Análisis | ¿Por qué es histórico, pero "imposible", devolver dineros de emergencia económica?
Minuto60 consultó con analistas la decisión sobre dineros de emergencia económica: lo bueno, lo malo y lo difícil en todo el proceso.

La decisión de la Corte Constitucional de Colombia sobre tumbar la emergencia económica que anunció Gustavo Petro y el ordenar devolver el dinero recaudado a los contribuyentes, abrió una puerta inédita en Colombia. No solo tumbó el decreto, también dejó sobre la mesa una pregunta incómoda ¿se puede devolver la plata que ya pagaron los ciudadanos?
La discusión no es menor, y de hecho es histórica, porque lo que está en juego no es solo un fallo jurídico, es la capacidad real del Estado de responderle a millones de contribuyentes que, en teoría, pagaron impuestos sin sustento legal.
¿Por qué es histórico devolver impuestos de la emergencia económica?
La Corte tomó una decisión poco habitual y no se limitó a frenar la norma hacia el futuro, sino que le dio un efecto retroactivo. En términos simples, declaró que esos impuestos nunca debieron existir.
“Es histórico y tiene un efecto muy importante, primero porque le manda un mensaje al Gobierno en donde no puede emitir impuestos bajo una emergencia económica cuando no hay un estado de excepción”, explicó Christian Junot Quiñónez, exsubdirector de Fiscalización, consultado por Minuto60.
El concepto clave es el efecto ex tunc, “la norma es inválida desde su nacimiento, no solo hacia el futuro, sino desde su nacimiento”.
Eso significa que todo lo que se cobró bajo ese decreto queda nulo. El IVA del 19% a licores, los impuestos a juegos de suerte y azar, los cobros a importaciones de bajo valor que muchos sintieron en compras de fin de año y hasta el 1% sobre la extracción de hidrocarburos y carbón.
¿Por qué es casi imposible devolver ese dinero?
Ahí es donde la realidad aterriza el fallo porque la DIAN tiene 30 días para definir cómo hará esas devoluciones y eso, en la práctica, es un reto enorme. “Lo más importante acá es que le ordena a la DIAN devolver en 30 días, algo casi imposible”, advirtió Lisandro Junco, exdirector de la entidad.
El problema está en el tipo de impuestos, pues los directos son relativamente fáciles de rastrear. Se sabe quién pagó, cuánto pagó y cuándo lo hizo, pero los indirectos, como el IVA, son otra historia.
“Hay impuestos directos que uno puede identificar claramente quiénes son, cuándo fue y cómo fue. Acá hay unos impuestos indirectos como el IVA, los tributos al consumo, el impuesto al consumo en licores, en cigarrillo y en otros bienes”, explicó el experto consultado por este medio de comunicación.
Y ahí aparece el gran vacío, pues cuando alguien compra algo, si no pide factura electrónica, pues es muy difícil devolver.
Frente al IVA de juegos de suerte y azar, de licores y de otros bienes, va a ser muy difícil, muy complejo devolver.
Lisandro Junco, exdirector de la DIAN
Además, es necesario tener claro que este desafío es técnico y masivo, por lo que la DIAN tendría que reconstruir miles de operaciones para identificar quién realmente soportó el impuesto.
“Es muy difícil para la DIAN devolver un impuesto indirecto como el IVA porque le va a exigir en 30 días reconstruir una cadena económica”, dijo Junco.

Foto: DIAN
El mensaje de fondo que deja la Corte
Más allá de la devolución, la decisión tiene un peso político y jurídico fuerte ya que Lla Corte le puso un límite claro al Gobierno. “Le manda un mensaje al Estado de Derecho en donde cuando se cobre sin fundamento jurídico hay que devolver”, señaló Junco.
También deja una advertencia directa sobre el uso de las emergencias económicas como herramienta para recaudar, tal como la hecho el Gobierno de Gustavo Petro. Junco advierte que esto lo que indica es que “debe dejar de estar utilizando los estados de emergencia para crear este tipo de recaudos”.
“Es bueno para el país, pero es muy difícil para la DIAN ahora generar estas devoluciones y los ponen en aprietos”, concluyen los analistas.
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