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¿Cómo funciona el voto programático y por qué no aplica para todos los funcionarios?

Los ciudadanos tienen mecanismos para inclusive revocar mandatos si los elegidos no cumplen con sus propuestas de campaña, así funciona.

¿Cómo funciona el voto programático y por qué no aplica para todos los funcionarios?
Conocer cómo funciona y cómo lo podemos aplicar resulta clave para hacer control ciudadano - Crédito: Fotomontaje Minuto60.
Vannesa Ruiz
Vannesa Ruiz Periodista
08 ABR 2026 - 14:35Actualizado: 08 ABR 2026 - 19:47

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El voto programático es el mecanismo de la Constitución mediante el cual los ciudadanos que eligen funcionarios por voto popular en Colombia pueden exigir el cumplimiento del programa de gobierno con el que se presentaron a las elecciones.

Este principio obliga de alguna manera a que las propuestas inscritas por los candidatos no solo sean palabras en campaña, sino que las convierte en un compromiso formal con los electores, llevando al candidato elegido a orientar su gestión a cumplir con dichas promesas.

Sin embargo, la norma solo aplica para alcaldes y gobernadores, lo que deja a la ciudadanía con la duda de por qué, al ser una herramienta tan importante, no aplica para todos los cargos, incluido el presidente de la República.

El voto programático funciona en varias etapas. Primero, todos los candidatos a alcaldías y gobernaciones deben presentar su programa de gobierno justo cuando se inscriben, este plan se divulga públicamente para que los ciudadanos conozcan las propuestas antes de votar. Y, una vez elegidos, los mandatarios están obligados a incorporar esos lineamientos en los planes de desarrollo de sus territorios.

Aún no sabe por quién votar a las elecciones presidenciales lea: ¿Cómo leer propuestas políticas sin caer en manipulación?

¿Cómo la podemos aplicar como ciudadanos?

La ley establece mecanismos de control para que los ciudadanos puedan exigir y denunciar en caso de que dicho plan no se cumpla. Incluso puede llevar a la revocatoria de su mandato. Pero, ¿cómo?

Es importante tener en cuenta que, para activar este proceso, debe haber pasado al menos un año desde la posesión del mandatario. Además, la solicitud debe presentarse ante la Registraduría con firmas equivalentes al 40 % de los votos válidos obtenidos en la elección. Es decir, si un candidato fue elegido con 100.000 votos, para solicitar la revocatoria se necesitarían 40.000 firmas.

Si se cumplen los requisitos, se convoca a una votación ciudadana. Y la revocatoria solo prospera si es aprobada por al menos el 60 % de los votantes y si la participación alcanza, como mínimo, el 60 % de la votación registrada el día en que fue elegido el mandatario.

En caso de que el mandato sea revocado, el funcionario es retirado inmediatamente del cargo y se convocan nuevas elecciones dentro de los dos meses siguientes para elegir su reemplazo.

¿Por qué no aplica para el presidente?

Al conocer los alcances que tiene dicho mecanismo, es imposible no pensar en lo que implicaría si se usara en el mayor cargo público del país; sin embargo, esta ley no aplica para el presidente de la República. La razón principal radica en que el plan de desarrollo del presidente se tramita ante el Congreso y no bajo la figura ya explicada.

Además, la Constitución prevé otros mecanismos de control político e institucional para el presidente, como el juicio político o el proceso de investigación en el Congreso, así como el control de organismos como la Procuraduría, la Contraloría y la Corte Constitucional, quienes vigilan su gestión.

Este mecanismo busca que el voto no solo elija a una persona, sino que también respalde un programa de gobierno y así se exija el cumplimiento por parte de los ciudadanos.

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