¿Dónde se posesionaría Abelardo de la Espriella? Estas son las cinco guarniciones en la mira
La posesión de Abelardo De la Espriella podría realizarse fuera de Bogotá; estas son las cinco guarniciones militares que están en evaluación.

La posibilidad de que Abelardo De la Espriella se posesione como presidente de Colombia fuera del Capitolio Nacional dejó de ser una simple propuesta política y comenzó a tomar forma. El pasado lunes 13 de julio, durante una alocución transmitida a las 8:00 p. m., el presidente electo anunció su intención de realizar la ceremonia de posesión en una guarnición militar del sur del país.
Durante su intervención explicó que el propósito es convertir el acto en un homenaje a los integrantes de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional.
El anuncio generó diversas reacciones y abrió un debate sobre la viabilidad de realizar la ceremonia fuera del Capitolio Nacional y así fue que, en medio de esa controversia, el Congreso de la República confirmó que existe un mecanismo constitucional que permitiría trasladar temporalmente su sede para llevar a cabo el acto de posesión.
La decisión, sin embargo, aún no está tomada. El próximo 20 de julio, cuando se instalen las nuevas sesiones ordinarias del Congreso, el Senado y la Cámara deberán definir si aprueban el traslado de la sede legislativa, paso indispensable para que la posesión pueda realizarse fuera de Bogotá.
Mientras ese debate avanza, ya comenzaron a sonar cinco instalaciones militares que aparecen como las principales alternativas para recibir la ceremonia del 7 de agosto, un hecho que marcaría un precedente en la historia reciente del país.
Quiero rendir un homenaje solemne a los héroes de la patria (...) Hago un llamado directo y patriótico al nuevo Congreso de la República para que el 20 de julio tome la decisión correcta para cumplir con ese mandato del pueblo.
Abelardo de la Espriella, presidente electo
#Política | Abelardo de la Espriella insistió en que se posesionará el 7 de agosto en una guarnición militar, ubicada en el sur del país, pese a que el presidente Gustavo Petro, ordenó a las Fuerzas Militares y a la Policía que sus instalaciones y unidades no sean utilizadas para… pic.twitter.com/zeTwb0Huri
— Minuto60 (@minuto60com) July 14, 2026
¿Cuáles son las cinco guarniciones que están en la mira?
Durante una transmisión en vivo realizada el pasado 13 de julio, el presidente electo anunció que su intención es jurar el cargo en una guarnición militar ubicada en el sur del país, como un homenaje a los integrantes de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional.
Aunque no confirmó el lugar definitivo, las instalaciones que actualmente aparecen en evaluación son:
Vigésima Brigada, en Popayán.
Camcom 7, en Cali.
Cantón Militar Pichincha, también en Cali.
Tolemaida, en Nilo (Cundinamarca).
Caman, en Madrid (Cundinamarca).
La decisión definitiva dependerá de lo que ocurra el 20 de julio, cuando el nuevo Congreso defina si autoriza el cambio de sede para la ceremonia presidencial.
La propuesta de De la Espriella busca convertir el acto de posesión en un reconocimiento a la Fuerza Pública, una idea que abrió un amplio debate político y constitucional sobre el lugar donde debe realizarse la investidura presidencial.
¿Qué dice la Constitución sobre una posesión fuera de Bogotá?
Tras el anuncio del presidente electo surgieron múltiples interrogantes sobre la legalidad de trasladar la ceremonia fuera de la capital.
Ante esa situación, el equipo de empalme presentó una consulta formal al Congreso de la República, preguntando si el Senado y la Cámara podían sesionar en otro lugar del país para la posesión presidencial.
La respuesta fue emitida mediante un concepto firmado por los secretarios generales del Senado, Diego González, y de la Cámara, Jaime Luis Lacouture, quienes concluyeron que el traslado sí es constitucionalmente posible.
En el documento recordaron que el artículo 140 de la Constitución Política establece que Bogotá es la sede ordinaria del Congreso, aunque también permite trasladarla temporalmente mediante acuerdo entre ambas corporaciones.
La Constitución Política establece que la sede ordinaria del Congreso se encuentra en la capital, pero también reconoce expresamente que el Senado de la República y la Cámara de Representantes pueden trasladarla a otro lugar mediante acuerdo entre ambas corporaciones.
Secretaría General del Congreso
El concepto también precisa que el artículo 192 de la Constitución exige que el presidente preste juramento ante el Congreso reunido en pleno, pero no determina que ese acto deba realizarse obligatoriamente en Bogotá.
"Si el Senado y la Cámara trasladan previamente la sede conforme al artículo 140 superior, el Presidente electo podrá posesionarse válidamente ante el Congreso reunido en pleno, en ese lugar", concluye el documento.
El procedimiento que deberá aprobar el Congreso
La Secretaría General también explicó el trámite que tendría que surtirse antes del 7 de agosto. Según el concepto, uno o varios congresistas deberán presentar una proposición tanto en la plenaria del Senado como en la de la Cámara de Representantes. Ambos textos deberán coincidir en aspectos como el lugar, la fecha y la finalidad del traslado.
Posteriormente, cada corporación deberá debatir y votar la iniciativa. Solo si ambas la aprueban, el sitio escogido adquirirá temporalmente la condición jurídica de sede del Congreso, permitiendo realizar allí la ceremonia presidencial. La decisión, por tanto, quedará en manos del nuevo Legislativo, que asumirá funciones el 20 de julio.
La respuesta de Gustavo Petro y el debate político
La propuesta de Abelardo de la Espriella también provocó una rápida reacción del presidente Gustavo Petro, quien recordó que seguirá siendo el comandante supremo de las Fuerzas Militares hasta el momento en que entregue el poder.
Los cuarteles militares y policiales están bajo mis órdenes hasta el momento que el nuevo presidente jure, y por tanto hasta ese momento soy el comandante supremo de las fuerzas militares.
Gustavo Petro, presidente de Colombia
Posteriormente, el mandatario explicó que el Gobierno ya trasladó la consulta al Congreso, al considerar que esa corporación es la única competente para decidir si la posesión puede realizarse fuera de Bogotá.
"El gobierno nacional ha solicitado al Congreso si se ha aprobado un cambio de su sede para dar posesión al nuevo gobierno. Como se trata de la sesión de instalación del nuevo Congreso el 20 de julio, es esta sesión la que tiene que decidir si se traslada en pleno o no a otro lugar del país, y si es legal hacerlo", señaló el jefe de Estado.
Con ese panorama, la atención ahora se concentra en la sesión del 20 de julio, cuando el Congreso definirá si autoriza el traslado de su sede y, con ello, abrirá la puerta para que Abelardo de la Espriella haga historia al convertirse en el primer presidente en posesionarse fuera del Capitolio Nacional.
