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Atención | Juez ordena que vuelvan las piezas al Museo Nacional: detalles de la decisión

Un juzgado de familia amparó los derechos de varias personas y puso un plazo de 48 horas para que las piezas vuelvan al Museo Nacional.

Las piezas que generaron polémica deberán volver al Museo Nacional. - Crédito: Colprensa.
Katherine Vega
Katherine VegaPeriodista
29 OCT 2026 - 01:31Actualizado: 29 OCT 2026 - 02:15

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Un juzgado 24 de familia obliga al Gobierno Nacional a que las piezas que se retiraron se regresen al Museo Nacional. Se tiene que hacer en un plazo de 48 horas, según la sentencia que se emitió.

"Ordenar al Ministerio de las Culturas y al Museo Nacional de Colombia que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta providencia, restituyan a sus respectivos espacios de exhibición la totalidad de las piezas retiradas el 15 de octubre de 2026", se lee.

La restitución de las piezas, se lee, debe darse "garantizando las condiciones técnicas necesarias para su adecuada conservación, lo que deberá mantenerse mientras las entidades adelantan la evaluación técnica y curatorial correspondiente".

La evaluación se debe hacer incluyendo al Comité de Gestión Patrimonial del Museo Nacional de Colombia y conforme a los criterios de evaluación de protección de la memoria histórica, enfoque diferencial y género, pluralismo, igualdad y prohibición de censura.

¿Quiénes pusieron la tutela que generó la decisión sobre el Museo Nacional?

Entre los accionantes está Jorge Virviescas, Kevyn Muñoz y el representante del Pacto Histórico Gabriel Becerra. Sin embargo, se acumularon los expedientes de varias personas más que también manifestaron la vulneración de sus derechos.

"El fallo protege los derechos fundamentales a la libertad de expresión, a la cultura, a la educación, a la memoria histórica y ordena restituir en un plazo de 48 horas a Abelardo De La Espriella, las piezas que fueron retiradas", dijo el congresista Becerra.

"Es una victoria a la memoria de Bernardo Jaramillo, de Carlos Pizarro, del movimiento LGBT, de la juventud que luchó por la Constitución de 1991. Ningún gobierno puede imponer su versión de la historia", agregó.

(Le puede interesar: Estas son las piezas que quitaron del Museo Nacional: en redes las están reviviendo)

¿Qué dice la sentencia sobre los museos y el Museo Nacional?

El juzgado cita la Corte Constitucional, habla de la libertad de expresión y de la necesidad de que las personas tengan información de todas las vertientes, lo que aplica también para los museos.

"Los museos constituyen espacios de acceso a la cultura y de encuentro con distintas manifestaciones artísticas, sin que la exhibición de una obra implique imponer sus ideas al público. Por ello, la intervención de las autoridades sobre las expresiones allí expuestas debe respetar la libertad artística, el pluralismo y la autonomía de quienes las reciben", se lee.

El juez señala que la jurisprudencia ha determinado que un museo "no tiene la fuerza vinculante para imponer un dogma, un pensamiento o una corriente ideológica, ni obliga al ciudadano a sumarse a pensamientos o creencia alguna", y tiene protección reforzada.

El museo actúa como un foro neutral de acceso a la cultura donde el Estado debe mantener su imparcialidad, garantizando el derecho implícito a la irreverencia de los artistas frente a los intentos de veto moral de las mayorías o de las autoridades de turno.

¿Qué dijo el juez sobre la decisión del Gobierno de retirar las piezas?

Al entrar al caso concreto, el juez señala que llama la atención que el Gobierno Nacional decidiera retirar las piezas argumentando razones políticas e históricas, cuando deben actuar con imparcialidad.

"Pues, aunque las autoridades pueden expresar desacuerdo con las piezas históricas presentes en una exposición, dicha facultad no les habilita, por sí sola, para restringir su exhibición con fundamento exclusivo en el rechazo a las ideas que representan, máxime, cuando la neutralidad estatal frente a las expresiones artísticas y culturales exige distinguir entre una modificación museográfica sustentada en criterios institucionales y una intervención encaminada a excluir determinados episodios históricos, representaciones culturales o luchas políticas del conocimiento público", se lee.

Para el juzgado, el retiro de las piezas sí constituyó una "restricción injustificada de la libertad de expresión", al tratarse de una decisión sustentada en el desacuerdo de una autoridad "con determinadas expresiones, culturas y representaciones de la historia nacional, circunstancia que además resulta incompatible con el deber estatal de respetar el pluralismo cultural y la libre circulación de ideas".

Así, se ordena entonces la restitución de las piezas que se retiraron que también hacen referencia a temas del acuerdo de paz y de los derechos de las mujeres, sin que implique necesariamente que se mantengan para siempre. El juzgado señala que se pueden retirar, siempre que haya sustento técnico y un desacuerdo con lo algún sector de la historia.

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