Fechas para la declaración de renta en 2026: cronograma y calendario oficial de la DIAN
La DIAN confirmó el calendario oficial para declarar renta en 2026. Estos son los plazos y quiénes deberán cumplir la obligación.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) confirmó las fechas en las que millones de personas naturales deberán presentar la declaración de renta 2026.
Millones de personas naturales deberán presentar esta obligación tributaria correspondiente al año gravable 2025, un proceso que comenzará en agosto y se extenderá hasta finales de octubre.
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Aunque todavía faltan varias semanas para el inicio de los vencimientos, la autoridad tributaria recomendó a los contribuentes no esperar hasta el último momento para preparar la documentación y presentar la declaración, con el fin de evitar congestiones, errores o eventuales sanciones por extemporaneidad.
¿Cuándo deberá presentar la declaración de renta en 2026?
El calendario oficial establece que los vencimientos para las personas naturales iniciarán el 12 de agosto de 2026 y terminarán el 26 de octubre de 2026. La fecha exacta dependerá de los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT), sin tener en cuenta el dígito de verificación.
Los primeros contribuyentes en presentar la declaración serán aquellos cuyos NIT (o cédula) terminan en 01 y 02, mientras que los últimos corresponderán a las terminaciones 99 y 00, de acuerdo con el cronograma definido por la autoridad tributaria.
La DIAN recordó que estas fechas corresponden al plazo máximo para cumplir con la obligación, por lo que recomendó realizar el proceso con anticipación para evitar contratiempos técnicos o administrativos que puedan derivar en multas o intereses.
Fecha límite | Últimos dígitos del NIT (o cédula) |
|---|---|
12 de agosto | 01 - 02 |
13 de agosto | 03 - 04 |
14 de agosto | 05 - 06 |
18 de agosto | 07 - 08 |
19 de agosto | 09 - 10 |
20 de agosto | 11 - 12 |
21 de agosto | 13 - 14 |
24 de agosto | 15 - 16 |
25 de agosto | 17 - 18 |
26 de agosto | 19 - 20 |
27 de agosto | 21 - 22 |
28 de agosto | 23 - 24 |
31 de agosto | 25 - 26 |
1 de septiembre | 27 - 28 |
2 de septiembre | 29 - 30 |
3 de septiembre | 31 - 32 |
4 de septiembre | 33 - 34 |
7 de septiembre | 35 - 36 |
8 de septiembre | 37 - 38 |
9 de septiembre | 39 - 40 |
10 de septiembre | 41 - 42 |
11 de septiembre | 43 - 44 |
14 de septiembre | 45 - 46 |
15 de septiembre | 47 - 48 |
16 de septiembre | 49 - 50 |
17 de septiembre | 51 - 52 |
18 de septiembre | 53 - 54 |
21 de septiembre | 55 - 56 |
22 de septiembre | 57 - 58 |
23 de septiembre | 59 - 60 |
24 de septiembre | 61 - 62 |
25 de septiembre | 63 - 64 |
38 de septiembre | 65 - 66 |
1 de octubre | 67 - 68 |
2 de octubre | 69 - 70 |
5 de octubre | 71 - 72 |
6 de octubre | 73 - 74 |
7 de octubre | 75 - 76 |
8 de octubre | 77 - 78 |
9 de octubre | 79 - 80 |
13 de octubre | 81 - 82 |
14 de octubre | 83 - 84 |
15 de octubre | 85 - 86 |
16 de octubre | 87 - 88 |
19 de octubre | 89 - 90 |
20 de octubre | 91 - 92 |
21 de octubre | 93 - 94 |
22 de octubre | 95 - 96 |
23 de octubre | 97 - 98 |
26 de octubre | 99 - 00 |
¿Quiénes deberán declarar renta este año?
Según la DIAN, deberán hacerlo las personas naturales que durante 2025 hayan cumplido al menos una de las condiciones establecidas por la legislación tributaria. Entre ellas se encuentran quienes al 31 de diciembre tenían un patrimonio bruto superior a $ 224.096.000, equivalente a 4.500 UVT. También deberán declarar quienes obtuvieron ingresos brutos iguales o superiores a $ 69.719.000, cifra correspondiente a 1.400 UVT.
La obligación también aplica para quienes realizaron consumos con tarjeta de crédito superiores a $ 69.719.000, efectuaron compras o consumos por encima de ese mismo monto o registraron consignaciones, depósitos o inversiones financieras que superaron dicho valor durante el año gravable 2025. Asimismo, deberán declarar quienes fueron responsables del IVA al cierre del año pasado.
Es importante aclarar que presentar la declaración no significa necesariamente que el contribuyente deba pagar impuesto. El formulario permite determinar la situación tributaria de cada persona y, dependiendo de factores como retenciones, deducciones, patrimonio e ingresos, el resultado puede ser un valor a pagar, un saldo a favor o incluso un impuesto de cero pesos.
La DIAN habilitó herramientas para facilitar el proceso
Con el propósito de reducir errores durante la temporada tributaria, la entidad puso a disposición de los ciudadanos la herramienta Ayuda Renta, que permite elaborar un borrador de la declaración antes de presentarla oficialmente. Además, habilitó un micrositio con guías, tutoriales y capacitaciones virtuales para orientar a los contribuyentes durante todo el proceso.
La programación también incluye transmisiones en vivo semanales en las redes sociales de la entidad, en las que expertos responderán inquietudes relacionadas con la declaración de renta, el cálculo del impuesto y el uso de las herramientas digitales disponibles para los ciudadanos.
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