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19 de junio de 2025 - 12:00 a. m.
Actualizado - 6 de agosto de 2025 - 6:54 p. m.

Suspenden decreto que convoca la Consulta popular, ¿por qué?

El Consejo de Estado admitió una demanda de nulidad y determinó que no se puede adelantar la consulta hasta que se pronuncie de fondo.
Katherine Vega
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Sección Quinta del Consejo de Estado y Gustavo Petro - Crédito: Colprensa

Tras admitir una demanda de nulidad interpuesta por 12 senadores, la Sección Quinta del Consejo de Estado decidió emitir una medida cautelar suspendiendo provisionalmente el decreto que convoca la consulta popular. El Gobierno Nacional le había pedido a la Registraduría que adelantara la convocatoria pero, el registrador Hernán Penagos, se abstuvo de proceder por los 152 recursos que se han interpuesto contra el denominado “decretazo” en las altas cortes. La demanda admitida es solo uno de ellos.

La suspensión es temporal dado a que se tendrán que pronunciar de fondo y definir definitivamente si esta convocatoria cumple o no con el requisito previo de un concepto favorable por parte del Senado. Lo que se evita con la medida, es que se haga la consulta mientras ellos toman la decisión. Sin embargo, la determinación cayó muy bien, en especial para el registrador, quien había solicitado un pronunciamiento para decidir si adelantar la logística de la elección.

“Lo correcto siempre ha sido esperar a que las cortes decidan y en este caso el Consejo de Estado tomó una decisión. (…) Eso traza una ruta jurídica muy clara de esa convocatoria de la consulta. (…) Nos da unas luces de lo que debe hacerse hacia el futuro”, afirmó.

Mientras tanto, el ministro del Interior, Armando Benedetti, quien criticó la posición del registrador de no ejecutar el decreto, afirmó que es la Corte Constitucional la que tiene que definir si la convocatoria cumple con la constitución, asegurando que el debate jurídico no es prioritario teniendo en cuenta los tiempos de la reforma laboral que se tramita en el Congreso.

“Esa es una pelea jurídica que poco interesa entre hoy y el viernes, que es cuando se debe votar la ley. Lo hemos dicho en múltiples ocasiones: mientras se apruebe un buen proyecto de ley que sea progresista. Lo único claro es que no se necesita el decreto para convocar elecciones”, dijo.

El presidente Gustavo Petro también se manifestó en esa misma línea en su cuenta de X:

La senadora María José Pizarro, afirmó que es importante que el Consejo de Estado analice todas “las tutelas presentadas, no solamente por los parlamentarios, también por la sociedad civil y que analice también el fallo de tutela que busca o que ordena respetar mis derechos, dada la clara violación a las garantías parlamentarias durante la votación de la consulta popular”. En contraste, algunos de los senadores que pidieron la nulidad resaltaron la decisión.

“Se advirtió previamente que ese decretazo era inconstitucional y lo que ha hecho el Consejo de Estado con la demanda que presentamos es respetar la separación de poderes y calmar los ánimos de dictador del presidente Petro a propósito del decretazo y otras manifestaciones en contra de los poderes públicos”, afirmó.

En el mismo sentido, la senadora conservadora Nadia Blel afirmó que “esta es una voz de esperanza para todos los colombianos y especialmente para la democracia”.

Los recursos que se han puesto en contra del decreto

Según la registraduría el decreto en cuestión tiene 10 acciones en curso en el Consejo de Estado que buscan su nulidad simple, así como 34 acciones de nulidad por inconstitucionalidad y 97 tutelas. Al mismo tiempo, en la Corte Constitucional hay 11 demandas de inconstitucionalidad.

 

 

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