¿Sabe si se va a pensionar? Aquí están las respuestas a sus dudas
Minuto60 abrió las puertas del consultorio pensional para responder a las preguntas de los colombianos.

Lograr el sueño de una pensión al llegar a la vejez es una meta que alcanza uno de cada cuatro colombianos por diferentes razones, entre esas, que antes de 1993 no era obligatorio cotizar al sistema de ahorro y que son pocos quienes tienen empleos formales con la suficiente constancia para alcanzar el mínimo requerido.
Muchos han perdido la esperanza de lograr una pensión y se han dado por vencidos antes de tiempo, pero ¿quiénes y cómo sí se pueden pensionar en Colombia? Minuto60 abrió por un día el consultorio pensional para responder a esta y otras preguntas comunes, con un invitado especial: Andrés Velasco, presidente de la Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías (Asofondos).
¿Qué pasó con la reforma pensional?
Según lo aprobado por el Congreso, el pasado primero de julio debió entrar en vigencia el nuevo régimen pensional de Colombia. Sin embargo, eso no pasó y solo dos artículos de la norma se están aplicando por orden de la Corte Constitucional.
Mientras la máxima corte del país revisa si la ley del nuevo sistema pensional se aprobó de acuerdo con los procedimientos establecidos para el Congreso de la República y si cada uno de sus artículos es acorde a la Constitución Política de 1991, el artículo que convierte a las administradoras de fondos pensionales (AFP) en las administradoras del componente complementario de ahorro individual (ACCAI) y que permite que los colombianos que reciben más de 2,3 salarios mínimos mensuales por su trabajo elijan una ACCAI está vigente.
El otro artículo que sigue andando es el de la famosa ventana de oportunidad, que permite que quienes cumplen el requisito para entrar al régimen de transición se cambien por una última vez de régimen sin importar su edad. Es decir, si a usted le cogió la noche para pasar de Colpensiones a una AFP o viceversa, puede hacerlo pidiendo la doble asesoría.
Mientras tanto, todos los trabajadores formales siguen acumulando semanas que les permiten acercarse a la meta de las 900 si son hombres o 750 si son mujeres para entrar en el régimen de transición y, si la reforma pasa la prueba en la Corte Constitucional, decidir si se quedan en el régimen que existe hace 32 años o se acogen al nuevo.
¿A quién le conviene Colpensiones?
Con el régimen actual, apenas al 5 % de los trabajadores colombianos, que son quienes tienen trayectorias laborales formales con mayor estabilidad y un sueldo de $2,1 millones mensuales o más pues son quienes se verán beneficiados del subsidio que pone el sistema público y que funciona al contrario de los demás: quienes más tienen, más reciben.
A los demás, al 95 % de los trabajadores, dice Velasco, les conviene más una AFP pues incluso podrían pensionarse con tres años menos de cotizaciones pues en el régimen de ahorro individual el límite es de 1.150 semanas, si alcanza a tener el ahorro para pensionarse con un salario mínimo.
Y para quienes no logran alcanzar las semanas requeridas, la AFP está obligada a entregarle su ahorro más las ganancias que ese dinero obtuvo por estar invertido en diferentes cosas como proyectos de vivienda o de infraestructura, títulos de deuda de Colombia y de otros países, mientras que Colpensiones solo se asegura de que su dinero mantenga el mismo valor con el paso del tiempo.
Estas y otras preguntas de los colombianos sobre el sistema de pensiones tienen una respuesta aquí
