Periodista Digital

En la noche del 31 de octubre de 2025, Jaime Esteban Moreno, estudiante de la Universidad de los Andes, perdió la vida luego de ser brutalmente golpeado en la localidad de Barrios Unidos, sobre la carrera 15 con calle 64, tras una fiesta de Halloween.
En el lugar de lo hecho fue capturado Juan Esteban Suárez, el primer sospechoso, junto a dos mujeres. El hombre espera su destino en la audiencia programada para este 12 de noviembre. Sin embargo, con el tiempo se conoció que existía otro supuesto atacante, un hombre con disfraz de conejo identificado como Ricardo González, quien se vio en los videos atacar a Jaime Moreno por la espalda.
Hasta hace pocas horas, se pensaba que el joven de 22 años, nacido en Cartagena, se encontraba prófugo de la justicia, pues se le vio correr por el sector de San Victorino al enterarse de la muerte del estudiante. Aun así, este 10 de noviembre se entregó a la Fiscalía en su ciudad natal, acompañado de su abogada.
A partir de, aproximadamente, las 4:00 p. m. , inició la audiencia para la legalización de su captura, en la cual se darán detalles de los ocurrido esa noche de brujas.
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Minuto a minuto de la audiencia
Ricardo González no aceptó los cargos imputados por la fiscal.
La juez le notifica a Ricardo González que se convierte en "imputado" y pasa a ser "presunto autor" por la presunción de inocencia.
La fiscal ratifica los cargos imputados a Ricardo González, alegando que: a.) el ataque por la espalda buscó poner en estado de indefensión a la víctima, que no esperaba un ataque de tal magnitud; b.) en el bar, testigos escucharon a González y Suárez hablar de "acabar" con Jaime Esteban, lo que determina coparticipación criminal; y c.) no se ha confirmado que haya habido abuso sexual y, en caso de confirmarse, se debió haber elevado la situación a las autoridades y no tomar "justicia por mano propia."
La defensa de Ricardo González expone sus argumentos y pide a la fiscal especificar situaciones que aseguró en la imputación de cargos como: indefensión con una patada por la espalda, coparticipación criminal y el supuesto abuso sexual que cometió Jaime Moreno y que conllevó al ataque de González y Suárez.
La fiscal modifica la imputación de cargos, basándose en el artículo 58, numeral 2, 5 y 10. Explica que Ricardo González cometió el ataque justificado en "hacer justicia por mano propia", luego de una situación en el bar; puso a la víctima en estado de indefensión; y participó como coautor.
El abogado de la víctimas considera que hubo "ocultamiento", al realizar el ataque durante la noche y por la espalda, y al estar disfrazado. Además, segura que Jaime Estaban Moreno estaba en una situación de indefensión, incluso antes de recibir el ataque.
La fiscal narra los hechos por los que es imputado Ricardo González:
"En inmediaciones de la calle 64 con carrera 15 de esta ciudad (Bogotá), usted, Ricardo Rafael González, y Juan Carlos Suárez, de común acuerdo, abordaron nuevamente a Jaime Esteban, alentados por una tercera persona de sexo femenino. En desarrollo de ese acuerdo concomitante, Juan Carlos Suárez lo golpeó nuevamente, causándole otra caída al suelo.
Jaime Esteban logró ponerse de pie, pero, en ese momento, usted, Ricardo Rafael González, le propinó una patada en la espalda de tal fuerza que lo dejó tendido en el suelo, sin poderse levantar nuevamente. Aprovechando la situación de indefensión en que lo habrían colocado, ambos continuaron golpeándolo, dirigiendo patadas principalmente a la cabeza y el tórax, agresión que se mantuvo pese a que Jaime Esteban presentaba un evidente sangrado abundante por nariz, ojos y boca, y signos de ahogo con su propia sangre.
Como resultado directo de esta agresión conjunta, Jaime Esteban Moreno Jaramillo sufrió múltiples fracturas en el cráneo que desencadenaron en su muerte ese mismo día. Usted, señor Ricardo Rafael González, era consciente de que existió ese acuerdo voluntario con Juan Carlos Suárez, en medio del cual ambos desplegaron acciones idóneas para causar la muerte de Jaime Esteban, al propinar múltiples golpes dirigidos a una zona vital del cuerpo humano, como es la cabeza. Golpes idóneos para causar su muerte, como en efecto sucedió, y a pesar de su conciencia de esa situación, quiso hacerlo.
Con esta acción, vulneraron el bien jurídico tutelado de la vida, sin que para ello existiera alguna justificación legítima. Para el momento de los hechos, usted contaba con plena capacidad para comprender la ilicitud de su conducta. Usted sabía que golpear a una persona de manera contundente, en estado de indefensión, y además dirigir los golpes hacia una zona vital como la cabeza, con el fin de causar la muerte, constituye un comportamiento contrario a derecho y era exigible que no lo hiciera.
Por estos hechos, la Fiscalía le imputa, como coautor en modalidad dolosa, el delito de homicidio agravado, consagrado en los artículos 103 y 104 del Código Penal. En el artículo 104, numeral séptimo, es decir, colocando a la víctima en situación de indefensión. En este caso, la pena a imponer es de 400 a 600 meses de prisión, igualmente con circunstancia de menor punibilidad del numeral primero del artículo 52 del Código Penal; es decir, la carencia de antecedentes penales, y del numeral décimo del artículo 58 del Código Penal, por obrar en coparticipación criminal."
La jueza confirma la legalización de captura de Ricardo González y la fiscal se dispone a leer los cargos imputados.
La jueza habla de "homicidio agravado en calidad de coautor". Confirma que el capturado tiene lesiones en las manos y los brazos, que habrían sido causadas en el momento del ataque a Jaime Esteban Moreno.
La abogada de Ricardo González no se opone a la legalización de la captura. Detalla que su defendido se entregó a las 7:10 a. m. y fue llevado a la sede de la Fiscalía ubicada en Crespo. Confirma que no hubo maltrato físico por parte de los funcionarios del CTI.
La fiscal confirma que la persona identificada como Ricardo Rafael González Castro se entregó pasadas las 7:00 a. m. en las instalaciones del CTI en la ciudad de Cartagena. Se confirmó que tenía una orden de captura en su contra y se llevó a cabo su captura.
La jueza instaura el inicio de la audiencia de legalización de captura de Ricardo González.
La jueza ratifica el poder del abogado de las víctimas para tomar las decisiones correspondientes sobre las decisiones del caso, y actuar en nombre del hermano de Jaime Esteban Moreno.
El abogado de Ricardo González pide a la jueza 3 minutos para llevar al joven el baño.
La jueza reconoce la personería de los abogados para la representación, tanto de las víctimas, como de Ricardo González. Da un receso de 5 minutos.
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