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Decreto para regular espacio público en Bogotá ya fue demandado: esto es lo que piden

La concejal de Bogotá, Heidy Sánchez, asegura que la medida desconoce derechos de vendedores informales y no cumplió con los procesos de concertación.

Heidy Sánchez, concejal de Bogotá, demanda el decreto sobre el espacio público en Bogotá. - Crédito: Instituto Para la Economía Social, IPES.
Alexander Gómez Naranjo
Alexander Gómez NaranjoPeriodista
21 ABR 2026 - 15:00Actualizado: 21 ABR 2026 - 20:31

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No pasó ni un día después de que la Alcaldía de Bogotá anunciara la expedición del decreto para regular las actividades de los vendedores informales en el espacio público para que la norma recibiera su primera demanda.

Al respecto, la concejal de Bogotá, Heidy Sánchez Barreto, una de las voces más críticas de la administración del alcalde, Carlos Fernando Galán, anunció la interposición de una acción de nulidad contra el Decreto 117 de 2026, con el que el Distrito busca reorganizar el uso del espacio público en la ciudad.

Según la cabildante, la norma fue expedida sin garantizar una participación efectiva de los vendedores informales, lo que, a su juicio, vulnera principios constitucionales y desconoce la jurisprudencia vigente.

Otro de los puntos que cuestiona la concejal tiene que ver con lo que considera un enfoque estigmatizante por parte de la administración. Según explicó, algunas afirmaciones oficiales sobre las condiciones de los vendedores informales podrían derivar en medidas excluyentes o discriminatorias.

"Por el contrario, esta administración lo que ha hecho es estigmatizar a la población que se dedica a este tipo de actividades económicas", dijo.

Sánchez también señaló que el decreto ignora la línea jurisprudencial que reconoce a los vendedores informales como sujetos de especial protección, especialmente en contextos de vulnerabilidad económica.

"Entendemos la necesidad de ordenar el espacio público, pero no se puede hacer desconociendo a quienes históricamente han trabajado en estos espacios", sostuvo.

La acción de nulidad interpuesta busca que la justicia revise la legalidad del Decreto 117 y determine si se ajusta a los principios constitucionales, en especial en lo relacionado con la participación ciudadana en decisiones que afectan directamente a comunidades específicas.

Alertas desde expertos

Al debate también se sumó el experto en movilidad y seguridad ciudadana Ómar Oróstegui, quien advirtió sobre los riesgos en la implementación del decreto, especialmente en el proceso de asignación de permisos para el uso del espacio público.

Según señaló, uno de los principales problemas podría surgir si el Distrito no establece reglas claras y transparentes.

"Se puede terminar creando un monopolio de cupos, repetir la historia de los taxis y abrir la puerta a mafias alrededor de la asignación de permisos en el espacio público", advirtió.

¿Pero qué dice el decreto?

La norma, firmada el pasado 14 de abril por el alcalde Carlos Fernando Galán, establece, por primera vez, una metodología de cargas de ocupación que determinará cuántos vendedores informales pueden ubicarse en cada corredor o plaza de la ciudad.

"Primero, vamos a regular algunas actividades que se dan en el espacio público y que generan efectos negativos, como el trabajo infantil; segundo, el expendio de sustancias ilegales o realización de actividades ilícitas, venta de estupefacientes, licor adulterado y elementos cortopunzantes; y tercero, todas esas actividades que generan riesgos de tipo sanitario", dijo Gustavo Quintero, secretario de Gobierno.

El decreto detalla las conductas que las autoridades verificarán y que estarán prohibidas o condicionadas en el espacio público de Bogotá, tanto en zona rural como urbana:

  • Ventas sin autorización: Se prohíbe ejercer la actividad de venta informal sin contar con una autorización de aprovechamiento económico temporal otorgada por las entidades correspondientes .

  • Estructuras no permitidas: No se permite el uso de casetas, carretas o estructuras que no cumplan con el Manual de Espacio Público, que no sean desmontables o que generen permanencia .

  • Afectación a la movilidad: Está prohibido el uso de estructuras semi-estacionarias o sobredimensionadas que afecten la movilidad peatonal o vehicular, o que pongan en riesgo la seguridad vial y las rutas de evacuación .

  • Uso de menores: Se prohíbe terminantemente la utilización de menores de edad para el desarrollo de actividades de comercio informal .

  • Productos peligrosos: Está prohibida la comercialización de pólvora, artículos pirotécnicos, sustancias químicas inflamables y armas blancas o elementos similares que puedan ser usados como armas .

  • Servicios de estética y salud: No se permite la prestación de servicios que requieran condiciones estrictas de salubridad en el espacio público, tales como tatuajes, piercings, servicios odontológicos, barbería y peluquería .

  • Venta de alimentos sin higiene: Se prohíbe la venta de alimentos que no cumplan con las normas de salubridad y la previa valoración de la autoridad sanitaria .

  • Contaminación: Está prohibido generar contaminación por disposición inadecuada de residuos, vertimientos, emisiones o ruido excesivo .

  • Actividades ilícitas: Se prohíbe el almacenamiento, comercialización o distribución de bienes ilícitos, drogas o sustancias prohibidas . También se prohíbe el ejercicio de la prostitución y juegos de suerte y azar .

  • Restricciones de ubicación: No se pueden realizar ventas informales cerca de hospitales, centros de salud, centros educativos o centros religiosos si afectan la tranquilidad del entorno .

Asimismo, el decreto establece restricciones sobre la utilización de sustancias inflamables y fuego:

  • Gas Licuado de Petróleo (GLP): El uso de cilindros de gas en el espacio público es excepcional y restringido. Solo se permite para actividades comerciales o ferias temporales que tengan un permiso específico y donde el vendedor tenga un domicilio comercial permanente cercano que cumpla con requisitos técnicos.

  • Fuego y quemas: Está prohibida la manipulación o encendido de fuego y la realización de quemas o incendios en el espacio público que perturben la convivencia o representen un riesgo.

Aunque la administración del alcalde Galán ha dicho que la aplicación del decreto será realizada de manera progresiva, la norma ha generado protestas y bloqueos como la registrada el lunes 20 de abril, en puntos como la calle 26 con NQS que afectaron la circulación de buses del sistema TransMilenio.

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