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Batalla de Boyacá y posesión presidencial: ¿cuál es la razón por la que ambas fechas coinciden?

El origen está en un artículo transitorio de hace 140 años y en una norma de 1913 que sobrevivió a dos constituciones y a más de ochenta gobiernos.

El artículo de una ley de 1913 que explica por qué la posesión presidencial es hoy. - Crédito: Fotomontaje Minuto60.
Dido Polo Monterrosa
Dido Polo MonterrosaPeriodista
07 AGO 2026 - 15:43Actualizado: 07 AGO 2026 - 16:21

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Este viernes Colombia conmemora los 207 años de la Batalla de Boyacá y, al mismo tiempo, cambia de jefe de Estado. La posesión presidencial del 7 de agosto no es una coincidencia del calendario ni una costumbre suelta: viene de un artículo transitorio de la Constitución de 1886 y sobrevive hoy gracias a una ley de 1913 que nadie derogó.

Hoy le toca a Abelardo De La Espriella, que jura como presidente para el período 2026-2030 en Cali, y a Gustavo Petro, que entrega el cargo. Es la primera vez que una transmisión de mando se hace fuera de Bogotá.

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El Puente de Boyacá sobre el río Teatinos, escenario de la batalla del 7 de agosto de 1819. Foto: Colprensa.

¿Qué pasó el 7 de agosto de 1819 en el Puente de Boyacá?

La pelea fue en un punto muy concreto: el paso sobre el río Teatinos, donde está el Puente de Boyacá, a 14 kilómetros de Tunja y a 110 de Bogotá. Quien controlara ese puente tenía el camino libre hacia Santafé, que hoy es Bogotá.

De un lado estaba el ejército patriota, el que peleaba por la independencia, con Simón Bolívar al mando general. Francisco de Paula Santander iba adelante con las tropas de choque y José Antonio Anzoátegui venía atrás con el resto.

Del otro lado estaba el ejército realista, el que defendía a la Corona española en lo que entonces era el Virreinato de la Nueva Granada. Lo comandaba el brigadier José María Barreiro.

Todo arrancó pasadas las dos de la tarde. Las tropas de Santander bajaron del Boquerón de El Tobal y se encontraron de frente con los soldados realistas que iban adelante.

Después de las tres había dos peleas al mismo tiempo. Una en los alrededores del puente y otra en el llano, sobre el camino de Samacá. El río quedó en la mitad y partió en dos a las tropas de Barreiro, que no pudieron hablarse entre ellas ni ayudarse.

A las cuatro de la tarde se acabó. Casi toda la tropa realista quedó presa, unos 1.600 soldados, y Barreiro fue capturado y llevado ante Bolívar. Del lado patriota, según los registros del general Carlos Soublette, hubo 13 muertos y 53 heridos.

Esa batalla no fue un hecho suelto. Venía de una campaña que ya había pasado por Gámeza, el 11 de julio, y por el Pantano de Vargas, el 25 de julio del mismo año. Cuando llegó la noticia de la derrota, el virrey y su corte salieron de Santafé rumbo a Honda y de ahí al Caribe.

¿Por qué la posesión presidencial se hace el 7 de agosto?

La fecha llegó a la política 67 años después de la batalla, con la Constitución de 1886. Esa Constitución la impulsó Rafael Núñez y fue expedida el 4 de agosto de 1886. Ahí quedó dicho que el primer período presidencial del nuevo régimen empezaría a contarse el 7 de agosto de 1886, el aniversario de Boyacá.

Pero no quedó en el cuerpo principal del texto. Quedó en el Título XXI, el de las disposiciones transitorias, que son las reglas que se escriben para resolver el arranque de una Constitución y que, en teoría, se usan una vez y se vuelven inútiles.

Esa Constitución le daba al presidente un período de seis años. Las reformas de 1910 lo bajaron a cuatro, pero no tocaron el 7 de agosto como punto de partida.

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Posesión de Gustavo Petro y Francia Márquez. Foto: Colprensa.

¿Qué dice la Ley 4 de 1913 sobre el período presidencial?

En 1991 el país estrenó Constitución y la de 1886 quedó sin efecto. La fecha, sin embargo, no se cayó con ella, porque para entonces ya estaba escrita en otra norma. Esa norma es el Código de Régimen Político y Municipal, que se expidió con la Ley 4 de 1913 y sigue vigente en varios de sus artículos.

Uno de ellos, el 270, dice: "El período de duración del Presidente será de cuatro años, a contar del 7 de agosto de 1910". El mismo artículo aclara que eso también aplica para los ministros y los demás empleados del Despacho Ejecutivo.

Con esa cuenta, el período que arrancó el 7 de agosto de 1910 se cerró el 7 de agosto de 1914. El siguiente terminó en 1918, y de ahí en adelante cada cuatro años cayó en la misma fecha, hasta el que se cierra hoy. Por el camino hubo renuncias, presidentes encargados y gobiernos que llegaron por fuera de las urnas. Ninguno de esos episodios movió el 7 de agosto.

¿La Constitución de 1991 fija el 7 de agosto?

No. La Carta vigente no menciona esa fecha en ninguno de sus artículos. Lo que hace es fijar el período de cuatro años y ordenar ante quién se jura.

El artículo 192 dice que el presidente "tomará posesión de su destino ante el Congreso" y que prestará juramento en estos términos: "Juro a Dios y prometo al pueblo cumplir fielmente la Constitución y las leyes de Colombia". Ese mismo artículo prevé que, si por cualquier motivo no puede posesionarse ante el Congreso, lo haga ante la Corte Suprema de Justicia o, en su defecto, ante dos testigos.

El Consejo de Estado ya se pronunció sobre ese vacío y señaló que, al no haber fecha en la Constitución, hay que remitirse al Código de Régimen Político y Municipal.

¿Por qué el 7 de agosto es festivo fijo en Colombia?

La Ley 51 de 1983, conocida como Ley Emiliani, lista el 7 de agosto entre los días de descanso remunerado de carácter civil o religioso.

Esa misma norma señala cuáles festivos se corren al lunes siguiente cuando no caen en lunes: el 6 de enero, el 19 de marzo, el 29 de junio, el 15 de agosto, el 12 de octubre, el 1 de noviembre, el 11 de noviembre, la Ascensión del Señor, Corpus Christi y el Sagrado Corazón de Jesús. El 7 de agosto no está en esa lista, así que se celebra siempre en su fecha.

La jornada suma además la conmemoración del Día del Ejército Nacional, con ofrendas y actos militares en el Puente de Boyacá.

¿Dónde es la posesión de Abelardo De La Espriella este 7 de agosto?

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La Arena USC de Cali, escenario de la posesión de Abelardo De La Espriella el 7 de agosto. Foto: Colprensa.

La ceremonia se hace en la Arena USC, el auditorio de la Universidad Santiago de Cali, y está prevista para las 3:00 de la tarde. El recinto tiene un aforo cercano a 2.500 personas, el acceso es por invitación y unos 285 cupos quedaron reservados para congresistas.

El traslado lo autorizó el propio Congreso. La Cámara de Representantes lo aprobó el 28 de julio con 117 votos a favor y siete en contra, y el Senado lo hizo el 29 de julio con 58 a favor y 30 en contra. El secretario general del Senado, Diego Alejandro González, sustentó la decisión en el artículo 140 de la Constitución y en el artículo 33 de la Ley 5 de 1992.

"Valoro y agradezco profundamente que el Senado y la Cámara de Representantes de Colombia hayan aprobado el traslado del Congreso de la República a la ciudad de Cali para mi posesión presidencial", escribió De La Espriella en su cuenta de X. "Desde Cali, enviaremos un mensaje claro al país: el Estado volverá a estar presente en cada rincón de Colombia", agregó.

El acto llegó a estar en discusión judicial. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca admitió el 3 de agosto una acción popular del ciudadano David Fernando Cano Mazuera contra el cambio de sede y le pidió soportes al Congreso y a otras entidades. El 6 de agosto negó la medida cautelar de urgencia y sostuvo que los gastos aprobados están sustentados en estudios previos. El Consejo de Estado también había negado una solicitud en el mismo sentido.

En Cali, el juramento lo recibe el Congreso en pleno y la banda presidencial la impone el presidente del Senado, Honorio Henríquez.

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