Impuesto predial: fecha máxima del pago con descuento para que no lo coja la noche
El impuesto predial en Colombia se puede pagar con descuentos: le explicamos cómo y hasta cuándo.

El impuesto predial entra en días relevante pues varias ciudades ya tienen en marcha sus calendarios tributarios y miles de contribuyentes están atentos a los descuentos por pronto pago, una oportunidad que puede representar un ahorro importante en medio de un año exigente para las finanzas de los hogares.
El panorama no es igual en todo el país, cada ciudad maneja sus propias fechas, beneficios y condiciones, lo que obliga a los ciudadanos a estar informados para no perder ventajas que, en algunos casos, superan el 10 % del valor total del impuesto.
En Bogotá, por ejemplo, el plazo para pagar el impuesto predial en Colombia con descuento del 10 % vence el 17 de abril de 2026, mientras que quienes no logren acceder a este beneficio podrán pagar sin recargos hasta el 10 de julio, una fecha que marca el límite antes de que empiecen a correr intereses.
Ciudades con descuentos y plazos distintos para el impuesto predial en Colombia
En Cali los contribuyentes que estén al día y paguen en una sola cuota tienen hasta el 30 de abril para obtener un descuento del 15 %, uno de los más altos entre las principales capitales.
Mientas que en Medellín el calendario avanza por zonas, en sectores como El Poblado la fecha límite es el 30 de abril, en Laureles se extiende hasta el 4 de mayo y en La América hasta el 5 de mayo, después de esos plazos se aplican recargos que pueden elevar el valor a pagar.
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Cartagena tiene un esquema diferente, allí los contribuyentes pueden pagar hasta el 31 de julio sin intereses moratorios, lo que da un margen más amplio, aunque desde el primero de agosto comienzan a generarse cobros adicionales. En Barranquilla, el incentivo es menor, un 5 % de descuento disponible hasta el 29 de mayo, con intereses a partir del 1 de julio.
Mientras tanto, en Bogotá existe una alternativa para quienes no pueden pagar de contado, el Sistema de Pago Alternativo por Cuotas Voluntario permite dividir el valor en cuatro cuotas iguales sin intereses, siempre que el contribuyente realice la inscripción antes del 8 de mayo de 2026.
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Las fechas de pago bajo este sistema están distribuidas a lo largo del año, la primera cuota se debe cancelar el 5 de junio, la segunda el 14 de agosto, la tercera el 2 de octubre y la última el 4 de diciembre, una opción que resulta atractiva para quienes necesitan organizar mejor su flujo de caja.
Otro punto clave es revisar si existen beneficios o exenciones que no hayan sido aplicados correctamente, así como tener claridad sobre las entidades responsables, ya que la liquidación del impuesto se discute ante la Secretaría de Hacienda, mientras que el avalúo se controvierte ante el gestor catastral.
En cuanto a los incrementos, la normativa establece límites claros, el aumento del impuesto no puede superar ciertos topes dependiendo del tipo de predio, su actualización catastral y el estrato, lo que busca evitar alzas desproporcionadas que afecten a los contribuyentes.
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