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30 de octubre de 2025
Actualizado 12 de septiembre de 2025 - 3:13 p. m.

Las razones por las que Esperanza Gómez le ganó una batalla a Meta e Instagram

La plataforma Meta habría vulnerado los derechos a la actriz de cine para adultos, Esperanza Gómez, al menos así lo consideró la Corte Constitucional.

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Corte Constitucional dice que la empresa Meta vulneró los derechos de Esperanza Gómez.Crédito: Colprensa.

La Corte Constitucional se pronunció por primera vez sobre la moderación de contenidos en redes sociales y los derechos de una influenciadora digital.

El alto tribunal determinó que la gigante tecnológica Meta le vulneró los derechos a la actriz de cine para adultos, Esperanza Gómez, al eliminarle la cuenta de Instagram con más de cinco millones de seguidores.

Alegó que la habían discriminado y ella señala que la razón fundamental por la cual Meta cerró su cuenta fue por actividades que hace por fuera de la plataforma de Instagram


Natalia Ángel, magistrada ponente

La decisión de cerrarle la cuenta se hizo, según la Corte, sin una justificación transparente y clara, además sin darle un trato equitativo frente a perfiles con publicaciones semejantes.

Es la primera vez que la Corte Constitucional aborda de manera integral la relación entre los derechos fundamentales de influenciadores y la moderación de contenidos.

La magistrada ponente, Natalia Ángel Cobo, Señaló que es un caso muy interesante y que se trató de una tutela que interpuso Esperanza Gómez contra la empresa Meta argumentando que se le habían violado sus derechos fundamentales como el de la libertad de expresión, el debido proceso y el derecho al trabajo.

También alegó que la habían discriminado y ella señala que la razón fundamental por la cual Meta cerró su cuenta fue por actividades que hace por fuera de la plataforma de Instagram donde asegura ha cumplido las reglas de uso o normas de la casa”, indicó la magistrada.

Sostuvo que las pruebas que recaudó la Sala de Revisión de la Corte Constitucional lograron darle la razón a la actriz e influenciadora colombiana porque no se logró probar que las imágenes que se suministraron dentro del proceso se hubieran violado las reglas de la casa de Meta.

Este caso, según la magistrada, tiene unas discusiones novedosas y relevantes frente a la moderación de contenidos, sobre todo cuando se trata de desnudos y la relación con el ofrecimiento de contenidos sexuales.

Al final lo que encontramos es que  no era posible restablecer la cuenta de Esperanza Gómez entonces se declaró una carencia actual de objeto por hecho consumado, pero dio unas órdenes importantes con lo que tiene que ver con la notificación y la necesidad de que Meta tenga o establezca un lugar de notificación aquí en Colombia”, concluyó la magistrada Natalia Ángel.  

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