¿El Pacto Histórico podría perder su personería jurídica? Lo deberá decidir el Consejo de Estado
Dos demandas fueron admitidas en el Consejo de Estado contra la coalición del Pacto Histórico; esto se sabe.

El Consejo de Estado admitió dos demandas presentadas por Samuel Ortiz, un estudiante de Derecho, que cuestionó las decisiones del CNE relacionadas con la incorporación de la Colombia Humana (partido del actual presidente Gustavo Petro) al Pacto Histórico, hecho que podría tener efectos en su personería jurídica.
Los autos mediante los cuales la Sección Quinta del alto tribunal dio ‘luz verde’ al trámite fueron publicados por Revista Semana, y revela que el pasado 6 de julio, el magistrado Pedro Pablo Vanegas Gil decidió aceptar la demanda que presentó Ortiz, ordenando modificar el registro que modificó la parte estatutaria del acta de asamblea extraordinaria que fijó al movimiento político.
“Admitir la demanda presentada por Samuel Alejandro Ortiz Mancipe con la cual pide anular la Resolución 11232 de 4 de diciembre de 2025 «por medio de la cual esta Corporación ordena el REGISTRO de la modificación estatutaria contenida en el acta de asamblea extraordinaria del Movimiento Político Colombia Humana llevada a cabo el día veintiuno (21) de septiembre de dos mil veinticinco (2025), bajo radicado CNE-E-DG-2025-027756», proferida por el Consejo Nacional Electoral”.
Horas más tarde, admitió otra, pero, en esa ocasión, pedía la nulidad de las resoluciones 1299 y 1629, expedidas por el Consejo Nacional Electoral para aprobar “la fusión por absorción del Movimiento Colombia Humana al Movimiento Pacto Histórico”.
¿Por qué el demandante cuestiona la coalición?
Según explicó el estudiante, dichos actos administrativos habrían sido autorizados con “infracción de normas superiores y con falsa motivación”, porque el Consejo Nacional Electoral aprobó primero la absorción del partido y después rechazó los recursos de reposición.
Ortiz argumentó que la situación deja en evidencia que no se verificó adecuadamente el cumplimiento de los estatutos internos que regulaban ese proceso. Por lo que era necesaria una revisión por parte del Consejo de Estado.
Por ahora, la decisión final estará en manos de los magistrados de la Sección Quinta del Consejo de Estado y, de admitir los argumentos del demandante, la personería jurídica del partido político podría peligrar.
