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JEP citó a Rodrigo Londoño y Sandra Ramírez por casos de violaciones a DD. HH. en las Farc

La JEP citó a Rodrigo Londoño, Sandra Ramírez y otros exintegrantes de las Farc para esclarecer casos de reclutamiento de menores y violencia sexual.

Se trata de violencia contra las mujeres y contra menores - Crédito: Foto: AFP
Diego ChaparroPeriodista
18 SEP 2026 - 12:04Actualizado: 18 SEP 2026 - 15:17

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La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) avanzó en las investigaciones sobre las violencias de género cometidas al interior de las antiguas Farc-EP y llamó a rendir versión a Sandra Ramírez Lobo Silva, conocida también como Griselda Lobo, dentro del Caso 07, que investiga el reclutamiento y utilización de niñas y niños durante el conflicto armado.

La decisión fue adoptada por la Sala de Reconocimiento de Verdad, que busca profundizar y contrastar la información existente sobre la trayectoria de Ramírez, las funciones que desempeñó dentro de la antigua guerrilla y el posible conocimiento o intervención que pudo tener frente a hechos de violencia sexual y reproductiva ocurridos en las filas.

De manera paralela, la JEP llamó a rendir versión a integrantes del antiguo Secretariado de las Farc en el marco del Caso 11, que investiga hechos relacionados con violencia basada en género, violencia sexual, violencia reproductiva y otros crímenes cometidos por prejuicio durante el conflicto armado.

¿Por qué la JEP citó a Sandra Ramírez?

En el Caso 07, la JEP investiga el reclutamiento y utilización de niñas y niños, pero también las conductas que pudieron ocurrir durante su permanencia dentro de las filas. Entre ellas están las violencias sexuales, reproductivas y basadas en prejuicios, además de malos tratos, torturas y homicidios.

La nueva diligencia busca establecer qué información puede aportar Sandra Ramírez sobre la estructura de las antiguas Farc y sobre los hechos que son materia de investigación. En particular, la Sala pretende profundizar en su trayectoria dentro de la organización, las responsabilidades que desempeñó y el conocimiento que pudo tener sobre las violencias cometidas contra niñas y niños reclutados.

La actuación también se produce después de que víctimas y organizaciones habían solicitado a la JEP profundizar en el papel de Ramírez. En 2025, por ejemplo, la Federación Colombiana de Víctimas de las Farc (Fevcol) había pedido que fuera vinculada al macrocaso relacionado con el reclutamiento de menores y las violencias sexuales.

La citación a rendir versión, sin embargo, hace parte de una investigación en curso y no equivale por sí misma a una imputación ni determina responsabilidad individual. El objetivo de esta etapa es recopilar y contrastar información para esclarecer los hechos.

El Caso 07 ha documentado miles de víctimas de reclutamiento y ha incorporado una línea específica para investigar las violencias sexuales y basadas en género asociadas a este fenómeno. La JEP señala que ha escuchado directamente a víctimas sobre hechos como violencia sexual, anticoncepción forzada y aborto forzado.

¿Por qué también fue citado Rodrigo Londoño?

Mientras la citación de Sandra Ramírez está relacionada con el Caso 07, la actuación frente a Rodrigo Londoño, conocido como Timochenko, corresponde al Caso 11.

La Sala de Reconocimiento llamó a rendir versión a seis integrantes del último Secretariado de las antiguas Farc: Rodrigo Londoño, Jaime Alberto Parra, Milton de Jesús Toncel, Pablo Catatumbo, Pastor Alape y Julián Gallo. La diligencia busca avanzar en el esclarecimiento de hechos de violencia sexual, reproductiva y basada en género ocurridos dentro de la organización.

El Caso 11 tiene como objeto investigar diferentes formas de violencia basada en género, violencia sexual y violencia reproductiva, así como otros crímenes cometidos por prejuicio relacionados con la orientación sexual, la identidad o expresión de género. En el caso de las antiguas Farc, la investigación aborda hechos ocurridos tanto en el marco del conflicto como al interior de la organización.

Así, las dos actuaciones conocidas hacen parte de líneas de investigación distintas, aunque ambas están relacionadas con el esclarecimiento de violencias sexuales, reproductivas y de género cometidas durante el conflicto armado.

La JEP deberá ahora escuchar las versiones de los comparecientes y contrastarlas con los testimonios, documentos y demás elementos recopilados durante las investigaciones para determinar los hechos y las responsabilidades que correspondan dentro de la justicia transicional.

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