Carros y motocicletas tendrán más plazo para cumplir nuevas normas técnicas
El Ministerio de Transporte extendió por un año la entrada en vigencia de siete reglamentos técnicos para vehículos y motocicletas.

El Ministerio de Transporte decidió aplazar por un año la entrada en vigencia de siete reglamentos técnicos que modificarán los requisitos para vehículos y motocicletas en Colombia. La decisión, que beneficia temporalmente a fabricantes, importadores y comercializadores, responde a la necesidad de concluir un estudio sobre la armonización de estándares internacionales antes de exigir el cumplimiento de las nuevas disposiciones.
La medida quedó consignada en un proyecto de resolución mediante el cual se modifican los plazos establecidos para reglamentos expedidos en 2022, relacionados con componentes fundamentales para la seguridad vial como llantas, sistemas de frenado, vidrios de seguridad, sistemas de retención y cintas retrorreflectivas.
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Con esta nueva prórroga, el Gobierno mantiene vigentes las reglas actuales mientras define cómo coexistirán en Colombia los reglamentos técnicos de las Naciones Unidas (ONU) con los estándares estadounidenses Federal Motor Vehicle Safety Standards (FMVSS), utilizados por buena parte de la industria automotriz mundial.
¿Qué reglamentos técnicos fueron aplazados?
La resolución posterga la entrada en vigencia de siete reglamentos técnicos que regulan diferentes elementos de seguridad de los vehículos que circulan en el país.
Entre ellos se encuentran las normas para las cintas retrorreflectivas utilizadas en vehículos y remolques; las llantas para motocicletas; los sistemas de frenado para automóviles, remolques, semirremolques y motocicletas; los vidrios o acristalamientos de seguridad; los sistemas de retención, así como las llantas destinadas a vehículos automotores.

De acuerdo con el proyecto, las nuevas fechas de entrada en vigor comenzarán entre agosto y septiembre de 2027. Por ejemplo, el reglamento sobre cintas retrorreflectivas se aplicará desde el 24 de agosto de 2027, mientras que el correspondiente a llantas para motocicletas entrará a regir el 2 de septiembre de 2027. Los reglamentos sobre sistemas de frenado también fueron extendidos hasta septiembre de ese mismo año.
El Gobierno busca unificar estándares internacionales
La cartera de Transporte explica que la decisión obedece a un estudio que adelantan conjuntamente el Ministerio y la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), cuyo propósito es evaluar la coexistencia de los reglamentos técnicos de la ONU con los estándares FMVSS utilizados en Estados Unidos.
Ese análisis permitirá determinar cuál será el esquema regulatorio definitivo para Colombia sin generar barreras técnicas al comercio ni afectar la competitividad del sector automotor, teniendo en cuenta que los fabricantes internacionales producen vehículos bajo diferentes normativas dependiendo del mercado al que estén destinados.
La resolución recuerda que la entrada en vigencia de estos reglamentos ya había sido aplazada en varias oportunidades precisamente por la complejidad que implica armonizar ambos sistemas regulatorios y por las solicitudes presentadas por el sector productivo.
El Ministerio señala que la nueva prórroga también responde a las solicitudes realizadas por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, así como por gremios y organizaciones representativas de la industria automotriz de Colombia, Estados Unidos, la Unión Europea, Japón, Brasil, México y Argentina.
Durante este periodo de transición continuarán aplicándose las normas técnicas actualmente vigentes. En algunos casos, la resolución también mantiene la posibilidad de aceptar certificaciones emitidas bajo los estándares estadounidenses FMVSS, lo que busca facilitar la comercialización de vehículos y componentes mientras se adopta el nuevo modelo regulatorio.
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