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4 de septiembre de 2025 - 3:46 p. m.
Actualizado - 5 de septiembre de 2025 - 4:22 p. m.

No Más Olé: Corte Constitucional deja en firme ley antitaurina y prohíbe otras actividades

No solo se prohíben las corridas de toros en Colombia, también quedan prohibidas actividades sobre los toros coleados, corralejas y peleas de gallos.
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Corte Constitucional declara exequible la Ley que prohíbe corridas de toros en Colombia. - Crédito: Colprensa.

¡No Más Olé! La Corte Constitucional confirmó que en Colombia no habrá más corridas de toros; sin embargo, el alto tribunal fue más allá e incluyó la prohibición, de las actividades sobre los toros coleados, las corralejas y las peleas de gallos.

La Sala Plena de la Corte Constitucional, con ponencia del magistrado Miguel Polo Rosero, declaró ajustada a la Constitución la Ley 2385 de 2024, por medio de la cual se dispuso una transformación cultural mediante la prohibición de las corridas de toros, rejoneo, novilladas, becerradas y tientas.

“Declarar exequibles los artículos 4 y 5 de la Ley 2385 de 2024, “por medio de la cual se aporta a una transformación cultural mediante la prohibición de toros, rejoneo, novilladas, becerradas, y tientas, así como de los procedimientos utilizados en estos espectáculos, que socavan la integridad de formas de vida no humana”, señaló la Corte en un comunicado.

Además, incluyó dentro de esta misma prohibición a las actividades sobre los toros coleados, las corralejas y las peleas de gallos

En términos generales declaró exequible la Ley “por medio de la cual se aporta a una transformación cultural mediante la prohibición de toros, rejoneo, novilladas, becerradas, y tientas, así como de los procedimientos utilizados en estos espectáculos que socavan la integridad de formas de vida no humana”,

Lo anterior por la evaluación que se hizo a la protección de la diversidad cultural y al patrimonio cultural de la Nación, así como al libre desarrollo de la personalidad y la libertad de expresión. Adicionalmente, a los derechos adquiridos y a la propiedad privada de quienes se dedican a las actividades contempladas en esta ley.

Lo más llamó la atención de la decisión adoptada por la Corte Constitucional fue la adición de otras actividades que no estaban incluidas en la norma.

“Por tanto, quedarán excluidas de la prohibición las actividades sobre los toros coleados, las carralejas y las peleas de gallos”, señaló la Corte.

Indicó que lo anterior está contenido en el parágrafo 4 del artículo 3 de la Ley 2385 de 2024 y en consecuencia se tendrá que diferir “los efectos de la inexequibilidad declarada en este numeral, por el término de tres años a partir de la presente decisión, con el fin de que se inicien los procesos de reconversión laboral y cultural correspondientes a estas actividades”.

Gobierno y defensores de causas animalistas celebran la decisión

El presidente Gustavo Petro dijo que los objetivos del movimiento animalista se juntaron con sus propósitos personales, entre otros, que el amor a la vida no se construía a través de matar animales con sevicia y por diversión.

"Las bandera animalista se transformó en parte del movimiento progresista, y ahora con Esmeralda y Andrea y muchas y muchos más, se logra, por fin y a pesar de las posiciones en principio contrarias de la Corte Constitucional, su erradicación definitiva en todo el país", sostuvo el mandatario quien además felicitó a la Corte por la decisión.

Alejandro García, representante a la Cámara y coautor de la norma, celebró la decisión e indicó que fue un respaldo de la Corte Constitucional, porque se trató de una demanda injusta por personas que no quieren que el país avance.

“Quieren conservarnos (los demandantes) en esos ocho países del mundo que aún permiten matar un animal como una forma de entretenimiento. Celebramos porque todo el trabajo que hicimos, que fue tan difícil en Cámara superando cuórum, superando recusaciones infundadas y sacando adelante en el número 15 un proyecto que se había hundido 14 veces es hoy ley de la República”, señaló García.

Juan Carlos Lozada, representante a la Cámara por Bogotá, también destacó la decisión porque no solo prohíbe las corridas de toros en Colombia, sino otras actividades que son crueles con los animales.

“Se prohibió los otros espectáculos culturales con animales, con una transición, lo que quiere decir que nuestra ley que prohíbe las corridas de toros es la causa por la cual hoy quedan prohibidos en Colombia los espectáculos que violentan a los animales como las peleas de gallos, el cole y las corralejas”, indicó Lozada.

Luis Domingo Gómez Maldonado, abogado y animalista, indicó que la fue acertada la decisión de la Corte Constitucional de declarar ajustada la Ley 2385 de 2024 que propone un cambio cultural en la práctica de la tauromaquia.

“Lo novedoso no es que deje en firme la ley, es que retira incluso del ordenamiento jurídico la habilitación que había para corralejas, peleas de gallos y por supuesto el coleo (…) esta decisión deja sin efecto el artículo séptimo de la 84 de 1989 que permitía actos de crueldad en algunas actividades denominadas culturales”, sostuvo el abogado.

Andrea Padilla, senadora y defensora de las causas por los animales en Colombia dijo que se contribuyó en la defensa de la Ley mediante una intervención en la que se atacó los argumentos de los “promotores de la barbarie”.

Hoy es un día para reconocer la lucha de miles de personas en Colombia y en el mundo. Falta un larguísimo camino por recorrer, pero este espaldarazo de la Corte Constitucional nos da un impulso invaluable en un acto de coherencia”, señaló la congresista.   

Añadió que se va a retirar en las próximas horas el proyecto de ley de corralejas, porque hoy quedó escrita su desaparición a partir del 2027 con la decisión de la Corte Constitucional y que se persistirá en la lucha contra las cabalgatas.

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