Quien abuse sexualmente de un animal será condenado e irá a la cárcel
La plenaria de la Cámara de Representantes aprobó en último debate la norma que castiga a violadores de animales en Colombia.

En cuarto debate fue aprobada la Ley que castiga con cárcel a quienes abusen sexualmente de los animales. La norma pasará a sanción presidencial y posteriormente a revisión de la Corte Constitucional.
La plenaria de la Cámara de Representantes dio un paso importante para la protección de los animales, gracias a la iniciativa de autoría de la senadora del Pacto Histórico, Esmeralda Hernández.
La Ley crea el tipo penal para que se judicialice a quienes cometan actos de zoofilia, es decir, quien acceda carnalmente a un animal “incurrirá en pena de prisión de 48 a 55 meses, inhabilidad especial de uno a tres años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con animales, prohibición de adquisición, tenencia, cuidado y refugio de animales y multa de 30 a 45 salarios mínimos mensuales legales vigentes”.
El articulado también establece unas circunstancias de agravación punitiva, que aumentan hasta en otro tanto la pena, esto es, por ejemplo, para quien viole a un animal en espacio público, delante de un menor de edad o quien lo grabe para comercializar como pornografía.
La ley de la República también exhorta al Gobierno Nacional a que se adelante una campaña nacional de divulgación sobre la tipificación penal y los alcances de la Ley, una vez sea aprobada.
¿Qué dijo la autora de la ley?
La senadora Esmeralda Hernández, del Pacto Histórico, a través de su cuenta de la red social Instagram, celebró la decisión del Congreso, tras cuatro debates, donde lo más importante es la pena de cárcel para los violadores de animales.
“Este es un triunfo más del progresismo, de Iván Cepeda, del Pacto Histórico, el proyecto político que está comprometido con toda forma de vida y contra el maltrato animal”, señaló la congresista, quien aprovechó para lanzar puyas al candidato del Movimiento Defensores de la Patria, Abelardo de la Espriella. “Mientras el ‘matagatos’ que confiesa que torturo y mató animales, nosotros mandamos a la cárcel a violadores y a los torturadores”, indicó la senadora.
Concluyó que fue un logro que se suma a otras tres iniciativas del periodo legislativo 2022-2026 “para los animales y por los animales”.
¿Qué contempla actualmente el Código Penal?
El Código Penal Colombiano tipifica el delito de maltrato animal bajo el artículo 339, según el cual. "el que maltrate a un animal doméstico, amansado, silvestre vertebrado, o exótico casándole la muerte, incurrirá en prisión de 32 a 56 meses".
Además, establece que tendrá inhabilidad de dos años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales, así como la prohibición para adquirir, tener, cuidar alguna especie o tener refugio de animales. La multa por este delito es de 30 a 60 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
En cuanto al abuso sexual el articulo tiene un agravante 339B que aumentaba la pena en la mitad o tres cuartas partes, no obstante, con la ley aprobada se modifica este literal B, y una vez sea sancionada y entre en vigencia se aplicará la pena de hasta 55 meses.

Los perros y gatos en Colombia son las principales víctimas de maltrato animal y abandono, muchos de ellos terminan en refugios a la espera de ser adoptados y solo un porcentaje muy reducido logra tener un hogar que los acoja. Minuto60.
¿Cuáles son las estadísticas por maltrato?
De acuerdo con los datos estadísticos de la Fiscalía General de la Nación, en lo corrido del año se tiene un total de 630 noticias criminales por maltrato animal, de las cuales 576 corresponden a denuncias. Sin embargo, el reporte por el agravante "por cometer actos sexuales con los animales" apenas se tienen seis casos denuciados.
El ente investigador, tras la entrada en vigencia de la Ley Ángel, ha adelantado una importante labor logrando la condena de quienes han sido procesados penalmente por maltratar animales, especialmete perros y gatos en todo el territorio nacional.
