez, exsubdirector de fiscalización de la DIAN, explicó que: "El Gobierno, desde mucho antes, ha estado incrementado la deuda del país y eso lleva a que sí o sí se aumenten los precios y aquí el Banco de La República debe actuar elevanto la tasa porque existe una expectativa inflacionaria mayor".

Un escenario inédito en Colombia

El solo hecho de que esta estrategia esté siendo considerada por el Ministerio de Hacienda evidencia la magnitud del conflicto actual, algo que no había tenido precedentes en Colombia. Lo ocurrido el 31 de marzo dejó de ser un episodio aislado y se convirtió en una señal de alerta sobre el rumbo de la relación entre el Gobierno y el Banco de la República.

Si el Ejecutivo decide avanzar en esta jugada, Colombia podría enfrentarse a un escenario inédito: una Junta Directiva que, pese a estar formalmente constituida, no puede sesionar ni tomar decisiones por la ausencia de quien debe presidirla. Todo se conocerá hasta el próximo 30 de abril, o antes si las partes se pronuncian al respecto.

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