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Congresista Wilmer Carrillo condenado por corrupción, ¿qué pasará con su curul?

La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia lo condenó por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales.

El congresista fue condenado por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos. - Crédito: Colprensa.
Iván Mauricio Beltrán Acuña
Iván Mauricio Beltrán Acuña Periodista
05 MAY 2026 - 03:06Actualizado: 05 MAY 2026 - 03:06

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Las investigaciones contra el representante a la Cámara por el departamento de Norte de Santander en la Corte Suprema de Justicia empezaron a tener consecuencias penales en su contra. La Sala Especial de Primera Instancia lo condenó por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales.

La investigación en contra de Wilmer Ramiro Carrillo Mendoza, tiene que ver cuando se desempeñó como secretario de infraestructura del departamento de Norte de Santander, durante la administración del hoy gobernador William Villamizar, quien ha sido uno de sus principales aliados políticos.

La Corte le impuso una pena de 99 meses más 1 día de prisión, es decir 8 años, 4 meses y 1 día; multa de 129 SMLMV para la época de los hechos e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 104 meses más 19 días.

Así mismo, la Sala le negó la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria. No obstante, la decisión es objeto de una segunda instancia ante la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia.

Los hechos de la condena

El proceso penal tiene relación con el Convenio de Asociación 00177 de 24 de junio de 2011, por valor de $1.465.416.134, “cuyo objeto fue la ejecución de obras para la reconstrucción del acceso y protección de la estructura del puente de Puerto León, ubicado sobre el río Zulia en la vía Agualasal–Puerto León–Puerto Santander, que comunica a esa región con la ciudad de Cúcuta”, según la Corte.

Al congresista se le cuestionó que los diseños y estudios técnicos fueron realizados por la firma que luego resultó favorecida como contratista, es decir, un contrato “tipo sastre”, hecho a la medida del contratista.

Además, la obra se contrató a través de un convenio de asociación, cuando esta modalidad no es permitida para la ejecución de obras conforme a la Ley 80 de 1993 de contratación pública, y también porque la firma contratista era una entidad sin la capacidad técnica requerida para realizar la obra.

Estuvo siempre en capacidad de comprender la ilicitud del proceso contractual que se adelantaba sin el cumplimiento de sus requisitos legales, a tal punto que la ajenidad que pretende demostrar ante los hechos, se evidencia como un ardid para eludir su responsabilidad en el actuar atípico y antijurídico que sabía que se configuraba con el cúmulo de irregularidades que presentaba la contratación, y no obstante ese conocimiento, en lugar de ajustar su comportamiento a derecho, voluntariamente optó por consumarlos con las consecuencias de que da cuenta la actuación”, dijo la Sala.

El exsecretario de infraestructura fue absuelto del delito de peculado por apropiación agravado en concurso.

La suerte de su curul

El representante a la Cámara Wilmer Carrillo, al igual que el senador Ciro Ramírez, fue condenado por la Sala Especial de Primera Instancia, y al tener el recurso de reposición y de apelación su condena no está en firme y en consecuencia podrá terminar su periodo legislativo 2022-2026.

Para el periodo 2026-2030, Carrillo fue elegido senador de la República, y mientras la Sala de Casación Penal no se pronuncie podrá posesionarse el próximo 20 de julio, es decir, mientras no sea condenado en segunda instancia podrá continuar con su presunción de inocencia.

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