Inicio / Colombia
21 de septiembre de 2025 - 11:14 a. m.
Actualizado - 21 de septiembre de 2025 - 11:17 a. m.

Consejo de Estado frenó multas por falta de SOAT o tecnomecánica, conozca en qué casos

El Consejo de Estado anuló las “multas automáticas” por falta de SOAT o revisión cuando los vehículos no están circulando en Colombia.
Nathalia Villamil
WhatsAppFacebookXLinkedIn
Imagen principal
Consejo de Estado frena las multas automáticas por falta de SOAT o revisión tecnomecánica - Crédito: Alcaldía de Bogotá

En una decisión histórica, el Consejo de Estado de Colombia declaró inválidas las circulares del Ministerio de Transporte que autorizaban imponer comparendos automáticos a propietarios de vehículos que, según el RUNT, no tenían vigente el SOAT o la revisión técnico-mecánica, sin importar si estaban en circulación. Con esta medida, las autoridades de tránsito no podrán sancionar únicamente con base en la falta de estos documentos si el vehículo no está en uso. 

A partir de ahora, para imponer una multa será necesario que un agente de tránsito constate en el momento que el carro o la moto circula sin cumplir los requisitos legales.

¿Qué dice el Consejo de Estado?

Durante más de una década, las circulares ministeriales permitieron aplicar sanciones automáticas basadas solo en los registros administrativos. Esta práctica afectaba especialmente a propietarios cuyos vehículos permanecían estacionados o fuera de operación por largos periodos. 

El Consejo de Estado reconoció la importancia del SOAT y de la revisión técnico-mecánica para garantizar la seguridad vial, proteger a las víctimas de accidentes y mantener estándares mínimos de funcionamiento de los vehículos. Sin embargo, advirtió que sancionar sin que exista riesgo real ni evidencia de circulación constituye un exceso y vulnera el principio de legalidad, según el cual sólo pueden sancionarse conductas verificadas.

Un alivio para los propietarios de vehículos

Esta decisión representa un alivio para miles de ciudadanos que recibían comparendos aun teniendo sus carros inmovilizados. No significa, sin embargo, que las obligaciones hayan desaparecido: los conductores deben mantener vigente el seguro obligatorio y la revisión técnico-mecánica. Lo que cambia es que la sanción ya no se impondrá automáticamente, sino sólo cuando haya circulación sin los documentos exigidos.

El fallo del Consejo de Estado marca un precedente importante en materia de control y equilibrio entre la seguridad vial y los derechos de los ciudadanos. Al exigir verificación presencial, se refuerza la legalidad de las multas y se evita castigar a quienes no están infringiendo normas de tránsito en la práctica.

Actualidad

Colombia rompe récord: su natalidad cae a mínimos históricos

Por Nathalia Villamil

La decisión del Consejo de Estado que frenó a Tránsito en multas por SOAT

Por Nathalia Villamil

Gobernador de Cundinamarca alerta por retrasos en la vía al Llano

Por Nathalia Villamil

¿Qué podría suceder si Tigo y Movistar se integran? Esto advierte la CRC

Por Nathalia Villamil

Resumen semanal

Descertificación en Colombia, un peligro latente: José Manuel Restrepo

Por Carlos Grosso

Comerciantes mantienen bloqueada la vía La Mesa: no hay paso en la ruta Girardot-Mosquera

Por Ma. Fernanda López

¿Su computador no tiene cámara? Convierta el celular en webcam con estas apps

Por Gustavo Márquez Hernández

'Epa Colombia' y TransMilenio llegan a acuerdo conciliatorio

Por Carlos Grosso