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Cuenta regresiva para el Gobierno: la Corte abre el pulso por la emergencia económica

El alto tribunal fijó plazos, pidió pruebas y abrió un análisis técnico y ciudadano que definirá la validez del decreto de emergencia.

Cuenta regresiva para el Gobierno: la Corte abre el pulso por la emergencia económica
Corte Constitucional Fot - Crédito: Colprensa
Oscar Repiso
Oscar RepisoPeriodista
15 ENE 2026 - 07:28Actualizado: 22 FEB 2026 - 02:56

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La Corte Constitucional activó el control formal del decreto con el que el Gobierno declaró el Estado de Emergencia Económica y Social, una decisión que abrió un pulso jurídico de alto impacto sobre la estrategia fiscal del Ejecutivo y el uso de facultades excepcionales previstas en la Constitución.

El alto tribunal informó a la Presidencia de la República y a los ministerios involucrados que cuentan con un plazo máximo de tres días hábiles para exponer los argumentos que, a su juicio, sustentan la constitucionalidad del Decreto Legislativo 1390 del 22 de diciembre de 2025. El término es perentorio y deja al Gobierno contra el reloj en la defensa de una medida clave para su plan de gobierno.

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Carlos Camargo, magistrado de la Corte Constitucional, lidera la revisión del decreto de emergencia económica. Colprensa

Plazo clave para el Ejecutivo

La Corte notificó formalmente el inicio del proceso y exigió al Ejecutivo justificar, de manera detallada, las razones jurídicas y fácticas que llevaron a declarar el estado de excepción. En ese mismo lapso, la Secretaría Jurídica de la Presidencia deberá certificar si se cumplió con la obligación internacional de notificar la declaratoria de emergencia a la Organización de los Estados Americanos (OEA) y a la Organización de las Naciones Unidas (ONU), tal como lo ordena la Ley 137 de 1994.

El cumplimiento de este requisito es considerado indispensable, pues su omisión podría generar vicios de procedimiento que comprometan la validez del decreto antes incluso de que se aborde el análisis de fondo.

El decreto, bajo examen

La Corte asumió formalmente el conocimiento del decreto, expedido en plena vacancia judicial, mediante el cual el Gobierno declaró la emergencia económica en todo el territorio nacional. Con ello, se activó un trámite que incluye la práctica de pruebas, la solicitud de conceptos técnicos y la apertura del debate ciudadano sobre la constitucionalidad de la medida.

El auto que dio inicio al proceso fue suscrito por el magistrado Carlos Camargo, quien ordenó revisar tanto los aspectos formales como los sustanciales del decreto. En ese contexto, solicitó a la Secretaría Jurídica de la Presidencia informar sobre la situación administrativa de los ministros que firmaron la norma, con el fin de verificar que se encontraban debidamente posesionados y en ejercicio de sus funciones.

Además, pidió precisar el acto administrativo de encargo de la entonces ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible, así como explicar de qué manera se cumplió el deber de motivación del decreto frente a cada una de las causas invocadas por el Gobierno.

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El alto tribunal pidió pruebas técnicas en la revisión del decreto de emergencia económica. Archivo particular

¿Emergencia o problema estructural?

Más allá de los requisitos formales, la Corte abrió el debate de fondo sobre si se cumplen los presupuestos constitucionales que habilitan la declaratoria de un estado de excepción. Para ello, solicitó conceptos a reconocidos expertos en economía, hacienda pública y derecho tributario, entre ellos Juan Carlos Echeverry, Jorge Iván González, José Antonio Ocampo, Mauricio Plazas Vega, José Manuel Restrepo y Juan Camilo Restrepo.

A estos especialistas se les pidió evaluar si el decreto satisface los criterios fáctico, valorativo y de suficiencia exigidos por la Constitución. Entre las preguntas formuladas, el tribunal planteó si las causas alegadas por el Gobierno son realmente sobrevinientes y extraordinarias o si, por el contrario, corresponden a problemas estructurales y previsibles, incluso atribuibles a decisiones u omisiones oficiales.

El alto tribunal también puso bajo la lupa la tesis según la cual la no aprobación de las leyes de financiamiento para 2025 y 2026 agravó la falta de liquidez del Estado y puso en riesgo el gasto social, la seguridad ciudadana y el cumplimiento de obligaciones fiscales y judiciales. En ese punto, advirtió sobre una posible tensión con los principios democráticos y la separación de poderes.

Asimismo, solicitó precisar por qué la actual coyuntura fiscal fue calificada como “excepcional y agudizada”, qué estudios técnicos sustentan esa afirmación y si dichos documentos fueron objeto de deliberación por parte de las autoridades competentes. La Corte también cuestionó si, cinco años después de la pandemia, el impacto económico mundial posterior al covid-19 justifica acudir a un estado de emergencia.

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El decreto del presidente Petro que declaró la emergencia económica entró en control constitucional. Archivo particular

Lo que viene en el proceso

En relación con el presupuesto de suficiencia, el tribunal pidió evaluar si el Gobierno agotó los mecanismos ordinarios disponibles y si estos resultaron insuficientes para enfrentar la situación fiscal.

En ese sentido, solicitó explicaciones sobre el recurso a la venta de bonos TES por 23 billones de pesos y la asunción de nuevas obligaciones de deuda por cerca de 152 billones, pese a que el propio Ejecutivo alegó limitaciones en materia de endeudamiento.

El trámite también incluye la intervención del Congreso de la República. La Corte solicitó al presidente del Legislativo remitir los antecedentes de la Ley 2559 de 2025, que fijó el presupuesto para 2026, y certificar si el proyecto de ley de financiamiento fue archivado.

Una vez vencido el término probatorio, el expediente será fijado en lista durante cinco días para permitir la intervención ciudadana. Posteriormente, será remitido a la Procuraduría General de la Nación para que emita su concepto.

Tras valorar las pruebas, el magistrado sustanciador decidirá sobre las solicitudes de suspensión provisional del decreto presentadas por distintos sectores, en un proceso que definirá el futuro jurídico de la emergencia económica.

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