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Gustavo Petro dejará la Presidencia: ¿de cuánto sería la millonaria pensión que recibiría?

La mesada del presidente saliente podría superar los $55 millones mensuales, aunque una decisión judicial cambiaría el monto final.

La ley contempla una pensión para los expresidentes del país. - Crédito: Presidencia
Oscar Repiso
Oscar RepisoPeriodista
24 JUL 2026 - 01:11Actualizado: 24 JUL 2026 - 01:32

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Mientras el reloj avanza hacia el 7 de agosto y el Gobierno de Gustavo Petro entra en sus últimos días, una de las preguntas que más interés ha despertado no tiene que ver con la política, sino con su futuro económico. Tras despedirse en diferentes regiones del país con la frase “Mi nombre es Gustavo Petro, y fui su presidente”, el mandatario también se prepara para acceder a uno de los beneficios que contempla la legislación colombiana para quienes ocupan la Casa de Nariño: la pensión vitalicia de expresidente.

Con la llegada de Abelardo de La Espriella a la Presidencia, Petro cerrará un capítulo de cuatro años al frente del país y abrirá otro como exjefe de Estado. En ese momento comenzará el proceso para definir oficialmente la pensión que recibirá, una prestación que, según la normativa vigente, equivale al 100 % de la asignación mensual de los congresistas.

Sin embargo, aunque la fórmula está establecida en la ley, el valor definitivo todavía no está escrito. Una decisión pendiente del Consejo de Estado podría modificar significativamente la cifra que terminará recibiendo cada mes.

¿De cuánto sería la pensión de Gustavo Petro?

La legislación colombiana, específicamente la Ley 53 de 1978 y el Decreto 1833 de 2016, establece que los expresidentes tienen derecho a una pensión equivalente al 100 % de la asignación mensual que reciben los senadores y representantes a la Cámara.

Con el reciente incremento del 7 % en la remuneración de los congresistas, los cálculos indican que la mesada de Gustavo Petro podría superar los 55 millones de pesos mensuales.

No obstante, existe un factor que podría alterar ese monto. Actualmente, el Consejo de Estado estudia la continuidad de la denominada prima especial de servicios, un componente salarial cercano a los 18,1 millones de pesos. Si esa prima deja de hacer parte de la asignación de los congresistas, la pensión del mandatario disminuiría y quedaría alrededor de los 37 millones de pesos mensuales.

Antes del reajuste salarial aprobado este año, la prestación se calculaba en aproximadamente 51 millones de pesos, incluyendo la prima especial. Sin ese componente, la cifra rondaba los 34,7 millones de pesos.

Pese a estas estimaciones, la cuantía oficial solo será conocida una vez la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) realice la liquidación correspondiente después de finalizar el mandato presidencial.

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La Ley 53 de 1978 equiparó la pensión de los expresidentes al salario de un Congresista. Presidencia

¿Qué dice la ley sobre este beneficio?

El respaldo jurídico de esta prestación ha sido ratificado en varias oportunidades. La Ley 53 de 1978 estableció que los expresidentes recibirán una pensión equivalente a la asignación mensual de los miembros del Congreso, mientras que el Decreto 1833 de 2016 reglamentó ese beneficio.

Además, el Consejo de Estado reiteró esa interpretación en un concepto emitido el 27 de noviembre de 2024, en el que señaló que la pensión corresponde a "una prestación definida, equivalente al 100 por ciento de la asignación mensual de un congresista".

La Corte Constitucional también se pronunció sobre este tema mediante la Sentencia C-989 de 1999, en la que respaldó el alcance de la norma.

En esa decisión sostuvo; “No resulta desproporcionado que la pensión especial de los expresidentes se haya fijado en un monto igual al de la asignación mensual que por todo concepto corresponda a los senadores y representantes”.

El alto tribunal agregó. “Si en relación con tales funcionarios se estimó proporcionado un monto pensional del 75 por ciento de dicha asignación, no es irrazonable que a quien ha prestado un servicio más arduo y cargado con una responsabilidad mayor, se le remunere con una pensión del 100 por ciento de dicho concepto”.

¿Quién define el valor definitivo de la pensión?

Aunque la ley fija la fórmula para calcular el beneficio, el valor final no se establece automáticamente. La entidad encargada de realizar la liquidación es la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP), que deberá aplicar las normas vigentes cuando Gustavo Petro termine oficialmente su mandato el próximo 7 de agosto.

Una vez se determine la cuantía, el pago de la pensión será asumido con recursos del Tesoro Nacional a través del Fondo de Pensiones Públicas del Nivel Nacional (Fopep).

Por esa razón, el monto definitivo dependerá tanto de la liquidación realizada por la UGPP como del desenlace del proceso que actualmente analiza el Consejo de Estado sobre la permanencia de la prima especial de servicios.

Así cambió la pensión de los expresidentes en Colombia

Las condiciones para acceder a este beneficio no siempre fueron las mismas. Inicialmente, la Ley 48 de 1962 exigía que un expresidente hubiera cumplido 50 años de edad y acreditara al menos 20 años de servicio al Estado para obtener una pensión equivalente al 75 % del último salario recibido.

Con el paso de los años, el Congreso modificó esas reglas. La Ley 83 de 1968 aumentó el monto hasta equipararlo con las asignaciones de los congresistas y, posteriormente, la Ley 53 de 1978 eliminó los requisitos relacionados con la edad y el tiempo de servicio, reconociendo el derecho simplemente por haber ejercido la Presidencia de la República.

Gracias a ese cambio, varios exmandatarios han accedido a esta prestación, entre ellos César Gaviria, Ernesto Samper, Andrés Pastrana, Álvaro Uribe, Juan Manuel Santos e Iván Duque.

En el caso de Gustavo Petro, quien hoy tiene 66 años y acumula más de cuatro décadas de trayectoria en el servicio público como concejal de Zipaquirá, representante a la Cámara, senador, alcalde de Bogotá y presidente de la República, el reconocimiento de la pensión está contemplado en la legislación vigente. La única incógnita que permanece abierta es cuánto será exactamente el monto que recibirá cada mes una vez la UGPP haga la liquidación oficial y se conozca la decisión definitiva sobre la prima especial de servicios.

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