Si usted compró licor en los últimos meses, le podrían devolver parte del dinero
La decisión de la Corte obliga a la DIAN a diseñar un mecanismo en tiempo récord y su bolsillo se vería beneficiado por algunas compras.

La decisión de la Corte Constitucional de Colombia de tumbar la emergencia económica decretada a finales de 2025 no solo dejó sin piso varios impuestos, sino que también abrió un escenario inédito en el país como el devolver recursos a quienes pagaron gravámenes como el IVA del 19% en licores y el impuesto al consumo del mismo porcentaje.
La orden obliga a la DIAN a estructurar un mecanismo en cerca de 30 días, en medio de una arquitectura tributaria que no está diseñada para devolver masivamente impuestos indirectos.
Una de las primeras en reaccionar a esta decisión fue Dilian Francisca Toro, gobernadora del Valle del Cauca, quien dijo que "los gobernadores dijimos muy claramente que era inconstitucional. Los recursos no son del Gobierno nacional, sino que deben ser cedidos a los departamentos de acuerdo a la Constitución y por una emergencia económica no se pueden tumbar".
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El debate se centra en cómo funcionan estos tributos, pues no es un tema menor ni técnico aislado ya que define quién tiene derecho a reclamar. En los impuestos indirectos hay dos sujetos pasivos, uno jurídico, que es quien recauda, y uno económico, que es quien realmente paga y con la decisión de la Corta esa diferencia es clave para entender por qué la devolución no puede quedarse en los comercios.
Minuto60 consultó a Rafael Vanegas, CEO Numo group y analista financiero, sobre este panorama. El experto dijo que "entre finales de 2025 y comienzos de 2026, productos como aguardiente, ron, vino y whisky registraron aumentos significativos en sus precios debido a una decisión tributaria que modificó tanto el IVA como el Impuesto al Consumo. Este cambio no fue menor, ya que implicó que una misma botella pudiera costar entre $8.000 y $10.000 pesos más en cuestión de días, evidenciando cómo una medida fiscal puede trasladarse de forma inmediata al consumidor final".
¿Quién tiene derecho a reclamar ese dinero?
Cada vez que un colombiano compró una botella de licor durante la vigencia del impuesto (enero de 2026), asumió directamente el IVA. El establecimiento simplemente lo trasladó al Estado. “Usted va a un comercio, paga el valor de la botella más el IVA, y ese dinero luego es girado a la DIAN. Quien realmente pagó ese impuesto fue el consumidor”, explicó Christian Junot, exsubsidrector de fiscalización de la DIAN, a Minuto60.
A partir de ahí, la Corte fijó una línea que abre la puerta a la devolución, pero con reglas claras. En pocas palabras ese dinero se debe devolver a aquel contribuyente que acredite su pago, pero no basta con haber comprado, sino que hay que demostrarlo.
Ese punto es el que convierte la discusión en un reto práctico para la DIAN y para quienes deseen tener ese dinero de vuelte, pues la DIAN necesita identificar quién pagó en millones de transacciones, algo que solo es posible en ciertos casos. “La única forma de detectar quién compró y pagó ese impuesto es a través de la facturación electrónica”, advierte el analista, lo que limita el alcance real de la devolución.
Es decir, si no hay factura, es muy complicado para la DIAN devolver estos impuestos indirectos, dejando claro que muchos ciudadanos podrían quedar por fuera simplemente por no haber solicitado ese documento al momento de la compra.
Un ejemplo con cifras: lo que podría recuperar un consumidor
Una botella de aguardiente de 750 ml con un precio base de $30.000 pasó de costar alrededor de $47.700 antes del decreto, incluyendo un impuesto al consumo cercano a $15.500 y un IVA del 5 %, a cerca de $56.000 durante su vigencia, lo que representó un aumento de entre $8.000 y $9.000 por unidad.
Algo similar ocurrió con el ron: una botella con precio base de $40.000, que antes se vendía aproximadamente en $63.000, alcanzó los $74.000 tras el incremento simultáneo del IVA al 19% y del impuesto al consumo. Estos casos reflejan con claridad cómo una decisión tributaria, incluso de corta duración, puede trasladarse de forma directa e inmediata al precio que paga el consumidor final.
Ese dinero, aunque parece pequeño en una compra individual, se vuelve significativo si se mira en conjunto. Durante la vigencia de la emergencia económica, el recaudo total superó los $1,63 billones, mientras que solo por IVA a importaciones de licor se generaron cerca de $1.200 millones.
La DIAN no solo debe diseñar el mecanismo, también tiene que reconstruir una cadena compleja de transacciones en todo el país, pues ese IVA estaba en manos de los intermediarios, pero no pueden quedarse con ese dinero porque es de los ciudadanos que fueron los que realmente lo pagaron.
#Judicial | Corte Constitucional tumbó la emergencia económica en Colombia y ordenó al Estado devolver recursos recaudados. Son cerca de $25.000 millones que deberán regresar a los contribuyentes. pic.twitter.com/4us8Fih6Cb
— Minuto60 (@minuto60com) April 15, 2026
Ahí aparece la mayor dificultad. “Identificar toda esa cadena económica y devolver esos recursos en un plazo tan corto pone a la DIAN en una misión casi imposible”, se advierte, reflejando la dimensión del reto institucional.
“Este escenario deja una conclusión clara y poco equitativa: las empresas tienen mayores probabilidades de recuperar los recursos pagados durante ese mes, mientras que muchos consumidores finales probablemente no lo lograrán. No porque no tengan el derecho, sino porque no cuentan con los medios para probarlo. Es un caso donde la justicia tributaria existe en el papel, pero enfrenta serias limitaciones en su aplicación práctica", dijo Valencia.
Es claro resaltar que hay una posibilidad real, pero condicionada para que esta devolución sea efectiva y en esa misma línea, el análisis coincide en que el éxito dependerá de la trazabilidad.
Ahora, la DIAN deberá emitir en los próximos días el procedimiento oficial, que probablemente estará basado en solicitudes individuales soportadas con factura electrónica.
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