Dicson Alfonso Cabrera Villalobos
Periodista Digital

Dicson Alfonso Cabrera Villalobos
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El Tribunal Superior de Bogotá revocó este lunes la condena de 12 años de prisión impuesta al expresidente Álvaro Uribe Vélez por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal. La decisión, tomada por la jueza 44 Sandra Heredia el pasado 1 de agosto, queda sin efecto. Ahora, el proceso podría pasar a la Corte Suprema de Justicia si alguna de las partes presenta recurso de casación.
La audiencia contó con la participación de los magistrados Manuel Antonio Merchán, Alexandra Ossa y Leonor Oviedo.
El expresidente, quien fue el primer exjefe de Estado colombiano en enfrentar un proceso penal de esta magnitud, recupera así un respiro judicial en medio de un caso que ha marcado la agenda política y jurídica del país durante más de una década.

El senador Iván Cepeda es la contraparte en el proceso. Colprensa
Según la decisión del Tribunal, la sentencia de primera instancia no cumplió con los estándares probatorios requeridos y presentó inconsistencias en la valoración de los testimonios y en la forma en que se interpretaron las pruebas documentales. La Sala enfatizó que la duda debía resolverse en favor del procesado, principio que finalmente condujo a la revocatoria. El Tribunal Superior de Bogotá tumbó los testimonios de Carlos Entique Vélez, de Eurídice Cortés y de Juan Guillermo Monsalve.
Los magistrados también dejaron sin efecto las pruebas obtenidas a través de las "chuzadas" que ordenó la Corte Suprema contra el exmandatario.
Aunque la revocatoria del fallo representa una victoria para la defensa del expresidente, el proceso aún no ha llegado a su fin. La decisión del Tribunal puede ser impugnada a través de un recurso extraordinario de casación ante la Corte Suprema de Justicia, que constituye la última instancia posible en este caso.
 1. Recurso disponible: Solo procede el recurso de casación contra el fallo del Tribunal.
 2. Plazo: Las partes tienen cinco días hábiles desde la notificación para interponerlo.
 3. Sustentación: Una vez admitido, se otorgan 30 días para radicar la demanda, prorrogables por igual término.
 4. Revisión en la Corte Suprema: El expediente pasará a la Sala de Casación Penal, donde un magistrado ponente verificará el cumplimiento de los requisitos formales.
 5. Admisión o inadmisión:
Si la demanda se admite, se convoca a audiencia y luego se somete el proyecto de fallo a votación.
Si no se admite, la parte afectada puede solicitar al Procurador General que insista en su admisión.
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Tiempos estimados:
Admisión: entre 6 y 18 meses.
Decisión de fondo: entre 3 y 5 años, dependiendo de la carga judicial.
La decisión marca un nuevo capítulo en uno de los procesos más mediáticos de la historia judicial de Colombia, con implicaciones políticas profundas y un largo camino aún por recorrer en los estrados.
El proceso contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez por presunta manipulación de testigos se originó en 2012, cuando el senador Iván Cepeda fue acusado por Uribe de buscar declaraciones falsas de exparamilitares en su contra.
Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia archivó la investigación contra Cepeda y, en cambio, abrió una indagación al propio Uribe al encontrar indicios de que desde su entorno se habrían ofrecido beneficios a testigos, entre ellos al exparamilitar Juan Guillermo Monsalve, para que cambiaran su versión.
Tras su renuncia al Senado en 2020, el caso pasó a la Fiscalía General de la Nación, que lo llevó ante los tribunales ordinarios. En 2024, la jueza Sandra Heredia lo condenó a 12 años de prisión, decisión que ahora fue revocada por el Tribunal Superior de Bogotá, reabriendo el debate sobre uno de los expedientes más emblemáticos y controvertidos de la política colombiana reciente.

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