Periodista Digital
‘Corte desconoce el coleo como deporte ancestral’: agremiados de coleo


Un grupo de coleadores del departamento de Arauca protestó en frente de la Gobernación por la supuesta vulneración a sus derechos laborales y un desconocimiento a las tradiciones culturales de los llaneros.
Lo anterior, por la reciente decisión de la Corte Constitucional que declaró exequible y dejó en firme la Ley 2385 de 2024, conocida como 'No Más Olé', que protege los derechos de los animales contra todo tipo de maltrato.
La Corte podría revisar esa decisión que tanto nos va a afectar porque se está menoscabando los derechos de los niños, los derechos de los deportistas
Coleadores de Arauca
Los manifestantes, aseguran además que dicho fallo desconoce el coleo como un deporte nacional, especialmente de la Orinoquía, declarado como patrimonio cultural mediante la Ley 1907 de 2018.
“Seguramente se está desconociendo el texto de la Ley 1907 de 2018 la cual declara el coleo como un deporte nacional. Es un derecho a la cultura, es un derecho constitucional y el Estado tiene la obligación de ineludible de protegerlo, de promocionarlo y de difundirlo”, señaló Fredy Forero, vocero de los coleadores.
#Colombia | “La Corte Constitucional desconoce el coleo como deporte ancestral de los llaneros”: coleadores de Arauca que protestaron pacíficamente. pic.twitter.com/oiFirC71yV
— Minuto60 (@minuto60com) September 9, 2025
En nombre del gremio de coleadores le pidió a la Corte Constitucional que de ser posible se revise la decisión con el fin de garantizar el derecho de quienes hacen parte de esta considera tradición cultural.
“La Corte Constitucional, dentro de sus direccionamientos internos, bien podría revisar esa decisión que tanto nos va a afectar porque se está menoscabando los derechos de los niños, los derechos de los deportistas, los derechos culturales de todos los llaneros”, puntualizó
¿Qué dice la Ley 1907 de 2018?
Dicha norma estableció en su momento que el objetivo principal era el de lograr reconocimiento nacional e internacional del paisaje llanero y la diversidad cultural de los llanos orientales. Además, incluyó la “protección de tradiciones culturales” de quienes habitan en esta región del país.
“Reconocimiento del Patrimonio Cultural: Se reconoce el paisaje cultural llanero como patrimonio cultural material e inmaterial de la nación, incluyendo expresiones culturales como el deporte del coleo, música, danza y tradiciones orales”, señala dicha ley.
La Corte priorizó el derecho de los animales
Minuto60 consultó fuentes constitucionales para saber qué procede en este caso donde se está alegando una supuesta vulneración de los derechos colectivos de quienes practican el coleo.
En primer lugar, se estaría protegiendo los derechos de los animales por encima de dos leyes anteriores; la primera, donde se estaba declarando la tauromaquia como patrimonio y expresión cultural y la segunda, la ley que reconocía tradiciones cultuales llaneras entre estas el coleo.
“La Corte ponderó dos intereses en juego. El bien cultural por un lado y sumado a lo anterior -en el caso de la tauromaquia- la condición de expresión artística, lo ponderó con las excepciones al deber de protección animal”, señaló una de las fuentes consultadas por este medio
Señaló que recientemente la Corte ha revisado las excepciones que se tenía en la protección de los animales, donde se advirtió que tratándose de tradiciones culturales y expresiones artísticas no era necesario darle un valor por encima del maltrato animal.
“Ese fue el gran cambio, la cultura y el arte que antes eran justificantes del maltrato animal o del sufrimiento animal, en función de esos valores culturales y artísticos, ya no se consideran como tales y prevalece el deber de protección de sufrimiento animal en esos casos”, indicó la fuente.
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