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¿Qué es el ReteICA y quiénes deben cumplir esta obligación el 20 de marzo en Bogotá?

La Secretaría de Hacienda recordó las fechas límite para declarar y pagar este impuesto clave para comerciantes y empresas.

¿Qué es el ReteICA y quiénes deben cumplir esta obligación el 20 de marzo en Bogotá?
Fechas clave para pagar el ReteICA en Bogotá - Crédito: Secretaría de Hacienda y archivo particular.
Alexander Gómez Naranjo
Alexander Gómez NaranjoPeriodista
19 MAR 2026 - 07:36Actualizado: 19 MAR 2026 - 12:55

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Los contribuyentes en Bogotá deben estar atentos al calendario tributario, ya que está por vencerse el plazo para cumplir con una de sus obligaciones más importantes: el impuesto de Industria y Comercio (ICA) y su retención (ReteICA), correspondiente al primer bimestre de 2026.

Según la Secretaría Distrital de Hacienda, el plazo para declarar y pagar el ReteICA de enero y febrero vence el 20 de marzo de 2026, una fecha clave para evitar sanciones e intereses.

Ampliamos las alternativas de pago para que los contribuyentes puedan declarar y pagar el ReteICA de forma más fácil. La invitación es a realizar el trámite con anticipación por los canales oficiales, y aprovechar las opciones virtuales y presenciales que hoy tiene la entidad para facilitar el cumplimiento”, resaltó el director de Impuestos de la Secretaría Distrital de Hacienda, Pablo Verástegui.

¿Qué es el impuesto ICA?

El Impuesto de Industria y Comercio (ICA) es un tributo que deben pagar las personas naturales y jurídicas que realizan actividades comerciales, industriales o de servicios en Bogotá.

Es decir, aplica para negocios, empresas, independientes y cualquier actividad económica que genere ingresos dentro de la ciudad. Este impuesto se paga de forma periódica (generalmente bimestral) y su valor depende de los ingresos obtenidos por la actividad económica.

La retención del ICA es un mecanismo de recaudo anticipado: los agentes retenedores autorizados deben descontar el impuesto en las transacciones gravadas en el momento del pago o abono en cuenta, luego declararlo y pagarlo a la ciudad.

¿Quiénes deben pagar el ICA y el ReteICA?

ICA: lo pagan directamente quienes desarrollan actividades económicas en Bogotá.

ReteICA: lo pagan los llamados agentes de retención, es decir, empresas o entidades que descuentan anticipadamente este impuesto en ciertas operaciones.

  • Grandes contribuyentes definidos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

  • Quienes hayan sido designados como agentes retenedores mediante la Resolución DDI-000305 del 16 de enero de 2020.

  • Intermediarios o terceros que intervienen en operaciones económicas en las que se genere la retención, según el reglamento.

En otras palabras, el ReteICA funciona como un anticipo del ICA, que luego se descuenta en la declaración final.

Fechas clave que debe tener en cuenta

Para el caso del primer bimestre de 2026 (enero – febrero):

  • ReteICA: vence el 20 de marzo de 2026

  • ICA (régimen común): vence el 10 de abril de 2026

No cumplir con estos plazos puede generar sanciones económicas e intereses por mora.

¿Cómo declarar y pagar?

La Secretaría de Hacienda recordó que el trámite puede hacerse en línea a través de Pagos Bogotá, ingresando a la opción ICA – ReteICA, para pagar con PSE o transferencia bancaria desde cualquier lugar.

Existen canales virtuales y tres nuevos puntos de atención especializada, ubicados en Usaquén, el centro comercial Plaza de las Américas y el Centro Administrativo Distrital, este último diseñado para atender a contribuyentes con discapacidad o movilidad reducida.

Precisamente, en los puntos de Usaquén, el centro comercial Plaza de las Américas y en el SuperCADE de la carrera 30, está disponible la ventanilla extendida para pagar los ocho impuestos distritales, incluso de años anteriores, en efectivo o con tarjeta débito y crédito.

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