El ABC de la emergencia económica de De La Espriella tras el terremoto: lo que debe saber
El decreto 'madre' que le da herramientas al presidente para expedir decretos con fuerza de ley ya está firmado. La Corte lo deberá revisar.

Con menos de quince días de haberse posesionado, el presidente Abelardo De La Espriella y su gobierno acudieron a la figura de emergencia económica por las consecuencias que dejó el terremoto que el pasado 10 de agosto sorprendió a Colombia. Para eso se emitió un 'decreto madre' es decir, una normativa que le da facultades especiales al presidente y le permitirá sacar varios decretos que permitan aplicar las medidas de contingencia.
El decreto tendrá que pasar por revisión de la Corte Constitucional, pero mientras eso pasa, le explicamos los puntos claves.
Tres claves del decreto de emergencia económica de Abelardo De La Espriella
El decreto 1261 del 19 de agosto de 2026 es el que hace la declaración de la emergencia y activa las facultades especiales para que el presidente pueda sacar más decretos con fuerza de ley. En su contenido muestra la hoja de ruta que tomará el gobierno.Tres claves a saber son:
El tiempo: La emergencia se declara por 30 días calendario, "con el fin de conjurar la crisis y evitar la extensión de los efectos del desastre".
El alcance: La medida cubre a 15 departamentos, pero se deja abierta la puerta para que se incluyan más si es necesario.
El dinero: se abre la posibilidad de mover recursos, usar regalías y FAE, facilitar crédito, ampliar obras por impuestos utilizar activos del Frisco, a cargo de la Sociedad de Activos Especiales, SAE, entre otras fuentes.
¿Qué medidas se plantean en la declaratoria de emergencia de Abelardo De La Espriella?
Aunque se deben emitir diferentes decretos para aplicar la hoja de ruta propuesta, se habla de algunas medidas concretas en el decreto que ya se firmó. Una de ellas es ampliar el programa de 'Obras por impuestos', pues consideran que se deben cubrir más zonas afectadas por el terremoto.
En el caso del Fondo para Rehabilitación, Inversión Social y Lucha contra el Crimen Organizado - Frisco, que administra la SAE, se señala que cuenta con inmuebles urbano, rurales, muebles y activos líquidos ubicados estratégicamente en zonas de influencia del desastre, que se pueden usar para "instalación de albergues temporales, reasentamiento de familias vulnerables, centros de acopio y ejecución de obras de infraestructura de emergencia".
Así mismo, da la posibilidad de que las cooperativas de ahorro y crédito atiendan personas que no están asociadas excepcionalmente, y que se pueda recibir nuevamente el Subsidio Familiar de Vivienda.
Entre las medidas, el decreto habla de un auxilio temporal para micro y pequeñas empresas afectadas y de reorientar recursos no ejecutados del Departamento de Prosperidad Social, DPS, para el terremoto.

La reconstrucción de los departamentos afectados se ve a largo tiempo. Colprensa.
¿Cuáles son los departamentos que se cubren con la declaración de la Emergencia?
Los 15 departamentos que incluye la emergencia son:
Antioquia
Caldas,
Cauca,
Chocó,
Quindío,
Cundinamarca,
Risaralda,
Huila,
Valle de Cauca,
Tolima,
Putumayo,
Norte de Santander,
Bolívar,
Sucre.
La Corte deberá revisar el decreto, específicamente, los argumentos para ver si se justifica la declaratorio y cumple con todos los requisitos de ley.
