Consejo de Estado investigará a Gustavo Petro por inasistencias cuando fue senador
El alto tribunal aseguró que el mandatario debe responder por sus acciones cuando fue congresista por lo que continuará la investigación.

La Sala Plena del Consejo de Estado revocó la decisión de primera instancia que había suspendido el proceso de pérdida de investidura contra el presidente Gustavo Petro y concluyó que sí tiene competencia para investigarlo por hechos ocurridos durante su periodo como senador de la República.
El alto tribunal precisó que el fuero presidencial no impide que el mandatario responda ante un juez natural por actuaciones previas a su llegada a la Casa de Nariño. En ese sentido, aclaró que el proceso no se dirige contra el jefe de Estado en ejercicio, sino contra el excongresista.
Las trabas en el proceso
La demanda fue presentada por el ciudadano Joan Sebastián Moreno Hernández, quien señaló que Petro habría incurrido en ausencias injustificadas a 17 sesiones plenarias del Senado entre el 28 de agosto de 2018 y el 27 de abril de 2022, además de otras ocho faltas durante la legislatura comprendida entre el 20 de julio de 2018 y el 20 de junio de 2019, estas inasistencias podrían configurar la causal de pérdida de investidura contemplada en el numeral 2 del artículo 183 de la Constitución Política.
En su defensa, el presidente argumentó que las ausencias estuvieron justificadas por motivos de salud y respaldadas por actos administrativos emitidos por la mesa directiva del Senado.
Inicialmente, el 21 de septiembre de 2022, la Sala 14 Especial de Decisión de Pérdida de Investidura se declaró incompetente para continuar con el proceso, al considerar que un eventual fallo podría afectar el ejercicio del cargo presidencial, protegido su nombramiento.
No obstante, tras la apelación del demandante, la Sala Plena corrigió esa interpretación. Señalando que suspender el proceso por la investidura actual del mandatario desconoce la Constitución y limita el control ciudadano sobre los servidores públicos.
¿Qué viene en la investigación?
El Consejo de Estado también enfatizó que este procedimiento tiene un alcance específico, definir si se pierde o no la investidura como congresista y, no equivale a un proceso penal o disciplinario contra el actual presidente, los cuales sí están sujetos a otras reglas y garantías.
Asi mismo, indicó que las eventuales consecuencias de un fallo colateral, como posibles inhabilidades, no son motivo suficiente para detener la investigación en esta etapa. Ese análisis, explicó, deberá realizarse en el momento de dictar sentencia, lo que puede llevar un tiempo.
Con esta decisión, el proceso se reactiva y continuará su curso en primera instancia, donde se evaluarán las pruebas para determinar si Gustavo Petro incurrió o no en ausencias injustificadas durante su labor legislativa.
*Con información de Colprensa