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¿Suspendieron al presidente Gustavo Petro? El trámite aún no se concreta

Un auto de la Comisión de Acusación generó polémica por ordenar la suspensión del presidente Gustavo Petro, sin embargo, la decisión no sería posible.

Una representante ordenó la suspensión del presidente Gustavo Petro. - Crédito: Colprensa.
Katherine Vega
Katherine VegaPeriodista
10 JUN 2026 - 13:43Actualizado: 10 JUN 2026 - 14:09

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Un auto firmado por la representante Gloria Elena Arizabaleta Corral ha generado una gran controversia porque determinó la suspensión provisional del presidente de la República. Se trata de la primera vez que se toma una decisión de este tipo, por lo cual, se prendieron las alarmas de distintos sectores. Sin embargo, la suspensión del mandatario no se determinaría solo por la expedición de este documento.

La determinación de la suspensión se daría de manera provisional hasta el 21 de junio cuando se realizará la segunda vuelta presidencial, mientras se adelanta la investigación de fondo.

En el documento, la representante cita el artículo 217 de la Ley 1952 de 2019 que plantea la posibilidad de ordenar una suspensión por faltas calificadas como gravísimas o graves, que dice expresamente:

"El funcionario que la esté adelantando podrá ordenar motivadamente la suspensión provisional del servidor público, sin derecho a remuneración alguna, siempre y cuando se evidencien serios elementos de juicio que permitan establecer que la permanencia en el cargo, función o servicio público posibilita la interferencia del autor de la falta en el trámite de la investigación o permite que continúe cometiéndola", se lee.

¿Por qué hay controversia?

La Comisión de Acusaciones tiene varios representantes y la primera duda que surgió es si una sola congresista podría ordenar una decisión de tal magnitud. Al respecto hay diferentes posiciones, sin embargo, el procedimiento no se trataría solo de discutir el auto en pleno, sino de llevar la decisión hasta el Senado.

Precisamente, la senadora Angélica Lozano, señaló que una suspensión de este tipo es responsabilidad de esta corporación. Es decir, solo el Senado podría suspender o sustituir al primer mandatario.

Según la congresista el procedimiento sería el siguiente: "Tendría que ser votada por la comisión, pasar a plenaria de @CamaraColombia luego a comisión de instrucción de 5 senadores abogados y su proyecto de decisión se somete a votación de plenaria del @SenadoGovCo".

¿Qué señalaron desde el Gobierno Nacional?

Sobre la decisión el ministro del Interior, Armando Benedetti se pronunció de inmediato a través de su cuenta de X, quien confirmó lo dicho por Angélica Lozano.

"En derecho, no existe que la Comisión de Acusaciones pueda suspender al Presidente porque es una comisión de instrucción. Solo el Senado es quien puede hacerlo después de que la plenaria de la Cámara actúe como un ente acusador, penal o disciplinariamente. Luego la Comisión de Acusaciones no puede suspender al Presidente de la República, y menos la voluntad de una sola representante", escribió.

Mientras tanto, el presidente se encuentra en Estados Unidos donde participará del Consejo de Seguridad de la ONU.

imagen dada

Auto que ordena la suspensión del presidente Gustavo Petro.

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