Categorías

Inicio / colombia
20 de diciembre de 2025
Actualizado 21 de septiembre de 2025 - 11:14 a. m.

Consejo de Estado frenó multas por falta de SOAT o tecnomecánica, conozca en qué casos

El Consejo de Estado anuló las “multas automáticas” por falta de SOAT o revisión cuando los vehículos no están circulando en Colombia.

Nathalia Villamil

Periodista Digital

WhatsApp Facebook X LinkedIn

Consejo de Estado frena las multas automáticas por falta de SOAT o revisión tecnomecánicaCrédito: Alcaldía de Bogotá

En una decisión histórica, el Consejo de Estado de Colombia declaró inválidas las circulares del Ministerio de Transporte que autorizaban imponer comparendos automáticos a propietarios de vehículos que, según el RUNT, no tenían vigente el SOAT o la revisión técnico-mecánica, sin importar si estaban en circulación. Con esta medida, las autoridades de tránsito no podrán sancionar únicamente con base en la falta de estos documentos si el vehículo no está en uso. 

A partir de ahora, para imponer una multa será necesario que un agente de tránsito constate en el momento que el carro o la moto circula sin cumplir los requisitos legales.

¿Qué dice el Consejo de Estado?

Durante más de una década, las circulares ministeriales permitieron aplicar sanciones automáticas basadas solo en los registros administrativos. Esta práctica afectaba especialmente a propietarios cuyos vehículos permanecían estacionados o fuera de operación por largos periodos. 

El Consejo de Estado reconoció la importancia del SOAT y de la revisión técnico-mecánica para garantizar la seguridad vial, proteger a las víctimas de accidentes y mantener estándares mínimos de funcionamiento de los vehículos. Sin embargo, advirtió que sancionar sin que exista riesgo real ni evidencia de circulación constituye un exceso y vulnera el principio de legalidad, según el cual sólo pueden sancionarse conductas verificadas.

Un alivio para los propietarios de vehículos

Esta decisión representa un alivio para miles de ciudadanos que recibían comparendos aun teniendo sus carros inmovilizados. No significa, sin embargo, que las obligaciones hayan desaparecido: los conductores deben mantener vigente el seguro obligatorio y la revisión técnico-mecánica. Lo que cambia es que la sanción ya no se impondrá automáticamente, sino sólo cuando haya circulación sin los documentos exigidos.

El fallo del Consejo de Estado marca un precedente importante en materia de control y equilibrio entre la seguridad vial y los derechos de los ciudadanos. Al exigir verificación presencial, se refuerza la legalidad de las multas y se evita castigar a quienes no están infringiendo normas de tránsito en la práctica.

Actualidad

Grupo Firme confirma su gira 2026 en Colombia: fechas y ciudades

Por Oscar Repiso

Benedetti confirmó que el decreto de emergencia económica ya fue firmado y radicado

Por Oscar Repiso

Guía de la novena de aguinaldos 2025: todo lo que debe saber para este 21 de diciembre

Por Oscar Repiso

Caso Epstein vuelve al centro del debate tras publicación de documentos

Por Oscar Repiso

Resumen semanal

Director de la DIAN en Tuluá fue asesinado cuando se dirigía a su trabajo

Por Heidy Johana Palacio Sánchez

La advertencia de Rusia a EE. UU. por Venezuela

Por Carolina López

El aporte de lo migrantes venezolanos a la economía regional: Informe de la OIM

Por Dicson Alfonso Cabrera Villalobos

De jueza a figura viral: las polémicas que rodearon a Vivian Polanía

Por Oscar Repiso