Tribunal Superior de Barranquilla ordenó medidas contra excomandantes de las AUC por abuso sexual
Los hechos ocurrieron en el marco del conflicto armado.

La Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla informó que fueron ordenadas medidas contra un grupo de excomandantes de las extintas Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), por su responsabilidad en hechos relacionados con episodios de violencia sexual contra menores de edad.
De acuerdo con el Tribunal, en el marco de un proceso de Justicia y Paz, se analizaron hechos en los que un entonces comandante accedió carnalmente a niñas de entre 11 y 15 años de edad, en el contexto del conflicto armado interno.
Adicionalmente, se responsabilizó a cinco excomandantes del grupo armado ilegal por el delito de coautoría impropia por omisión.
Según el magistrado Carlos Andrés Pérez Alarcón, aunque inicialmente los delitos fueron clasificados por la Fiscalía General de la Nación como acceso carnal abusivo en persona protegida, la Sala Penal ordenó su reclasificación como acceso carnal violento en persona protegida, dentro de sus facultades especiales de adecuación jurídica y bajo las reglas de la justicia transicional.
Lo anterior se determinó debido a las condiciones de subordinación y sometimiento, así como al uso de armas y escoltas alrededor del agresor, circunstancias que, según el Tribunal, incidieron en la valoración jurídica de los hechos.
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¿Qué dijo el Tribunal sobre los cinco excomandantes implicados?
La Sala Penal aseguró que, aunque los cinco excomandantes paramilitares implicados en los hechos eran subordinados del señalado agresor, tenían un deber especial de protección de los menores de edad. En ese sentido, el magistrado Pérez Alarcón advirtió que, de acuerdo con los estándares internacionales, era previsible el daño que se causaría a las víctimas ante la actuación sistemática y reiterada del responsable de los delitos.
Ante los hechos, la Sala responsabilizó a los excomandantes por coautoría impropia por omisión y señaló que, al ocupar posiciones de segundo nivel de mando dentro de la organización delictiva, tenían una posición de garantes frente a la protección de las menores.
El Tribunal consideró que las condiciones en las que se desarrollaron los hechos permitían establecer la existencia de un deber de protección que no habría sido cumplido por los excomandantes. La decisión se adoptó en el marco de las competencias de la jurisdicción de Justicia y Paz y de las reglas aplicables a los hechos ocurridos durante el conflicto armado.
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¿Qué medidas se tomaron?
Como consecuencia de la decisión, el Tribunal Superior de Barranquilla ordenó medida de aseguramiento contra los excomandantes implicados, como acción anticipatoria de la pena y dentro de las facultades otorgadas por la Ley 975 de 2005.
La medida fue adoptada en el marco del proceso de Justicia y Paz, teniendo en cuenta la responsabilidad atribuida a los exintegrantes de las AUC por su participación, mediante omisión, en los hechos de violencia sexual contra las menores.
Con esta decisión, la Sala reafirma su compromiso en la lucha contra la violencia en el marco del conflicto armado no internacional y, además, el deber de protección de los niños, las niñas y los adolescentes,
magistrado Carlos Andrés Pérez Alarcón.
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La decisión hace parte de las actuaciones judiciales relacionadas con hechos cometidos durante el conflicto armado interno y busca establecer responsabilidades individuales frente a conductas de violencia sexual contra menores de edad, así como las obligaciones de quienes ejercían posiciones de mando dentro de las estructuras armadas.
