Contrarreforma pensional: qué cambiaría en Colpensiones y qué seguiría igual
La iniciativa del Centro Democrático propone cambiar las reglas para elegir fondo, trasladar aportes y recuperar el dinero cotizado.

La contrarreforma pensional que impulsa el Centro Democrático propone que los colombianos puedan elegir entre Colpensiones y los fondos privados para administrar sus aportes, cambiar de entidad bajo nuevas condiciones y recuperar sus ahorros si llegan a la edad de pensión sin cumplir los requisitos para obtener una jubilación.
La iniciativa, liderada por la senadora Claudia Margarita Zuleta junto con los congresistas Andrés Forero y Zandra Bernal, busca modificar varios componentes de la Ley 2381 de 2024, aprobada durante el Gobierno de Gustavo Petro. El proyecto contempla tres ejes: libertad de elección, alternativas para quienes no logren pensionarse y garantías sobre la propiedad y administración de los recursos.
¿Cómo cambiaría la elección entre Colpensiones y los fondos privados?
Uno de los principales cambios consiste en permitir que los trabajadores elijan quién administra los aportes correspondientes a sus ingresos de hasta 2,3 salarios mínimos mensuales legales vigentes, en lugar de mantener la obligatoriedad de cotizar sobre ese rango en Colpensiones, como plantea el articulado divulgado.
La iniciativa también propone que los afiliados puedan trasladarse entre Colpensiones y una administradora privada cada cinco años, sin límite de edad y con doble asesoría obligatoria. Para los cambios entre fondos privados, el plazo planteado sería de seis meses.
La posibilidad de escoger también cobijaría a personas que actualmente están afiliadas a Colpensiones y no pertenecen al régimen de transición previsto en la Ley 2381 de 2024.
Quienes tengan ingresos superiores a 2,3 salarios mínimos contarían con seis meses para elegir la administradora de los aportes que excedan ese límite. Si no toman una decisión durante ese periodo, el proyecto contempla que la entidad sea asignada aleatoriamente.
¿Quiénes podrían recuperar sus ahorros si no logran pensionarse?
La segunda modificación busca darles a las personas que alcancen la edad de pensión sin cumplir los requisitos para una jubilación la posibilidad de escoger qué hacer con los recursos acumulados durante su vida laboral.

Los cambios que tendría el sistema de pensiones en Colombia.
La propuesta contempla alternativas como la devolución de saldos con sus rendimientos, la indemnización sustitutiva para quienes cotizaron en Colpensiones, una mensualidad vitalicia, una prestación anticipada, un beneficio económico periódico o una pensión familiar, según las condiciones de cada afiliado.
La senadora Claudia Margarita Zuleta explicó en una entrevista con La FM que su iniciativa busca que las personas puedan decidir entre recibir un ingreso periódico o solicitar la devolución de sus ahorros. La decisión podría tomarse al llegar a la edad de pensión: 57 años para las mujeres y 62 para los hombres, de acuerdo con lo expuesto por la congresista.
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Zuleta cuestionó el tratamiento que la reforma pensional establece para quienes no completan los requisitos de una pensión y afirmó que, bajo el régimen semicontributivo, los recursos no se devolverían ni serían heredables o sustituibles en los términos que ella critica. También sostuvo que las mesadas podrían ser inferiores a $ 500.000 en la mayoría de los casos, una estimación atribuida a los estudios y argumentos de su proyecto, no un valor garantizado para todos los beneficiarios.
¿Qué propone la contrarreforma para proteger el ahorro pensional?
El proyecto plantea que los recursos de las cuentas individuales sean considerados patrimonio autónomo de los afiliados y permanezcan separados del patrimonio de las administradoras. Con esta disposición, busca establecer una protección jurídica para el dinero acumulado por los trabajadores.
También propone que las entidades inviertan los recursos con el objetivo de obtener la mejor mesada pensional posible y reduzcan progresivamente el riesgo de las inversiones a medida que los afiliados se acerquen a la edad de retiro.

Otro componente asigna al Estado la condición de garante final del pago de las pensiones. La propuesta contempla vigilancia mediante estudios actuariales para anticipar posibles problemas de financiación y faculta al Estado para exigir responsabilidades y aplicar sanciones a las administradoras que incumplan sus obligaciones, de acuerdo con la reglamentación correspondiente.
El proyecto no plantea eliminar Colpensiones, sino mantener su participación junto con las administradoras privadas, bajo reglas diferentes para la elección y gestión de los aportes.
¿La contrarreforma busca reducir los aportes obligatorios a Colpensiones?
Zuleta explicó que su propuesta también apunta a reducir la presión fiscal asociada al régimen público. La senadora sostuvo que un umbral menor de cotización en Colpensiones podría disminuir el esfuerzo financiero del Estado, aunque reconoció que la discusión debe considerar los beneficios que algunos trabajadores esperan recibir al permanecer en el sistema público.
La congresista mencionó un rango de entre 1,5 y 1,6 salarios mínimos como un umbral que considera ideal, según estudios a los que hizo referencia. Esa cifra corresponde a su planteamiento durante la entrevista y debe distinguirse del umbral de 2,3 salarios mínimos descrito en el articulado divulgado.
Zuleta aclaró que la iniciativa actual no propone modificar la edad de pensión, las semanas de cotización ni la tasa de reemplazo. Aunque considera que esos parámetros deben discutirse en Colombia, su proyecto se concentra en las reglas de administración del ahorro y las alternativas para quienes no logren pensionarse.

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