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Revés judicial: Corte Suprema deja sin efecto medida contra Abelardo de la Espriella

Corte Suprema suspende medida que le impedía a Abelardo de la Espriella usar la bandera de Colombia y las frases insignia de su campaña.

Corte Suprema frena restricción contra Abelardo de la Espriella por uso de símbolos. - Crédito: Colprensa
Vannesa Ruiz
Vannesa Ruiz Periodista
12 JUN 2026 - 17:15Actualizado: 12 JUN 2026 - 17:46

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La Corte Suprema anunció la suspensión de la decisión que le prohibió al candidato a la Presidencia Abelardo de la Espriella usar la bandera de Colombia y otros símbolos patrios, además de frases como: “firmes por la patria” y “defensores de la patria”.

La decisión, advierte que el aspirante presidencial podrá continuar su campaña con normalidad, así como seguir usando las banderas de Colombia, la camiseta de la selección Colombia y sus famosas frases de campaña. También tumba los argumentos que planteó el Tribunal Superior de Bogotá para establecer las prohibiciones en primera instancia.

Según se lee en el documento, un juez de tutela carece de competencia para ordenar la suspensión o el retiro de una campaña política, pues es una función que corresponde únicamente al Consejo Nacional Electoral (CNE), organismo que ya había aprobado y registrado oficialmente los logos y el eslogan de la campaña de Abelardo de la Espriella desde el inicio de la carrera presidencial.

Además de resaltar que el auto emitido el 9 de junio de 2026 llegó a vulnerar el principio de legalidad.

“El Consejo Nacional Electoral como suprema autoridad administrativa para la inspección, vigilancia y control de la organización electoral, de acuerdo con lo expresamente establecido en el artículo 265 de la Constitución Política, emitió la Resolución 09098 de 29 de septiembre de 2025, a través de la cual, aprobó y registró formalmente el logo-símbolo «Defensores de la Patria » al advertir que no incurría en las prohibiciones contempladas las Leyes 130 de 1994 y 1475 de 2011”, indica el documento.

Además de advertir que la medida provisional censurada recae y afecta exclusivamente la propaganda y publicidad de uno de los dos candidatos, situación que desequilibra la equidad entre los dos aspirantes de cara a los lectores.

A tan solo nueve días para las elecciones presidenciales, la Corte resaltó la importancia de “proteger la garantía del actor respecto del equilibrio de la publicidad de los candidatos presidenciales a vísperas de las elecciones, en aras de mantener la equidad en la contienda política”.

¿Y la camiseta de Colombia?

Hace tan solo unos días, el Juzgado 62 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá revocó una medida provisional que había restringido el uso de la camiseta de la Selección Colombia en el contexto de la campaña presidencial del abogado y candidato Abelardo de la Espriella, al considerar que la decisión inicial presentaba problemas de motivación, proporcionalidad y claridad en su alcance.

La determinación judicial se produce en medio de una acción de tutela interpuesta por el ciudadano Juan Carlos Núñez Pérez, quien solicitaba ser vinculado como tercero con interés legítimo dentro del proceso constitucional que originó la medida inicial. El caso ha generado debate jurídico y político por su impacto en la libertad de expresión, la participación política y el uso de símbolos nacionales en escenarios electorales.

Desde el primer momento, el accionante argumentó que la restricción afectaba derechos fundamentales como el debido proceso, la libertad de expresión y el acceso a la administración de justicia, al impedir su participación dentro del expediente donde se discutía la medida cautelar.

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